
A dos semanas de que anuncie un nuevo show en Rosario, la Justicia solicitó que el cantante Cristian “Pity” Álvarez vaya a juicio por el crimen de su vecino Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en la madrugada del 12 de julio de 2018 en el barrio porteño de Villa Lugano.
El pedido lo hizo Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía Nacional N° 27, quien solicitó la reanudación inmediata del proceso penal que está suspendido desde 2021 luego de que la defensa del músico planteara que su cliente atraviesa un grave cuadro de salud mental.
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Sin embargo, nuevos informes médicos solicitados por la acusación descartaron que el imputado padezca una incapacidad irreversible para afrontar el juicio y pidieron que se retome urgente.
En un documento al que accedió Infobae, el fiscal, además de estos resultados, también apoyó su soicitud en el hecho de que el “Pity” estuvo dando conciertos en el último tiempo.
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Ahora el tribunal tiene en su poder dos peritajes distintos para evaluar si Álvarez puede participar o no del debate oral.
El primero, de la Fiscalía, corresponde al Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional. El informe, firmado por el médico Víctor Pefundi y los licenciados en psicología Ariana García, Silvina Albertuno y Mariano Marquevich, sostiene que el acusado presenta un “trastorno cognitivo leve multidominio”, con antecedentes de consumo problemático de sustancias, pero sin riesgo inmediato para sí o terceros.
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Además se detalló que el cantante realiza un tratamiento psiquiátrico con baja frecuencia y asistencia irregular.
En el documento, los médicos concluyeron que el acusado “dispone de una reserva cognitiva para afrontar las distintas instancias que conforman el proceso penal” y alertaron que no seguir un tratamiento integral introduce “un amplio margen de variabilidad e imprevisibilidad respecto de su desempeño”. Por estos motivos, recomendaron “la instauración de un abordaje terapéutico integral en salud mental”.
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En contraste, está el informe de los peritos de la defensa —realizado por las psicólogas Jessica Muniello y Julián Tejeiro, del Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación— que reconoció los antecedentes de consumo y coincidió en la necesidad de tratamiento, pero discrepó en la gravedad del estado cognitivo.
Para la defensa, Álvarez presenta un “trastorno neurocognitivo mayor de grado leve” y no puede garantizarse que sostenga un nivel adecuado de atención y comprensión “a lo largo del proceso penal”.
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Argumentos de la fiscalía
El fiscal Sandro Abraldes sostuvo en su pedido de reanudación de juicio que las objeciones de la defensa no describen “una incapacidad irreversible ni estática” sino una “incertidumbre” acerca de cómo será el funcionamiento del acusado el día del juicio. Afirmó que esa incerteza no es suficiente para dejar el proceso penal suspendido de manera indefinida.
Respaldó este razonamiento con dos ejes concretos. El primero es la documentación de alta exigencia aportada por la vida cotidiana y pública de Álvarez: en diciembre de 2025 dio un recital de tres horas en el estadio Mario Kempes de Córdoba, con actuación continua, organización y “manejo del estrés en un contexto complejo”. Para la fiscalía, esto demuestra que el acusado mantiene capacidades cognitivas “incompatibles con la hipótesis de imposibilidad” que plantea la defensa.
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El segundo eje es la desestimación de la relación directa entre el trastorno leve diagnosticado y ciertos episodios de fatiga o somnolencia registrados en exámenes médicos anteriores. Según el Cuerpo Médico Forense, tales episodios podrían deberse a factores como falta de sueño, consumo de sustancias o simple desinterés, y en ningún caso constituyen una prueba de incapacidad para el juicio.
La Fiscalía resalta una “disonancia objetiva” entre las limitaciones alegadas por la defensa y “la evidencia conductual reciente” del acusado. Se enfatiza que, así como organizó y cumplió con el recital de Córdoba, puede planificar su defensa y participar en el debate oral.
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Los reclamos de la defensa
La defensa, en contraparte, presentó una nueva solicitud para que se realice una evaluación neuropsicológica profunda sobre el Pity.
El argumento es que las pruebas anteriores no detectarían con precisión la gravedad de un eventual deterioro. La defensa sostiene que el acusado sufre un daño neurológico serio, derivado de consumo crónico de sustancias, que afecta su capacidad para comprender el juicio. Propone derivarlo a una institución especializada antes de fijar fecha de juicio.
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El fiscal pidió rechazar esta solicitud. Planteó que se trata de una estrategia para bloquear indefinidamente la reanudación del proceso penal. “La lógica contenida es la siguiente: hacer evaluación nueva, esperar resultados, iniciar tratamiento, esperar evolución y reevaluar. Resultado final: el juicio no empieza nunca”, sostiene el dictamen.
Como prueba suplementaria, la Fiscalía citó el inminente recital de Álvarez Congiú en Rosario, programado para el 9 de mayo de 2026, con entradas ya a la venta. Refirió que no se observa un impedimento funcional ni en el proyecto de vida, ni en las actividades económicas, ni en la rutina cotidiana del imputado.
Las propuestas para avanzar con el juicio
Para garantizar condiciones adecuadas y salvaguardar el derecho de defensa, la Fiscalía propuso que las audiencias del futuro juicio oral no duren más de 3 horas por jornada. Este límite coincide con la duración del recital en Córdoba, valioso para medir la tolerancia real del acusado a contextos demandantes.
El fiscal solicitó de forma directa que se fije fecha para el inicio del juicio a la mayor brevedad posible y que se concrete la reanudación del proceso, suspendido desde abril de 2021.
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