Estos son los aportes en salud que tendrán que pagar los pensionados desde este 2022

El Ministerio de Trabajo indicó que, los pensionados con más de dos salarios mínimos, tendrán un incremento en su aporte a la salud de más del 5 %, lo correspondiente a la inflación del país. Aquí todos los detalles

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Foto de archivo ilustrativa de un empleado con varios billetes de pesos colombianos en una tienda en Bogotá. Foto: REUTERS/Luisa González
Foto de archivo ilustrativa de un empleado con varios billetes de pesos colombianos en una tienda en Bogotá. Foto: REUTERS/Luisa González

Tras el incremento del salario mínimo para este 2022, que quedó en $1.117.172 con el auxilio de transporte, el Ministerio de Trabajo confirmó cuál será el monto que tendrán que hacer los jubilados al sector salud a partir de este año.

En diálogo con NotiCentro1 CM&, el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, indicó que, para este 2022, “los pensionados que ganan hasta dos salarios mínimos, el aporte de salud se les disminuye del 12 % al 10%. El resto de pensionados de Colombia, el incremento será de 5.62 %.”

En ese sentido, el noticiero detalló, de acuerdo con la información entregada por el ministro que, los pensionados que devengaban $908.526 en 2021, este año obtendrán un ajuste de hasta $1.000.000 mensuales.

En cuanto a las personas que devengan más del salario mínimo, tendrán un ajuste de su mesada del 5,62 %, es decir, lo equivalente a la inflación.

En ese sentido, el noticiero conoció que, en total, los aportes a la salud de los pensionados quedará de la siguiente manera:

- Hasta $ 1.000.000: 4 %.

- Hasta $ 2.000.000: 10 %.

- Desde $ 2.000.001 en adelante: 12 %.

El jefe de la cartera de Trabajo además precisó a NotiCentro1 CM& que el aumento de las mesadas comenzará a regir a partir de este mes de enero pues, según afirmó, “los pensionados que ganan entre uno y dos salarios mínimos van a tener más capacidad de pago.”

En total, de acuerdo con los datos entregados por el Ministerio de Trabajo al noticiero bogotano, en el país hay 1.906.100 pensionados en Colombia, y de ellos, 1.182.000 devengan mesadas correspondientes a un salario mínimo.

Así funciona la incapacidad laboral en Colombia por covid-19

Una mujer se somete a una prueba de covid-19, en una fotografía de archivo. Foto: EFE/ Carlos Ortega
Una mujer se somete a una prueba de covid-19, en una fotografía de archivo. Foto: EFE/ Carlos Ortega

En otras noticias sobre el Ministerio de Trabajo, en los últimos días la cartera expidió, de manera conjunta con el Ministerio de Trabajo, la circular número 004 del 13 de enero de 2022, a través de la cual se establecen las directrices que se deben seguir en relación con las incapacidades laborales de covid-19.

“Todas las personas que tengan síntomas respiratorios tienen que aislarse inmediatamente, sin importar su estatus de vacunación o edad. Es así como contribuimos a cortar las cadenas de transmisión. Las personas mayores de 60 años, menores de 3 años, o con factores de riesgo, serán priorizadas en la realización de la prueba diagnóstica de COVID-19. Se solicitará una valoración médica inicial para evaluar y monitorear a esta población”, señaló el director de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud, Julián Fernández Niño.

De otro lado, en la circular, las carteras de Trabajo y de Salud recordaron, en primer lugar, que las personas sintomáticas deberán realizar aislamiento por siete días, desde el comienzo de los síntomas, sin importar su estado de vacunación, edad o factores de riesgo.

En este caso, no es obligatorio que se realice una prueba diagnóstica. Sin embargo, las personas mayores de 60 años, menores de 3 o con factores de riesgo, si deberán realizarla.

Respecto a la incapacidad laboral, el documento indicó que “se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa.”

En el caso de ser asintomático, los ministerios recordaron también que, de no tener el esquema completo de vacunación o no haber recibido el biológico, las personas con contacto estrecho de un caso confirmado de covid-19 igualmente tendrán que aislarse por un periodo de siete días.

Frente a la expedición del certificado de incapacidad laboral o certificado de aislamiento, la circular precisó que “se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa; de no ser viables estas modalidades se sugiere ordenar la toma de prueba para covid-19.”

En el caso de que la prueba de covid sea negativa, el documento señaló que la persona podrá salir de su aislamiento y tendrá luz verde para reintegrarse a sus actividades laborales presenciales.

En el documento, los Ministerios de Salud y de Trabajo además dejaron en claro que, en el momento en que los trabajadores puedan reintegrarse a sus labores tras cumplir con su aislamiento, los empleadores no exigirán una prueba de covid-19 como requisito para retomar sus actividades de trabajo.

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