“Se desentendió desde el principio”, relató su madre ante la jueza, con una mezcla de resignación y firmeza que revelaba años de lucha en silencio. Según lo asentado en la causa llevada a cabo por el fuero de Familia de Cipolletti, Río Negro, el hombre no solo había ignorado sus responsabilidades parentales básicas, sino que había bloqueado a su hija en todas las formas posibles: redes sociales, llamadas telefónicas, mensajes. Era como si hubiera decidido borrar todo rastro de su existencia.
El padre nunca asistió a reuniones escolares, festivales de danza, ni siquiera al hospital cuando la niña enfermó gravemente a los cinco años. Informes de trabajadores sociales confirmaron una realidad desgarradora: el hombre no mostraba intención de mejorar el vínculo. “Es como si no existiéramos para él”, declaró la madre durante una de las audiencias ante la jueza de Familia de Cipolletti
Mientras su exmarido desaparecía en la bruma del desinterés, la madre se convirtió en el pilar que sostenía la vida de su hija. Desde las primeras palabras hasta las tablas de multiplicar, fue ella quien enseñó todo, quien llenó los espacios vacíos.
Mientras, el progenitor también obstaculizaba decisiones clave, como los permisos para que la niña viajara al exterior. En varias ocasiones, la imposibilidad de contar con el permiso paterno frustró oportunidades de esparcimiento para la persona menor, según quedó asentado en la causa.
La madre recordó las lágrimas de su hija al perder una oportunidad única de asistir a un campamento internacional: “No entendía por qué su papá no firmaba, por qué siempre era no”.
Durante el proceso judicial, la jueza escuchó los testimonios que resumían años de abandono. El artículo 700, inciso b, del Código Civil y Comercial de la Nación fue el arma legal que la madre utilizó para buscar justicia. Allí se establece que un progenitor puede ser privado de su responsabilidad cuando abandona voluntariamente sus deberes.
Los informes escolares y las actividades extracurriculares fueron pruebas contundentes. Nada vinculaba al hombre con la cotidianidad de su hija. La jueza no tuvo dudas: el progenitor había dejado a la niña en un estado de desprotección.
En su fallo, le otorgó a la madre el cuidado exclusivo y la autorización para viajar al exterior con la menor hasta su mayoría de edad. Fue un momento decisivo, aunque teñido de una tristeza irremediable.
“Cada decisión que tomamos debe girar en torno al bienestar del menor”, señaló la Defensora de Menores e Incapaces en su dictamen. La conducta del padre, caracterizada por la indiferencia y el bloqueo emocional, justificaba plenamente la medida. “El impacto psíquico y emocional de este abandono es profundo”, agregó.
La resolución fue más que un alivio legal; representó un reconocimiento a los derechos de la niña. Ahora, la madre tenía la libertad de buscar un futuro mejor para su hija, sin el peso de un permiso siempre negado.
Mientras la vida sigue, los rostros de madre e hija se iluminan con una sonrisa que, aunque cargada de cicatrices, refleja la esperanza de un camino nuevo. Justicia, pensó la madre cuando salió del tribunal, apretando la mano de su hija.
Según la ley, la privación de la responsabilidad parental es la máxima sanción en derecho de familia para un progenitor o progenitora. Implica que se pierden todos los derechos respecto del hijo o hija.
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