
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Lomas de Zamora dictó sentencia en un caso que generó un amplio debate en torno a la perspectiva de género dentro del Poder Judicial.
Benita Martínez Quintana, migrante paraguaya y madre de tres hijos, fue condenada a 5 años de prisión por “exceso en la legítima defensa” tras matar a su pareja de una puñalada durante un episodio de violencia en su domicilio.
La decisión fue adoptada luego de un juicio en el que la Fiscalía había reclamado la pena de prisión perpetua y donde la defensa planteó el contexto de violencia de género, solicitando directamente la absolución o, en segunda instancia, la calificación aplicada por el Tribunal.
En la sala de audiencias, se hicieron presentes organizaciones sociales y feministas que acompañaron a Benita durante el proceso. Para esas agrupaciones, si bien el resultado no fue la absolución, sí constituye un avance en el reconocimiento judicial de situaciones de legítima defensa vinculadas a la violencia de género. “Haber dado lugar a la legítima defensa es para nosotras algo de perspectiva de género dentro de la Justicia”, señalaron mediante un comunicado tras la sentencia.
El episodio que desembocó en la condena sucedió el 18 de junio de 2023, en la localidad de 9 de Abril, en el partido bonaerense de Esteban Echeverría.
Ese día, Benita se encontraba en su casa cursando el tercer mes de embarazo y junto a su hijo de corta edad, cuando su pareja llegó en estado de ebriedad y la agredió brutalmente, según informó el portal Diario Conurbano.
En lo que describió como un acto desesperado, la mujer utilizó un cuchillo de cocina para defenderse y, en la acción, le causó una herida mortal al hombre. Tras el ataque, ella misma lo llevó hasta un centro de salud donde falleció, quedando detenida inmediatamente.
El juicio oral estuvo atravesado por el análisis de las condiciones personales y sociales de la acusada. La defensa, encabezada por Gastón Carrizo, planteó en sus alegatos que Benita había actuado para proteger su vida y la de sus hijos, y que el Estado nunca le proveyó la contención ni las herramientas necesarias para salir del círculo de violencia.

El tribunal tuvo en cuenta ese contexto y resolvió aplicar la figura de “exceso en la legítima defensa”, lo que implica admitir que Benita actuó para defenderse, aunque la respuesta frente a la agresión superó los límites permitidos por la ley. Por esta calificación, la condena se fijó en 5 años de prisión, que Martínez Quintana podrá cumplir bajo el régimen de prisión domiciliaria, conforme a su rol de madre y a su situación personal.
Durante el debate, la fiscal de Flagrancia, Leila Selem, refirió: “La gravedad de los hechos, el vínculo y la situación de vulnerabilidad de la víctima exigen la máxima pena”. Sin embargo, la defensa subrayó la vida atravesada por hechos de violencia y exclusión que marcó a Benita desde su infancia.
El expediente judicial y los relatos de las organizaciones que acompañaron a Benita delinean una historia atravesada por la privación y el abandono.
Nacida en un entorno rural guaraní en Paraguay y madre por primera vez a los 14 años, migró a la Argentina hace doce años acompañada por quien sería luego su expareja y padre de su segundo hijo. Durante casi una década, fue víctima de violencia física y sexual en ese vínculo.
La joven, sin formación educativa, pudo finalmente solicitar una orden de restricción judicial tras años de maltrato. Luego de seprarse de esta persona, comenzó una nueva relación marcada por la violencia. El último de sus hijos nació de esta pareja, caracterizada por agresiones verbales y físicas —especialmente graves durante su embarazo— y por problemas de consumo de alcohol por parte del hombre.
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