
El accidente que dejó a Bastián Jeréz, de ocho años, en grave estado tras el choque entre una Volkswagen Amarok y una UTV ocurrió en una zona donde, según la legislación vigente del Partido de Pinamar, la circulación de vehículos a motor está prohibida de manera expresa desde hace casi una década.
La prohibición surge de la Ordenanza N° 4794/16, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 22 de julio de 2016 y promulgada ese mismo año. La norma estableció un marco restrictivo para el tránsito vehicular en la playa y el frente marítimo, al considerar que se trata de un espacio de uso público recreativo y no de circulación vehicular común.
El artículo 1° de la ordenanza es categórico al disponer que se prohíbe “la circulación de todo tipo de vehículos impulsados a motor en los Sectores de Playa que determine el Departamento Ejecutivo, las 24 horas del día y durante todo el año”, con excepción únicamente de aquellos vehículos expresamente autorizados por razones de interés público.
En cumplimiento de esa ordenanza, el Decreto N° 3215/16, dictado el 26 de diciembre de 2016, reglamentó la norma y delimitó con precisión las zonas del frente marítimo donde rige la prohibición absoluta. Entre ellas se encuentra el sector denominado Pinamar Norte – Centro, que se extiende desde el límite norte del partido hasta el muelle de pesca, tramo que incluye el área conocida como La Frontera, donde ocurrió el choque que dejó gravemente herido al menor.

La propia normativa fundamenta esta restricción al advertir que “la circulación de vehículos a motor en el Frente Marítimo tiene un impacto negativo en la seguridad y la salud de nuestra comunidad y en el medio ambiente de nuestra ciudad”. Bajo ese criterio, el Municipio estableció que en La Frontera no existe habilitación para la circulación libre de vehículos particulares como camionetas, UTV o cuatriciclos.
La ordenanza solo prevé que, de manera excepcional, el Departamento Ejecutivo pueda autorizar el ingreso de vehículos oficiales o particulares por razones de interés público, como tareas de seguridad, emergencia o mantenimiento. Fuera de esos supuestos, la presencia de vehículos motorizados en ese sector constituye una infracción a la normativa vigente.
Multas altas
El régimen sancionatorio fue reforzado recientemente. Mediante el Decreto N° 0104/2026, formalizado en enero de este año, el Municipio reglamentó las sanciones aplicables a quienes incumplan la ordenanza, estableciendo multas económicas elevadas y la posibilidad de retención y secuestro del vehículo cuando la conducta implique “peligro cierto o potencial para la vida o la integridad física de terceros”.
“El incumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza N° 4794/16, consistente en la circulación de vehículos —incluyendo cuadriciclos, motocicletas, UTV, camionetas y/o cualquier otro vehículo motorizado— fuera de las zonas expresamente autorizadas, corredores seguros o en propiedad privada, será sancionado con multa de 8.500 a 25.000 módulos, conforme a la gravedad de la infracción, el riesgo generado y la reincidencia del infractor", dice la norma.

Además, la normativa vigente dispone que los gastos que el Municipio deba afrontar como consecuencia de accidentes ocurridos en zonas no habilitadas para la circulación —como atención médica, operativos de emergencia o daños ambientales— pueden ser imputados a los responsables de la infracción.
Más allá del caso de La Frontera, la reglamentación de la Ordenanza 4794/16 extiende la prohibición de circulación vehicular permanente a amplios sectores del frente marítimo de Pinamar, Ostende, Valeria del Mar y Cariló, e incluye de manera expresa los cordones dunícolas y zonas de remediación de dunas en toda la extensión del Partido.
De este modo, el choque que dejó a Bastián Jerez en grave estado ocurrió en un sector donde la circulación vehicular está prohibida por normativa municipal desde hace casi diez años. La investigación judicial deberá determinar si los vehículos involucrados contaban con alguna autorización excepcional y establecer las responsabilidades correspondientes conforme a la legislación vigente.
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