La Ley 769 de 2002 estipula que las multas de tránsito suben su valor en cuanto se aumenta el salario mínimo, otro incremento que golpea el bolsillo de las familias colombianas para 2022.
El Código Nacional de Tránsito estipula que las multas en Colombia así: las tipo A son las más bajas para los conductores de vehículos hasta las multas de tránsito tipo E, las más costosas por ser las relacionadas con conductores que manejan en estado de embriaguez.
En ese escenario, las sanciones pasan por la suspensión de la licencia y castigo entre $3.000.000 hasta $48.000.000 por negarse a realizar la prueba de alcoholemia.
Señalado lo anterior, este es el comparativo de algunas de las multas de 2022 y su valor en 2021:
Categoría A. Infracciones para conductores de vehículo no automotor o tracción animal
Categoría B. Conductor de automotor
Categoría B. Conductor de automotor
Categoría C. Conductor vehículo automotor
Categoría D. Conductor de vehículo automotor
Categoría E. Conductor de vehículo automotor
Cómo impugnar una multa de tránsito
También hay en Colombia leyes y normas que le permiten a los ciudadanos tener herramientas para poder impugnar una multa de tránsito que consideran que fue impuesta de manera autoritaria.
Según Ángela Sánchez, abogada senior de Peralta & Asociados Abogados, los ciudadanos pueden verificar si tienen multas de tránsito en el sistema Simit, una herramienta web que permite dicha verificación a través del número de la cédula. “Hay comparendos que pueden estar vigentes o en validación, este último estado es cuando se está en desacuerdo con la decisión y se está llevando a cabo el trámite de impugnación”, según explicó para el periódico La República.
Sergio Beltrán, gerente de Led Ser Abogados, explicó para el mismo medio de comunicación el proceso para la impugnación del comparendo.
A la hora de recibir una sanción de tránsito hay que diferenciar entre un comparendo manual (hecho en una vía por un agente de tránsito) y una multa impuesta por medios tecnológicos (fotomultas).
En el primer caso se tendrá hasta los cinco días siguientes luego de la imposición de la multa para que el ciudadano comparezca ante el organismo de tránsito. Las fotomultas tiene un plazo hasta de 11 días luego de impuesto el comparendo.
El ciudadano deberá, antes del vencimiento del plazo, acudir a la Secretaría de Movilidad correspondiente y manifestar que no está de acuerdo con la multa. La entidad asignará una audiencia ante el inspector de tránsito y el conductor podrá argumentar por qué no hay lugar a infracción, además de aportar las pruebas correspondientes al caso.
Antes de pagar el comparendo, se recomienda hacer uso de esta herramienta. Una vez se pague, se estaría asumiendo que se cometió la infracción y no habría lugar a impugnación ni a devolución del dinero.
El proceso no requiere de un abogado para adelantar el trámite administrativo de impugnación.
Cuando la multa se da por medios de detección automáticos o semiautomáticos, la audiencia puede hacerse de manera virtual.
Las multas expiran y si luego de un año no hubo respuesta sobre la impugnación, el comparendo caduca.
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