
Santiago Solans Portillo, el comerciante que regresó desde Miami con COVID-19, fue procesado hoy por el juez federal Federico Villena acusado de propagar una enfermedad “peligrosa y contagiosa” y se dictó un embargo sobre sus bienes por 5 millones de pesos: el delito por el que se lo procesa tiene una pena de hasta 15 años de prisión. Solans Portillo, oriundo de Capilla del Señor, había viajado a Miami para darse la vacuna. Al volver al país el 2 de mayo, viajó con 259 personas y 12 tripulantes. Sin embargo, en el aeropuerto de Ezeiza detectaron que podía ser un caso sospechoso al hacerle los controles de temperatura: tenía 38 grados. Fueron las autoridades de Migraciones las que difundieron el caso reclamando que los ciudadanos fueran “responsables”.
Cuando le tocó declarar en indagatoria, el acusado -un licenciado en Comercio Exterior y dueño de una marca que se dedica a servicios de hidrolavados de casas y edificios- negó las imputaciones en su contra desde el hotel en el que estaba aislado y detenido. Desligó la responsabilidad con la aerolínea que le permitió subir al avión y en la tarjeta de crédito a través de la cual tenía cobertura médica.
Según su versión, viajo a Estados Unidos junto a su novia y unos amigos y que se aplicó allí la vacuna de Pfizer. Admitió que horas antes de su regreso se había hecho un análisis en un centro médico que le dio positivo, pero que el supuesto médico George Saliba, del consultorio Doctor Now, le aseguró que seguramente era “un falso positivo” y por eso le hizo un certificado de que podía viajar. Allí mencionó a la empresa de la tarjeta de crédito a través de la cual tenía cobertura médica, al señalar que desde allí le indicaron cómo debía proceder.

Al mismo tiempo, el acusado aseguró que él le había enviado a la aerolínea el primer informe médico que hablaba de COVID-19 positivo. Su versión fue confirmada por American Airlines ante el juzgado. La empresa presentó un escrito en donde admitió que hubo un error por parte del personal en Miami que recibió el certificado positivo y le permitió subir igual al avión.
Hoy el juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena, que había ordenado inicialmente su arresto y luego lo excarceló, decidió firmar su procesamiento. Solans Portillo “tenía pleno conocimiento de su resultado positivo para COVID-19 y pese a ello, abordó el vuelo de regreso a este país, colocando en una situación de peligro o riesgo la salud de la tripulación, pasajeros, empleados de las terminales aéreas en las que operó; ello sin importar el resultado”. Es decir: no importa si contagió a alguno de los pasajeros. Su solo accionar alcanza para configurar el delito.
La reglamentación es clara: “en ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de ‘caso sospechoso’ o la condición de ‘caso confirmado’ de COVID-19, conforme definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, su modificatorio y normas complementarias”.

Aunque el joven “contaba con el resultado de PCR positivo y lo exhibió ante las autoridades una vez detectada la temperatura corporal, lo cierto es que al momento de realizar la Declaración Jurada para el Ingreso al Territorio Nacional, adjuntó el certificado médico expedido por el doctor Saliba y no el PCR positivo; pudiendo con ello tener por acreditado el elemento subjetivo requerido para el tipo penal en tratamiento”, afirmó el fallo.
A criterio de Villena, esa circunstancia “encuentra sustento en la prueba colectada en autos, pues conforme lo informara la Dirección Nacional de Migraciones, junto a la Declaración Jurada, el pasajero envió el informe médico electrónico suscripto por el Dr. Saliba y copia de su pasaporte, surgiendo que el PCR positivo enviado por dicho organismo resulta ser una fotografía obtenida cuando el imputado lo exhibió desde su teléfono celular, a solicitud de los agentes intervinientes”.
El propio imputado “reconoció haber adjuntado a la Declaración Jurada el certificado médico electrónico una vez que lo recibió a efectos de emprender su viaje de regreso y que el informe de PCR positivo lo presentó a solicitud de las autoridades migratorias argentinas una vez arribado al país cuando se detectara su elevada temperatura corporal”, dijo el fallo.
El juez hizo hincapié en que el acusado “en ningún momento refirió las gestiones que realizó para conseguir alojamiento a fin de cumplir con el aislamiento en EEUU, sino que llevó a cabo todas aquellas conductas por medio de las cuales le permitieron abordar un avión con un resultado de PCR positivo para COVID-19, clara resultó ser su intención, regresar a este país, en las condiciones de salud ya indicadas; sin perjuicio que no se cumplió con el tiempo que debe transcurrir entre el resultado de un PCR positivo y el alta médica para poder abordar un vuelo”.

Aunque aún resta saber si la Cámara Federal de La Plata confirma su procesamiento, el juez Villena entendió que el joven debería ir a juicio por este delito. “No debe dejarse de lado el contexto en el que nos encontramos actualmente, que desde el 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró la pandemia por el brote del virus COVID-19 luego de que el número de personas infectadas llegó a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.- La gravedad del problema radica en la letalidad y alta capacidad de propagación del virus. A poco más de una semana de la declaración de pandemia el COVID-19 se extendió a nivel global”, resaltó.
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