
El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana condenó este miércoles a 19 años de prisión a Claudio Contardi, ex esposo de Julieta Prandi. Los jueces lo hallaron culpable de haber abusado sexualmente a la modelo cuando estaban en pareja y de haberle provocado un daño psicológico. Quedó detenido de inmediato. Pero cuáles fueron los fundamentos de los magistrados Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar para llegar a la sentencia.
Según el documento al que pudo acceder Infobae con los fundamentos del fallo, allí se señala que los hechos, ocurridos entre el 28 de julio de 2015 y marzo de 2018 en la localidad de Escobar, consistieron en abusos sexuales con acceso carnal ejercidos de manera reiterada bajo amenazas y violencia física y psicológica, generando un grave daño a la salud mental de la víctima.
Los jueces valoraron que “la materialidad ilícita y la autoría de Contardi han quedado demostradas” y remarcaron la reiteración de los actos, cada uno de los cuales implica un delito en sí mismo.
“Todo ello formó parte de un esquema planificado para evitar que la víctima pudiera disponer de herramientas subjetivas para salir de la situación en la que estaba envuelta y perpetrar los abusos con total impunidad”, dijo en su voto la jueza Leiro.

Esa magistrada fue la primera en votar y fundamentó el fallo destacando varios puntos:
- Se ponderó el contexto de violencia de género, manifestado en la relación asimétrica de poder, violencia psicológica y económica, que llevó a la cosificación de la víctima y facilitó los abusos “con total impunidad”.
- Las características del hecho fueron consideradas agravantes, como la actitud posterior del imputado, incluyendo acciones vejatorias tras los accesos carnales.
- Rechazó la pretensión de la defensa respecto a que los hechos configuraban un delito continuado, señalando que “sin perjuicio que estamos frente a un mismo autor y una misma víctima y una reiteración en el tiempo de actos de las mismas características… cada uno de ellos implica un delito en sí mismo por lo que nos encontramos frente a un concurso material de delitos”.
- Respecto al grave daño a la salud mental de la víctima, los jueces sostuvieron que fue “acreditado” mediante informes médicos, resultados de test psicológicos y las manifestaciones tanto de profesionales como de testigos del entorno, constatando la afectación severa y la necesidad de medicación incluso con antipsicóticos.
- Se valoró como atenuante la carencia de antecedentes penales condenatorios de Contardi.

En palabras del tribunal: “La violencia psicológica económica intrafamiliar que fue llevando a la víctima a su cosificación, quedando inmersa en una relación asimétrica de poder para luego perpetrar los hechos”, valoró Leiro.
La decisión recoge también la consideración de la prueba incorporada. “Se ha demostrado... que Contardi accedía carnalmente a la víctima en forma violenta y sin su consentimiento, tomándola del cuello o del cabello y en algunas circunstancias cuando dormía. Ello ocurrió en forma reiterada entre julio del 2015 hasta marzo del 2018. Fue acreditado por qué esas relaciones sexuales no eran consentidas y la situación en la que estaba inmersa J.L.P. que no le permitía salir de ese contexto de violencia”.
A pesar de que la defensa planteó la inexistencia del daño o que era preciso identificar una enfermedad concreta, los jueces consideraron suficiente la prueba incorporada, incluidas las pericias, para considerar probado el agravante específico valorado en la calificación legal y habilitante a la pena.
Por todo ello, el tribunal determinó la condena a 19 años de prisión, remarcando el contexto agravante, la extensión y reiteración de los delitos y el daño causado a la salud mental de la víctima.
Tras la condena, Contardi fue alojado a la DDI de Campana, durante la tarde del miércoles se decidió que sea trasladado a la comisaría 5ª de Escobar. Fuentes policiales explicaron a Infobae que esto se debe a que la dependencia cuenta con un calabozo transitorio, por lo que fue llevado a otro lugar donde puede quedar alojado a la espera del cupo del Servicio Penitenciario Bonaerense.
El tribunal también dispuso la inscripción de Contardi en el Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual y la realización de exámenes para su identificación genética, en cumplimiento de la normativa vigente.
La acusación estuvo a cargo del fiscal Christian Fabio, quien había pedido 20 años de cárcel para el condenado, mientras que los abogados de Prandi habían solicitado 50.
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