La Cámara Federal de Casación Penal revocó la absolución y ordenó condenar a Yamil Andrés Asef, hijo del excomisario Omar “el Turco” Asef, por haber participado en una red narco integrada por policías en Neuquén. La decisión tomada en las últimas horas cambia el rumbo del proceso penal iniciado en 2019 y tiene impacto sobre los bienes incautados a la banda.
La resolución alcanzó también a otros cinco acusados, cuya situación jurídica se agravó. Además, el tribunal dispuso el decomiso de una vivienda en el sur de Neuquén, utilizada como centro de operaciones para la venta de cocaína, de donde se secuestraron drogas, dinero y celulares vinculados a las operaciones delictivas.
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El eje de la disputa judicial giraba en torno a la responsabilidad de Yamil Asef, a quien el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén había absuelto por falta de pruebas suficientes. La fiscal Luisina Tiscornia apeló esa decisión, cuestionando que no se hubiera valorado a fondo los vínculos del acusado dentro de la estructura criminal familiar.
Según el documento, el tribunal señaló que “Yamil Asef no era ajeno a la organización comandada por su padre” y que tenía roles clave en la logística de la banda. Para Carlos Alberto Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña, los tres jueces de la Sala III, fue determinante acreditar que el hijo del líder se encargaba de acondicionar, fraccionar la droga para vender, efectuar cobros y pagos y mantener las comunicaciones con parte de los policías integrantes.
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La resolución dejó constancia de que Yamil Asef manejaba pagos y retiraba dinero de los lugares de acopio (“bunkers”), lo que lo coloca como “partícipe necesario”, una figura que significa que sin su aporte, el delito no se podía cometer. Esta calificación conlleva penas más altas y refleja el nivel de implicancia que le atribuyen.
Cómo operaba la banda y el rol de la policía
La organización desarticulada respondía, según la causa, al mando de Omar Asef, expolicía de Neuquén. Además de su hijo, había cuatro policías involucrados directamente. El grupo recibía órdenes precisas y un salario semanal por garantizar protección y facilitar el movimiento de la droga.
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La red llegó a tener múltiples puntos de venta en la zona sur de la capital neuquina. La investigación, impulsada por la Fiscalía Federal N°2 de Neuquén y la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), demostró el uso de bunkers para acopiar y fraccionar cocaína a lo largo de más de un año y medio.
El trabajo de la fiscalía incluyó el análisis de comunicaciones telefónicas, seguimientos y análisis de bases de datos, lo que permitió desarmar la organización y probar la relación directa entre sus miembros. Los detectives registraron que los policías implicados respondían a las órdenes del líder y repartían ganancias semanales.
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En los procedimientos de diciembre de 2020 se realizaron 17 allanamientos en simultáneo, con resultado de 9 detenidos en una sola jornada. En uno de los domicilios allanados, que luego fue objeto de decomiso, se encontraron 935,31 gramos de clorhidrato de cocaína, ya cortados y listos para la venta. En una requisa posterior en la misma propiedad se secuestraron otros 16,67 gramos adicionales y se detuvo a dos personas más.
La Sala III de Casación no sólo cambió el destino procesal para el hijo del líder. También modificó la calificación legal de otros miembros secundarios de la banda: Ailía Del Carmen Rodríguez Rubilar, Cristian Adrián Gelves, Nicolás Alejandro Gelves, Vanesa Viviana Suárez y Tatiana Belén Cañete. Según la Cámara, la participación de estos acusados estuvo agravada por haber actuado en grupo y con la intervención de policías, lo que deriva en condenas más severas.
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La Cámara ordenó devolver la actuación al tribunal de origen para que fije nuevas condenas, acorde al papel de cada uno. Paralelamente, hizo lugar al pedido de la fiscalía y dispuso el decomiso de la vivienda utilizada como bunker, junto con los vehículos, teléfonos celulares y el dinero confiscado durante los procedimientos. Este tipo de bienes, según establece la ley de drogas, deben pasar ahora a control del Estado.
Durante el juicio que comenzó en septiembre de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén había condenado a Omar “el Turco” Asef a 8 años y 6 meses de prisión, y a los policías y colaboradores principales a penas que llegaron hasta 7 años y 3 meses de cárcel. La absolución previa de Yamil Asef fue lo que motivó el recurso de la fiscalía, ahora validado por la máxima instancia penal federal en materia de drogas.
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Los argumentos de la fiscalía y la defensa
La decisión de condenar a Yamil Asef se basó en diálogos registrados entre padre e hijo, en los que, según la fiscal Tiscornia, se reflejaba que este último “aportaba al control general del funcionamiento de los bunkers de la organización”. Entre los elementos aportados al expediente, figuraron testimonios de colaboradores y de “personas de especial confianza” del jefe del grupo.
El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Raúl Pleé, respaldó la apelación al señalar que el tribunal original había cometido un error grave al absolver al hijo del líder y reclamó una condena directa, sin realizar un nuevo juicio. Entre los puntos presentados por Pleé quedó asentado el pedido de “destrucción de la droga incautada y decomiso integral de los bienes afectados a la actividad ilícita”.
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Por otro lado, la defensa de los condenados mantuvo que no existía prueba suficiente y recurrió las condenas. Este recurso, junto a la apelación de la fiscalía, permitirá a la instancia superior analizar la totalidad de la causa y fijar en las próximas semanas las penas definitivas de todos los implicados.
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