
Un hombre fue acusado de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple agravado contra dos menores en la localidad de Lucas González, en el departamento Nogoyá, provincia de Entre Ríos. Los hechos por los cuales fue llevado a juicio ocurrieron en un contexto de vínculo familiar, ya que el imputado, César Cepeda, era encargado de la guarda de las víctimas.
La Justicia dispuso una condena de 14 años de prisión efectiva para César Cepeda. El fallo fue dictado por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay y juez técnico, Dardo Tórtul, quien también ordenó la continuidad de la prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 5 “Gobernador Ramón Febre”, en la ciudad de Victoria. De este modo, Cepeda permanecerá detenido en esa unidad hasta que la sentencia adquiera firmeza definitiva.
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César Cepeda, recibió la pena máxima prevista para los delitos de "abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser encargado de la guarda y abuso sexual simple agravado por ser encargado de la guarda", en perjuicio de dos menores que, según fuentes judiciales, serían familiares directos.
Luego de analizar la prueba y escuchar los testimonios, el jurado popular, compuesto por ciudadanos seleccionados conforme a la normativa, declaró culpable al imputado. El veredicto no dejó dudas sobre la responsabilidad penal de Cepeda en los hechos investigados, informaron los medios citados.
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El proceso judicial se desarrolló bajo la modalidad de juicio por jurados, una herramienta instaurada en la provincia a partir de la Ley Provincial Nº 10.746. El debate oral se realizó a puertas cerradas, en cumplimiento de la legislación vigente para delitos vinculados a la integridad sexual y con el objetivo de resguardar la intimidad de las víctimas.
Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Fernando Martínez, mientras que la defensa técnica de César Cepeda fue ejercida por los abogados Walter Martínez e Ignacio Martínez. Por el Ministerio Público Pupilar, intervino el defensor público Gustavo Piquet.
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Un caso similar ocurrió en Calchaquí, provincia de Santa Fe. Sin embargo, la condena fue significativamente menor. Un hombre de 23 años fue condenado a seis años y ocho meses de prisión por el abuso sexual con acceso carnal de una niña de su entorno familiar.
Los ataques ocurrieron en reiteradas ocasiones mientras la víctima cursaba la educación primaria y sucedieron en el domicilio donde el acusado vivía junto a su madre. La menor solía acudir a esa vivienda para ser cuidada por la mujer y el condenado aprovechaba los momentos en que quedaba a solas con la niña, según la investigación impulsada por la fiscal Paula Prieto del Ministerio Público de la Acusación.
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La denuncia salió a la luz en agosto de 2024 a partir del relato espontáneo de la menor en el ámbito escolar y la intervención de una profesional del equipo socioeducativo, lo que permitió activar el protocolo de protección y dar inicio al proceso judicial. La condena fue dictada tras un juicio oral en los tribunales de Vera y, según indicaron las fuentes, se mantiene la reserva de identidad para resguardar a la víctima.
El contraste entre la sentencia dictada en Santa Fe y el reciente fallo en Entre Ríos evidencia diferencias sustanciales en las respuestas judiciales frente a delitos sexuales cometidos en el ámbito familiar. Ante episodios de abuso sexual infantil, existen recursos como la Línea 137, que ofrece asistencia gratuita y confidencial para denunciar situaciones de violencia familiar y delitos contra la integridad sexual en todo el país. La intervención temprana de la comunidad educativa y la articulación entre organismos judiciales y sociales resultan clave para garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes.
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