
El Senado uruguayo aprobó por unanimidad un proyecto de ley que amplía a 20 días corridos la licencia por paternidad y establece un “fuero paternal” para impedir que las empresas despidan a aquellos durante los 30 días siguientes del reintegro al trabajo. La propuesta, que ya había sido tratada en la Cámara de Diputados, se convirtió en ley.
Hasta que entre en vigencia la nueva ley, el régimen uruguayo establece que los trabajadores de la actividad privada tienen 13 días corridos de licencia por paternidad, un cambio que se había establecido en 2013. Antes de eso, eran solo tres los días libres que tenían los padres en Uruguay.
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El cambio que el Parlamento uruguayo votó este martes se comenzará a implementar de manera gradual, e incluye a trabajadores dependientes y no dependientes de la actividad privada. Los empleados que integran el primer grupo, tendrán 14 días continuos a partir de la vigencia de la ley y 17 días desde 2026. Estos francos se suman a las tres jornadas libres que ya estaban vigentes en una ley anterior.
Los funcionarios públicos también están comprendidos por la ley. Estos trabajadores tendrán la opción de elegir entre diez días hábiles libres o 20 jornadas continuas, según les resulte más favorable en cada caso concreto.
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Al aprobar el texto, los legisladores consideraron que ha quedado demostrado que la licencia de los padres y de las madres es la “opción más efectiva” para lograr una “distribución equitativa” de los cuidados de los recién nacidos. “Están en juego no solo los derechos de los trabajadores que transitan el nacimiento de sus hijos, sino también el derecho de esos niños a ser cuidados también por su padre”, plantearon los promotores.
En las “sociedades modernas” se ha producido un cambio respecto al “rol del varón” en el cuidado de los hijos y Uruguay “no ha sido ajeno a esta tendencia”, basada en los principios de “no discriminación y de igualdad de oportunidad” entre hombres y mujeres.
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Una de las “innovaciones” del proyecto de ley –como la definieron los legisladores– es que se declaran que los descansos por paternidad y maternidad son “obligatorios e irrenunciables”. “La finalidad perseguida con esta previsión es garantizar que dichos descansos sean efectivamente gozados en su totalidad, alejando la posibilidad de que el empleador coaccione en sentido contrario”, dice el informe de una de las comisiones que trató el tema.
El “fuero paternal” es otro de los cambios incluidos en la normativa uruguaya. La nueva ley establece un período de 30 días contados a partir del reintegro de la licencia por paternidad, adopción y legitimación adoptiva, durante el cual el trabajador no podrá ser despedido. En caso de serlo, el empleador deberá abonar el equivalente a tres salarios, además de la indemnización por despido si es que corresponde.
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Los legisladores consideraron que este proyecto de ley “acompaña la evolución cultural” respecto al “cambio de paradigma tradicional” que atribuía el cuidado de los hijos mayoritariamente a la madre. “La licencia por paternidad no solamente favorece la modificación de estereotipos, sino que reconoce al padre como cuidador natural de los hijos”, dice el texto.
“Se trata de un proyecto de ley justo, que contribuye a mejorar la experiencia del trabajador en un momento fundamental de la vida como lo es el nacimiento de un hijo”, agrega.
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La aprobación de esta propuesta pone, una vez más, a la seguridad social uruguaya “a la vanguardia en la región”.
El proyecto de ley fue presentado por los legisladores oficialistas María Eugenia Roselló (Partido Colorado) y Pedro Jisdonian (Partido Nacional). La diputada celebró su aprobación en la red social X. “Tiene como base la igualdad y la no discriminación. A más igualdad, mejor democracia. ¡Seguiremos avanzando!”, escribió.
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