
La Corte Suprema de Justicia confirmó la extradición a México de Guillermo Gustavo Lindow (63), un ciudadano argentino-español que permaneció prófugo durante 9 años y fue detenido en la provincia de Córdoba, acusado de tráfico de pornografía infantil.
El acusado era buscado por la justicia mexicana, que lo requería para ser juzgado por delitos vinculados con turismo sexual, pornografía y estupro, cometidos presuntamente en 2011.
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Lindow residía en España junto a su pareja e hijos cuando decidió viajar a la Argentina para visitar a su familia. Fue durante ese viaje cuando las autoridades lo detuvieron en el aeropuerto cordobés. En territorio español, la justicia había rechazado previamente la extradición solicitada por México, por lo que el proceso quedó en suspenso hasta su ingreso a la Argentina.
De acuerdo con la denuncia presentada en México, Lindow habría establecido una relación de confianza con una adolescente de 14 años a través de Facebook. Según la acusación, aprovechando ese vínculo, le pidió a la menor que le enviara fotografías desnuda.
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Posteriormente, el acusado habría viajado a México para abusar de ella, lo que derivó en una causa penal. Ante esto, el juzgado penal del Primer Partido Judicial de la ciudad de Villa de Álvarez, en el estado mexicano de Colima, emitió una orden de captura internacional contra Lindow.
La solicitud de la circular roja de Interpol para el argentino se fundamentó en los delitos de turismo sexual, pornografía infantil y estupro, los cuales, según la legislación mexicana, contemplan penas de entre 7 y 12 años de prisión.
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Tras su detención en Córdoba, se llevó adelante un juicio de extradición. En ese marco, la Fiscalía Federal pidió que se hiciera lugar al pedido del gobierno mexicano, argumentando la gravedad de los hechos y las dificultades logísticas que implicaría trasladar las pruebas desde México hasta la Argentina. También sostuvo que una dilación en el proceso podría provocar la prescripción de la causa.
Por su parte, la defensa pública planteó objeciones. Sostuvo que el delito de turismo sexual no tiene una figura equivalente en el Código Penal argentino, y agregó que el de grooming no estaba vigente en el país al momento de los hechos investigados.
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Además, Lindow invocó su condición de nacional argentino para ejercer el derecho de ser juzgado por tribunales locales y no por la justicia extranjera.
El juez federal Alejandro Sánchez Freytes resolvió declarar parcialmente procedente la extradición, limitándola exclusivamente al delito de pornografía infantil, y rechazó los otros cargos incluidos en el pedido de México.
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Contra esa decisión, la defensa apeló ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que finalmente ratificó la resolución en las últimas horas. El fallo fue suscripto por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes basaron su decisión en normas de derecho internacional de derechos humanos y en los tratados bilaterales de extradición vigentes entre ambos países.
En la sentencia, el máximo tribunal argentino instruyó al magistrado de la causa para que informe a las autoridades mexicanas el tiempo que el acusado lleva privado de libertad, de modo que dicho período sea computado en caso de concretarse la extradición.
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Con la decisión firme, el expediente pasará ahora al ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, que deberá definir si da curso a la extradición a México o si accede al pedido de Lindow de ser juzgado en la Argentina, conforme lo establece la Ley 24.767 en sus artículos 12 y 36. Esa resolución administrativa determinará, en última instancia, si el proceso penal continuará bajo jurisdicción mexicana o argentina.
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