Entre 2011 y 2012, según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el chubutense Dulio Alfredo Hervitt atacó sexualmente a una nena de 11 años de su entorno más cercano mientras vivía en un suburbio de Puerto Madryn. El hecho ocurrió en su propia casa y el hombre, hoy de 52 años, amenazó con golpear a la menor si no le practicaba sexo oral en el living. Y así fue. No ocurrió una vez, sino casi día por medio, siempre de noche. La violó.
En 2018, ya con 16 años, la víctima declaró en cámara Gesell, tras haberlo denunciado en octubre del año anterior en una Comisaría de la Mujer de la ciudad. Fue un testimonio crudo, gráfico, donde la adolescente se preguntó a sí misma cómo Hervitt podía profanar su vínculo con ella en medio de abusos sistemáticos y denigrantes. “Fue como un año, no se lo conté a nadie por miedo a que le haga algo a mi familia”, afirmó.
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En su relato, la adolescente señaló el domicilio donde ocurrieron las violaciones, describió las situaciones sufridas en detalle. La calificación final contra Hervitt, con un expediente en manos de la fiscal María Alejandra Hernández, fue la de abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente en perjuicio de una niña menor de edad.
Así, Hervitt fue condenado en 2020 a 10 años de prisión, aunque, según confirma su abogado defensor, Fabián Gabalachis, nunca recibió prisión preventiva. Y entonces apeló, presentó un pedido de nulidad y una impugnación ordinaria en la Cámara en lo Penal de Puerto Madryn: ambos fueron rechazados. Así, el letrado fue por la vía extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia provincial, presidido por el juez Alejandro Panizzi junto a los magistrados Roberto Barros y Mario Vivas.
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El 21 de agosto de este año, casi cinco años después de la denuncia original, el Superior Tribunal decidió revocar la condena. Se trataba de una cuestión formal. Otra instancia de la Justicia, el Tribunal que condenó a Hervitt se había tomado su tiempo, tal vez demasiado.
La crítica fue que el Tribunal, integrado por Patricia Reyes, Marcelo Orlando y Marcela Pérez, tardó más de cuatro meses entre veredicto, audiencia de cesura y fallo de la condena, más allá del plazo máximo fijado.
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Gabalachis “renovó su pedido de reedición del debate porque el tiempo transcurrido desde el juicio de responsabilidad hasta la audiencia de cesura no había cumplido con el principio de continuidad”, asegura el fallo, con la pandemia del coronavirus en medio del proceso, con una suspensión del debate y el pedido de nulidad original, explica el juez Panizzi en su voto, que relata el impacto de la pandemia en el sistema judicial.
En ningún momento se alude a la prueba que sustenta la acusación brutal en contra del hombre de Puerto Madryn. Todo se reduce a una cuestión de tiempo.
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Entonces, el Superior Tribunal ordenó hacer un nuevo juicio por el caso. Fuentes judiciales consultadas por Infobae creen que la defensa de Hervitt podría pedir la prescripción de la causa: el artículo 146 del Código Procesal provincial establece que todo procedimiento tendrá una duración máxima de tres años improrrogables, contados desde la apertura de la investigación, salvo que el término de la prescripción sea menor o que se trate del procedimiento para asuntos complejos. Es decir, no dan los plazos; las mismas fuentes consideran que una apelación exitosa del Ministerio Público Fiscal puede ser muy difícil.
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