
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió por mayoría revocar la prisión domiciliaria dispuesta por el Tribunal Oral Federal de Tucumán al represor Roberto Gordillo, quien se encuentra procesado por crímenes de lesa humanidad.
El fallo de la Sala IV, integrada por Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani, surge a raíz del recurso de casación interpuesto por el fiscal de juicio de Tucumán Pablo Camuña y la defensa del imputado contra la sentencia del Tribunal Oral Federal de Tucumán que resolvió extender por seis meses más la prisión preventiva del imputado y dispuso la prisión domiciliaria bajo el sistema de control electrónico, fundando su decisión en la edad de Gordillo.
Gordillo fue procesado y la causa elevada la causa a juicio por considerarlo presunto coautor de los delitos de tormentos agravados, tortura seguida de muerte en perjuicio de Federico Soria; del delito de asociación ilícita; y del delito de partícipe necesario en la comisión del delito de homicidio calificado -en diez oportunidades-, catalogados como delitos de lesa humanidad.
Casación coincidió así con los argumentos del dictamen del fiscal Javier De Luca, quien sostuvo, entre otras cuestiones, que el tribunal había incurrido en un error al analizar la cuestión etaria del imputado como una causal humanitaria.
En su dictamen, la Fiscalía destacó que el imputado ocupó un lugar destacado en el aparato de represión dispuesto en la provincia de Tucumán: "Capitán del Ejército Argentino con Aptitud Especial de Inteligencia, habiendo revistado en el Batallón 601 de Inteligencia del Ejército, desempeñó un rol fundamental en el aparato represivo montado en la provincia de Tucumán, encontrándose acusado de haberse desempeñado como jefe de interrogadores de prisioneros", indicó, publicó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal.
Al emitir su opinión, el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación solicitó que se hiciera lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal; se revocara el pronunciamiento del tribunal de Tucumán y se dispusiera el encarcelamiento del represor en el servicio penitenciario correspondiente.
Asimismo, explicó que Gordillo no es un enfermo terminal y que las dolencias que pueda tener propias a su edad, 73 años, pueden ser tratadas en su lugar de detención. El fallo indicó además que no obran en el expediente informes médicos ni constancias que señalen que su salud se deterioró a partir de la prisión cumplida en una unidad penitenciaria. Además expresó que el tribunal, para otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria, tomó erróneamente la cuestión etaria como una causal humanitaria y no analizó los riesgos procesales que implicaba concederla.
Borinsky y Hornos coincidieron en sus votos: entendieron que el tribunal había incurrido en un "vicio de fundamentación" al haber omitido ponderar suficientemente la naturaleza de los hechos que se le atribuyen al imputado, la complejidad de la causa y las condiciones personales de Gordillo en el examen de los riesgos procesales. "Del análisis integral de las actuaciones se desprende que el tribunal no dio debido tratamiento a cuestiones sustanciales planteadas por el representante del Ministerio Público Fiscal en su recurso de casación, específicamente aquellas vinculadas con la existencia de riesgos procesales", indicaron.
El voto en disidencia correspondió a Gemignani, quien falló a favor de la prisión domiciliaria, si bien entendió que la extensión de la prisión preventiva era correcta en el marco de la gravedad de los hechos que se ventilan.
El teniente coronel Gordillo, especialista en el área de Inteligencia, cumplió funciones represivas durante la dictadura militar, comandado por el general Antonio Bussi, en el mismo periodo y destacamento que el ex jefe del ejército César Milani.
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