
La Cámara de Apelaciones y Garantías de Mar del Plata postergó para los próximos días la definición del pedido de libertad condicional de dos de los cuatro ex policías condenados por el crimen de Natalia Melmann, ocurrido en Miramar en el verano de 2001. Fue luego de que surgieran disidencias entre los dos miembros de la Sala 1 en una audiencia realizada este martes para tratar un recurso de la defensa.
Los jueces Esteban Viñas y Pablo Poggeto informaron en la audiencia realizada de manera remota desde las 10 que convocarán a un tercer magistrado, Andrés Angulo, para alcanzar una resolución y definir si Ricardo Anselmini (56) y Oscar Echenique (64), sentenciados a prisión perpetua, recuperan o no la libertad.
Los camaristas comunicaron que la definición será notificada a cada una de las partes de manera escrita antes del inicio de la feria judicial a fin de año, es decir, antes de enero.
El tribunal debe resolver un recurso de apelación presentado por las defensas, luego de que el titular del Juzgado de Ejecución Penal 1 de Mar del Plata, Ricardo Perdichizzi, rechazara el último 6 de diciembre un planteo para lograr la libertad.

Perdichizzi consideró entonces que en ninguno de los dos casos hubo avances en cuanto a un tratamiento psicoterapéutico que la propia Cámara de Apelaciones les había exigido en 2022, al rechazar otro pedido anterior en el mismo sentido.
La resolución del magistrado fue en línea con el planteo de los abogados Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi, representantes de los padres de Natalia, Gustavo Melmann y Laura Calampuca.
Al igual que en aquella instancia, en la audiencia de este martes los abogados y el fiscal Daniel Vicente subrayaron la falta de avances en materia terapéutica de los ex policías, que cumplen condena en la Unidad Penal 44 de Batán. Los padres de la menor asesinada advirtieron nuevamente sobre “los riesgos” de que vuelvan a la calle y pidieron que “no los liberen”.
En diálogo con la agencia de noticias Télam, Castro Bianchi sostuvo que “no hubo ningún elemento novedoso incorporado como para que deba modificarse la posición de la justicia”. El fiscal y los abogados de la familia insistieron, además, en los reparos respecto de los domicilios ofrecidos por ambos condenados para cumplir eventualmente un régimen de libertad condicional.
En el caso de Echenique, se destacó la cercanía entre el lugar ofrecido como residencia y la vivienda de la madre de la víctima, en el partido de General Alvarado, mientras que en el de Anselmini, se advirtió que en el lugar residía otro ex policía con antecedentes penales.
Por parte de la defensa, encabezada por Patricia Perelló, intervino en la audiencia ante la Cámara la abogada Mariana Fardín, quien cuestionó la “arbitrariedad” de la evaluación que se hace del caso.

Tras la intervención de las partes, los jueces no alcanzaron a un acuerdo y comunicaron la convocatoria a un tercero para dictar una resolución.
En la instancia no se discutió el cumplimiento de los plazos para acceder a la libertad condicional, ni la “buena conducta de encierro” de los condenados: de acuerdo a la legislación vigente, Anselmini y Echenique pueden aspirar a un régimen de ese tipo por haber cumplido 20 años de reclusión, el 29 de septiembre de 2022 en el primer caso y el 7 de junio del mismo año en el otro.
Condenados
Ambos fueron condenados en septiembre de 2002 como coautores de los delitos de “rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa” en perjuicio de Natalia, una adolescente de 15 años, cometidos el 4 de febrero de 2001.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata los sentenció junto a otro policía, Ricardo Suárez (61), quien según fuentes judiciales, no presentó ningún pedido para gozar de libertad condicional. Por el hecho también fue condenado en esa instancia, pero a 25 años de cárcel, Gustavo “Gallo” Fernández, por su participación en el secuestro, aunque la pena fue reducida luego a 10 años de prisión.
El último 17 de mayo, más de 22 años después del crimen, fue sentenciado a perpetua un cuarto policía, el ex sargento Ricardo Panadero. El TOC 4 marplatense lo halló culpable de “privación ilegítima con empleo de violencia, abuso sexual calificado por la intervención de dos o más personas y homicidio doblemente agravado por el concurso de dos o más personas y por haberse consumado para lograr la impunidad”.
La condena del cuarto policía se dio en el marco del segundo juicio que debió enfrentar, ya que había sido absuelto en un primer proceso en 201. Ese fallo fue apelado y el 13 de noviembre de 2019 la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense anuló esa absolución y ordenó la realización de un nuevo juicio.
El crimen
Según se estableció, Natalia fue obligada a subir a una camioneta de la Policía bonaerense y llevada a una casa ubicada en el extremo sur de Miramar, donde “fue accedida carnalmente”, y luego, “con el inequívoco propósito de procurar la impunidad de la agresión sexual, la víctima fue muerta por asfixia, estrangulada con un lazo confeccionado con el cordón de una de sus zapatillas”.
Los policías trasladaron luego el cuerpo al vivero Florentino Ameghino, donde fue hallado cuatro días más tarde, debajo de una pila de hojas.
El crimen provocó la reacción de la comunidad local y regional, que encabezó junto a los familiares y allegados de la adolescente múltiples marchas para pedir Justicia.
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