
Luego de 12 años, Ibañez Gélvez aceptó su culpabilidad y admitió haber abusado de una alumna de 14 años en un centro religioso juvenil de la ciudad. La causa quedó cerrada por juicio abreviado tras una investigación penal que se había demorado porque el imputado permaneció prófugo durante parte del proceso, según el Ministerio Público Fiscal de Chubut.
El hecho había ocurrido hace 12 años en la provincia de Chubut: en el momento de los hechos, el condenado tenía 31 años y trabajaba como maestro en la institución religiosa, mientras que la víctima era una adolescente. De acuerdo con el organismo, Ibañez Gélvez atacó a la joven cuando ambos estaban solos antes del comienzo de las actividades del centro religioso juvenil de Esquel.
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La acusación sostuvo que aprovechó su posición de autoridad, la diferencia de edad y ese momento de aislamiento para agredir físicamente a la adolescente, exigirle besos y tocarla contra su voluntad. El ataque se interrumpió cuando llegaron otras personas al lugar.
La causa fue encuadrada como abuso sexual simple agravado ya que el hecho fue cometido por una persona encargada de la educación religiosa de la menor y que ocurrió en un contexto de violencia de género. Es ese contexto, la investigación estuvo a cargo del equipo de delitos en contexto de violencia de género de la Fiscalía.
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A lo largo del trámite, la acumulación de evidencia y testimonios permitió sostener la acusación inclusive a lo largo del tiempo y pese a las dificultades que supuso la fuga del imputado. La intervención del equipo especializado en delitos de género fue clave para garantizar el acceso a la justicia y evitar la revictimización de la denunciante.
El acuerdo del juicio
El fallo representa una respuesta judicial a un caso que había generado alarma en la comunidad educativa y religiosa de Esquel. La decisión de optar por el juicio abreviado, en un expediente que acumuló años de demora por la fuga inicial del agresor, permitió que la víctima evitara la exposición de un debate oral y público, una situación que suele implicar una revictimización para quienes denuncian delitos contra la integridad sexual.
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La validación del acuerdo por parte del juez también contempló el tiempo transcurrido y la voluntad de la víctima de cerrar el proceso con una condena firme, sin recurrir a instancias judiciales adicionales. El Ministerio Público Fiscal precisó que el juez homologó la resolución después de constatar que se cumplían los requisitos legales y que la víctima aceptaba esa salida para dar un cierre definitivo al caso.
En este expediente, el juez valoró que el caso se ubicaba dentro de un tramo de menor gravedad física en la escala de los delitos contra la integridad sexual, de acuerdo con el Ministerio Público Fiscal de Chubut. También consideró la economía procesal, teniendo en cuenta que había pasado más de una década desde el hecho y buena parte de esa demora se explicó por el período en que el acusado estuvo prófugo.
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El Ministerio Público Fiscal de Chubut informó que esa evaluación fue central para convalidar el acuerdo. La resolución permitió evitar el desgaste de un juicio común y dar una respuesta judicial inmediata y definitiva a la víctima.
Desde la Fiscalía, se remarcó que la acumulación de pruebas y la intervención del equipo especializado en delitos en contexto de violencia de género resultaron determinantes para lograr la confesión y el reconocimiento de los hechos por parte de Ibañez Gélvez. Este tipo de procedimientos busca garantizar que la víctima tenga un rol activo en la definición de las salidas alternativas y acceso a una respuesta judicial sin más dilaciones.
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