La condena a 16 años de prisión contra el tiktoker Agustín López Gagliasso por las muertes de una madre y su hija en Rosario volvió a poner en el centro de la discusión el alcance de las penas por los delitos viales. El tribunal lo consideró responsable de homicidio simple con dolo eventual, luego de determinar que circulaba a más de 120 kilómetros por hora, realizó maniobras de sobrepaso y no accionó el freno antes de perder el control del vehículo. La alcoholemia, en tanto, arrojó 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre.
El fallo es inusual dentro de los delitos vinculados con la conducción y reavivó un reclamo que familiares de víctimas y especialistas sostienen desde hace años: modificar el Código Penal para establecer una respuesta específica frente a los casos en los que se combinan varias conductas de extrema peligrosidad.
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En ese contexto, Walter Gorbak, criminalista y uno de los profesionales que participó de la redacción del proyecto impulsado por la Asociación Madres del Dolor y la Fundación Estrellas Amarillas, explicó en Infobae al Mediodía los cambios que propone la iniciativa. El objetivo central es elevar la pena mínima del homicidio vial de tres a cuatro años y establecer una escala mayor cuando concurran tres o más agravantes. El proyecto contempla penas que pueden llegar hasta los 12 años.
Gorbak sostuvo que la legislación actual genera un problema porque una gran cantidad de hechos graves terminan encuadrados como homicidios culposos, con penas que pueden ser de ejecución condicional. “Venimos trabajando, o en mi caso particular también hace 30 años, en siniestros viales, siempre asistiendo a las víctimas de estos hechos atroces”, señaló durante la entrevista.
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Según explicó, la discusión no pasa solamente por aumentar las condenas, sino por crear una figura que permita diferenciar los hechos de extrema gravedad de aquellos en los que se produce una muerte como consecuencia de una imprudencia puntual. “Lo que estamos viendo desde hace muchos años es una tendencia judicial a catalogar casi la absoluta mayoría de los hechos como homicidios culposos”, afirmó.
La propuesta para los homicidios viales agravados
El proyecto busca modificar el artículo 84 bis del Código Penal y establecer una escala más severa cuando en un mismo hecho se acumulen distintos factores de riesgo. La iniciativa eleva la pena mínima de tres a cuatro años y la máxima de seis a ocho años, mientras que contempla una pena de hasta 12 años cuando concurren al menos tres agravantes.
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Entre las circunstancias contempladas aparecen conducir bajo los efectos del alcohol o de estupefacientes, superar determinados límites de velocidad, cruzar un semáforo en rojo, conducir sin licencia y utilizar el teléfono celular al volante. También incorpora otras conductas vinculadas con la pérdida de aptitud para conducir.
Para Gorbak, la modificación permitiría reducir el margen que hoy existe para interpretar cada caso exclusivamente como un homicidio culposo agravado o, en el extremo contrario, como un homicidio con dolo eventual. “Lo que tratamos de hacer es evitar la subjetividad del magistrado, que no vaya según su tendencia al culposo agravado o al dolo eventual”, sostuvo.
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El criminalista recordó el antecedente del caso Sebastián Cabello, condenado por la muerte de una mujer y su hija durante una picada en la avenida Lugones. Aquel expediente, explicó, atravesó distintas interpretaciones jurídicas sobre la existencia de dolo eventual y terminó siendo recalificado como homicidio culposo agravado.
“Hace falta una figura intermedia”, planteó Gorbak. La intención, según explicó, es que determinadas combinaciones de conductas objetivamente peligrosas tengan una consecuencia penal prevista de antemano, sin depender exclusivamente de cómo cada tribunal interprete la intención del conductor.
La iniciativa ya recibió media sanción del Senado por unanimidad el 18 de septiembre de 2025 y luego comenzó su tratamiento en la Cámara de Diputados. Madres del Dolor y Estrellas Amarillas participaron de las discusiones legislativas y defendieron la necesidad de actualizar la legislación sobre los delitos viales.
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El celular, otra de las conductas que el proyecto busca agravar
Uno de los cambios que incorpora el proyecto es la inclusión del uso del teléfono celular como agravante. Gorbak señaló que se trata de una conducta que puede provocar varios segundos de distracción mientras el vehículo circula a gran velocidad.
“Esos dos, tres, cuatro o diez segundos de distracción a determinada velocidad puede ser fatal”, explicó. En ese sentido, remarcó que mirar una pantalla durante algunos segundos puede significar recorrer decenas de metros sin observar lo que ocurre delante del vehículo.

El especialista también planteó que el endurecimiento de las penas debe estar acompañado por controles, educación vial, campañas de prevención y mejoras en la infraestructura. A su criterio, las condiciones de las rutas constituyen un problema relevante, pero no eliminan la responsabilidad individual frente a conductas como exceder ampliamente la velocidad permitida o conducir después de consumir sustancias. “Esto no habilita al conductor a ir a 150 kilómetros por hora”, afirmó.
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La discusión volvió a quedar expuesta con el caso de Rosario. La Justicia consideró que López Gagliasso pudo representarse el riesgo de causar una muerte al conducir a más de 120 kilómetros por hora en una zona urbana y lo condenó por homicidio simple con dolo eventual.
Para Gorbak, justamente ese tipo de situaciones muestra el objetivo de la reforma. “Ir a un exceso de velocidad, consumir estupefacientes, cruzar un semáforo en rojo y matar a dos personas es cárcel”, sostuvo.
El proyecto impulsado por Madres del Dolor y Estrellas Amarillas busca que esa respuesta no dependa únicamente de que un tribunal considere, en cada caso, que existió dolo eventual. La discusión que ahora atraviesa el Congreso apunta a definir qué lugar deben ocupar las conductas viales más graves dentro del Código Penal y qué escala de penas corresponde cuando varios factores de riesgo se combinan en un mismo hecho.
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