Condenaron a un hombre a 15 años de prisión por abusar de dos niñas de su familia

Los aberrantes hechos ocurrieron el 13 de diciembre del año pasado en la localidad de Villa Dolores

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La Fiscalía solicitó una pena
La Fiscalía solicitó una pena aún mayor (El Doce.tv)

La Cámara del Crimen y Correccional de Villa Dolores, Córdoba, dictó una condena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo contra un hombre hallado culpable de abusos sexuales continuados y gravemente ultrajantes contra dos miembros de su propia familia.

El condenado fue trasladado de inmediato a la unidad carcelaria, marcando uno de los fallos más duros en materia de delitos sexuales de los últimos años en la región.

La decisión resonó en todos los ámbitos judiciales y sociales por la minuciosidad de la investigación y la contundencia de la condena. Según se informó, el tribunal encontró probado que las víctimas, dos menores de edad, sufrieron graves consecuencias en su salud mental debido a los hechos.

De acuerdo con lo informado por el portal El Doce.tv, la causa judicial se inició a partir de las denuncias que llegaron a la Unidad Judicial de Villa Dolores. Según consta en la presentación, los abusos ocurrieron el 13 de diciembre de 2024.

La Fiscalía tomó el caso y reunió pruebas sólidas sobre los hechos ocurridos en el seno de una familia loca.

Las pruebas demostraron de manera fehaciente la existencia de abusos sexuales continuados y gravemente ultrajantes, agravados por el daño profundo ocasionado en la salud mental de las dos menores, que habían confiado en miembros de su entorno.

El tribunal, presidido por el juez Carlos Escudero, determinó la responsabilidad penal del acusado en los cargos de abuso sexual continuado, agravado, y promoción de la corrupción de menores de forma continuada. La gravedad de los delitos, sumado al daño comprobado, fue un factor determinante en la aplicación de la condena.

La lectura del fallo estuvo a cargo de la secretaria de Cámara, Claudia Funes. Durante la audiencia de juicio, el Fiscal de Cámara, Sergio Cuello, reclamó una pena de 16 años de prisión para el imputado. El representante del Ministerio Público consideró adecuada una sanción más elevada y la prisión preventiva debido al alto riesgo de fuga, dado que el hombre no disponía de domicilio fijo y existía un potencial intento de abandonar el país con destino a Uruguay.

Los abusos ocurrieron el 13
Los abusos ocurrieron el 13 de diciembre de 2024 (Imagen Ilustrativa Infobae)

Aunque la Cámara determinó finalmente una condena de 15 años, la sentencia fue definida como de cumplimiento efectivo, ejecutada en el momento de la lectura: el acusado fue esposado y trasladado sin demoras al establecimiento penitenciario de la ciudad de Villa Dolores.

A finales del mes pasado, la Justicia de Córdoba también condenó a un hombre por abuso sexual con acceso carnal reiterado contra dos menores de edad que forman parte de su grupo familiar.

Se trató de un cuidador de caballos de 32 años, identificado con las iniciales F. G., quien deberá cumplir con una pena de diez años de prisión.

El fallo, considerado de cumplimiento efectivo, concluyó tras un extenso proceso judicial en el que intervinieron magistrados, peritos y múltiples testigos que brindaron pruebas sustanciales para la causa.

Según lo informado por autoridades judiciales, el acusado residía en una localidad próxima a Villa María, donde cumplía funciones como cuidador de caballos en establecimientos rurales.

La investigación se inició a partir de denuncias presentadas por miembros del entorno de las víctimas, lo que permitió dar inicio a una causa que derivó en la detención preventiva de F. G.

Durante el juicio, el tribunal recibió numerosos testimonios y peritajes especializados, que resultaron decisivos para acreditar la responsabilidad penal del hombre. Los informes psicológicos y médicos fueron incorporados al expediente y, según consta en los fundamentos de la sentencia, permitieron reconstruir el contexto de abuso y la situación de especial vulnerabilidad de las víctimas.

El tribunal enfatizó en su resolución que la vinculación familiar entre el acusado y las dos víctimas menores fue determinante para cometer el hecho. El dictamen no dejó margen para medidas alternativas, por lo que la pena se cumplirá en su totalidad bajo régimen carcelario.