
A una semana de la celebración por Año Nuevo, el Gobierno nacional oficializó los nuevos feriados no laborables con fines turísticos para el año 2026. La medida fue publicada esta madrugada en la Resolución 164/2025 en el Boletín Oficial. De esta manera, quienes no trabajen en estas fechas podrán aprovechar de un fin de semana largo, en cada ocasión.
De esta manera, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, estableció que el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre sean agregados como días no laborables adicionales. La disposición, que comienza a regir desde el día posterior a su publicación, se suma a los feriados ya previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, normativa que regula los días festivos nacionales.
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De acuerdo con la justificación brindada por las autoridades, la decisión apunta a fomentar el turismo interno y facilitar la planificación de actividades comerciales y familiares en todo el país. Así, las nuevas fechas fueron seleccionadas para generar fines de semana extralargos, puesto que dan lugar descansos de cuatro días consecutivos.
Se trata de una estrategia habitual del Gobierno que comenzó a ser aplicada en los últimos años en busca de dinamizar la economía en sectores como la hotelería, la gastronomía y el transporte. En el caso del lunes 23 de marzo, este permitirá un descanso extendido en torno al feriado del 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
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Mientras que el viernes 10 de julio se sumará al feriado del jueves 9 de julio, Día de la Independencia, el lunes 7 de diciembre terminará de conformar el último fin de semana XL del año, al preceder al Día de la Inmaculada Concepción de María, que se conmemora el 8 de diciembre y que, por ley, es inamovible.
De la misma forma, en el considerando, las autoridades recordaron que se trata de una facultad que permite “fijar anualmente hasta tres (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”, al hacer referencia a la mencionada norma de feriados nacionales y no laborables.
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Frente a esto, reiteraron que el nombramiento de los días feriados con fines turísticos “tales días contribuyen a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir la actividad turística en el tiempo”.
Así quedará conformado el calendario de feriados 2026
Enero
- Jueves 1: Año Nuevo (feriado inamovible).
Febrero
- Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles).
Marzo
- Lunes 23: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
- Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y, al mismo tiempo, coincidirá con el Jueves Santo (día no laborable).
- Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
- Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
- Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
- Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (en realidad, la fecha se conmemora el 17, pero se trata de un feriado trasladable).
- Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
- Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
- Viernes 10: día no laborable con fines turísticos.
Agosto
- Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (es considerado como un feriado trasladable, pero no se modificaría la fecha este año).
Octubre
- Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, que este año permanecería sin modificaciones como el 17 de agosto).
Noviembre
- Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (la fecha original sería el viernes 20 de noviembre, pero las autoridades confirmaron el traspaso para que haya un fin de semana largo).
Diciembre
- Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
- Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).
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