
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la baja de la habilitación otorgada al Correo Argentino como “acondicionador secundario de especialidades medicinales exclusivamente para trazabilidad”, lo que implica que dejará de realizar tareas de reempaque, etiquetado o preparación de lotes de medicamentos ya elaborados, para el envío y posterior seguimiento de cada producto.
El organismo, a cargo de Luis Fontana, formalizó la decisión en Boletín Oficial, mediante la disposición 12/2026 la cual recayó sobre la planta logística y centro operativo ubicado en la localidad de Malvinas Argentinas, utilizado para servicios de distribución, logística y manejo de medicamentos.
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Desde Correo Argentino precisaron a Infobae que a pesar de esta medida, puede continuar distribuyendo medicamentos por el país; pero que ya no cuenta con habilitación para “acondicionamiento secundario de especialidades medicinales”.
La medida responde a la falta de dirección técnica en la empresa, tal como lo determinó la Dirección de Gestión de Información Técnica en el marco del control de registro de inscripción de establecimientos. “La firma Correo Oficial de la República Argentina no cuenta con dirección técnica”, afirmó el texto.
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A su vez, argumentaron que, de acuerdo con la Ley 16.463, “actividades de producción, elaboración, fraccionamiento, comercialización, importación, exportación y depósito, en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial de las drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnóstico y todo otro producto de uso y aplicación en medicina humana y las personas de existencia visible o ideal que intervengan en dichas actividades sólo podrán realizarse, previa autorización y bajo el contralor de la autoridad sanitaria, en establecimientos habilitados por ella y bajo la dirección técnica del profesional universitario correspondiente”.
Por otro lado, la disposición acude al Decreto 150/92, para justificar el cambio reciente. Este mismo exige que los establecimientos dedicados a la producción o fraccionamiento de medicamentos funcionen bajo la dirección técnica de profesionales farmacéuticos, químicos o con títulos habilitantes, de acuerdo con la naturaleza de los productos. Por dicha razón, el texto confirma la decisión en su primer artículo “cancelando el Legajo N° 7512 , por los motivos detallados en el Considerando".
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El Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) prestó conformidad a la baja de la habilitación en el ámbito de su competencia. Además, intervinieron la Dirección de Gestión de Información Técnica y la Dirección de Asuntos Jurídicos de ANMAT.

En las últimas horas, el organismo público, dependiente del Ministerio de Salud, ordenó medidas extraordinarias sobre diez laboratorios tras detectar irregularidades consideradas críticas en el funcionamiento y control de sus actividades. El organismo informó que suspendió todas las operaciones de dos laboratorios y revocó la habilitación de otros ocho establecimientos, en el marco de un plan para fortalecer el sistema de vigilancia sanitaria y garantizar la seguridad de los productos médicos en el país.
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La revisión implementada por ANMAT incluyó inspecciones y análisis de documentación técnica. BIOTENK S.A. y LABORATORIOS SOLKOTAL S.A. recibieron la inhibición total de sus actividades. En el primer caso, el INAME detectó la inexistencia de un área de farmacovigilancia, ausencia de notificaciones sobre reacciones adversas y falta de procedimientos estandarizados y actualizados. El laboratorio tampoco realizó capacitaciones ni contaba con recursos humanos y materiales mínimos para garantizar la farmacovigilancia exigida por la normativa. Tras constatar estas deficiencias, ANMAT otorgó un plazo para la presentación de un plan de acciones correctivas y preventivas, pero la empresa no cumplió, lo que llevó a la suspensión de sus actividades.

El segundo también fue intervenido debido a una serie de incumplimientos graves. La inspección de INAME evidenció la ausencia de personal calificado, deficiencias en el sistema de gestión de calidad, instalaciones y equipos sin mantenimiento ni calibración, y una incorrecta segregación y rotulación de materiales y productos. Además, el laboratorio tercerizaba actividades sin la debida autorización ni documentación sanitaria requerida.
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Un punto destacado fue la producción de inyectables para Laboratorio P.L. Rivero y CIA S.A., que ya había sido inhibido por la propia ANMAT. Por este motivo, se dispuso recuperar del mercado todos los lotes de inyectables fabricados por Solkotal para esa firma. En el último año, dicha firma había retomado la producción de soluciones parenterales bajo seguimiento estricto tras una suspensión, pero la reincidencia y el incumplimiento de los compromisos asumidos derivaron en la inhabilitación definitiva.
En paralelo, los ocho establecimientos afectados por el retiro de habilitaciones, son: Droguería Eurofarma S.A., Jacobo David Sapoznikow, PAR SOL Laboratorios S.A., Spedrog Caillon S.A.I.C., Laboratorios Apolo S.A., Lab. Factory Solution S.A., Laboratorio Redia S.A. y Lemax Laboratorios S.R.L. El “Registro de Inscripción de Establecimientos” de ANMAT detectó la inactividad productiva y la ausencia de responsables técnicos, infracciones que la ley considera causales de cancelación inmediata de la habilitación.
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