
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este viernes a través de su publicación en el Boletín Oficial, un spray desinfectante.
La Disposición 10296/2024 establece la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, del producto “ANDIS. COOL CARE PLUS. FOR CLIPPER BLASES. 5 IN 1. COOLANT. DESINFECTANT. LUBRICANT. CLEANER. RUST PREVENTATIVE. ACTIVE INGREDIENTS: O Phenylphenol. Ethanol. Other Ingredients”. Las leyendas del producto indican: “ANDIS. COOL CARE PLUS. CUCHILLA CORTADORA. 5 EN 1. REFRIGERANTE. DESINFECTANTE. LUBRICANTE. LIMPIADOR. PREVENTIVO DE ÓXIDO. INGREDIENTES ACTIVOS: OFENILFENOL. ETANOL. OTROS INGREDIENTES”.
En su considerando la norma señala que en las actuaciones se tomó conocimiento sobre la comercialización del producto domisanitario de marca Cool Care Plus de Andis, sin registro ante esta Administración.
Fue por ello que la consulta se basó en dudas sobre la legitimidad del producto que se promociona y comercializa por plataformas de venta digital, como limpiador, desinfectante, lubricante y enfriador para cuchillas de máquinas cortadoras de pelo y que el origen del mencionado producto sería de Estados Unidos, debido a que, los rótulos están en inglés y no presenta sobre rotulado en idioma nacional.
Asimismo, el rótulo del producto presenta los siguientes datos: “ANDIS. COOL CARE PLUS. FOR CLIPPER BLASES. 5 IN 1. COOLANT. DESINFECTANT. LUBRICANT. CLEANER. RUST PREVENTATIVE. ACTIVE INGREDIENTS: O Phenylphenol. Ethanol. Other Ingredients” y las leyendas del producto indican: “ANDIS. COOL CARE PLUS. CUCHILLA CORTADORA. 5 EN 1. REFRIGERANTE. DESINFECTANTE. LUBRICANTE. LIMPIADOR. PREVENTIVO DE ÓXIDO. INGREDIENTES ACTIVOS: OFENILFENOL. ETANOL. OTROS INGREDIENTES”.
Además, las acciones y activos indicados en los rótulos se corresponden con un producto domisanitario de riesgo 2 y se verificó que el producto no se encuentra inscripto ante la ANMAT y que no se identifican datos de establecimientos elaboradores, fraccionadores y/o importadores responsables habilitados por esta Administración en el rotulado.
Ante ello, se toman las medidas debajo detalladas a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, del que se desconocen las condiciones de manufactura y/o la empresa responsable de su importación.
Y como que tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados, y los productos de origen extranjero importados además con la autorización de importación otorgada por esta Administración, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal sugieren: a) Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto, prohibir la publicidad del producto detallado en el ítem y comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.
De manera reciente, la ANMAT también tomó medidas similares con una serie de productos médicos y varios aceites de oliva, los cuales fueron prohibidos en todo el país. Al respecto, el organismo decidió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una serie de productos médicos y aceites de oliva en Argentina. Esta decisión, publicada el pasado 20 de noviembre en el Boletín Oficial, afecta tanto al comercio físico como a las plataformas de venta en línea en todo el territorio nacional.
Entre los productos prohibidos se encuentran varios suplementos y productos de salud fabricados por NATURALMEDIX, como “Moringa, Antioxidante, Antibacteriano” y “Diabetisan, Desinflamante, Depurativo”. Estos productos, junto con otros como “Café verde Garcinia Cambogia” y “Carticolageno, Calcio y Vitaminas”, han sido vetados debido a la falta de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), lo que los clasifica como ilegales.
La prohibición también se extiende a productos como “Aguaje pawer, rico en fitoestrógenos, HORMONAS FEMENINAS”, elaborado por NATURA MIX y distribuido por NATURALMEDIX. Este producto, junto con otros como “Aguaje/Soya Maca, Bochornos, Menopausia” y “Prostasan Plus, Desinflamante, depurativo”, carece de la documentación necesaria para su comercialización legal.
La ANMAT ha subrayado la importancia de esta medida para proteger la salud pública, ya que la falta de registros adecuados implica que estos productos no han sido evaluados ni aprobados por las autoridades competentes. Esta acción busca garantizar que los productos disponibles en el mercado cumplan con los estándares de seguridad y calidad establecidos.
Además, por medio de la Disposición 10307/2024 se estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea de los productos rotulados como: “Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 13964523 - Rnpa: 13831654, Origen de Mendoza”, “Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 132256314 - Rnpa: 13826543″ y “Aceite de Oliva extra virgen, Envasado por RNE: 13831654 - RNPA: 025-13964523″, todos de la marca Campos Barcelona,
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