
En Mendoza, los conductores de autos y otros vehículos ya no tendrán que renovar el registro cada 5 años. La Cámara de Diputados le dio ayer sanción definitiva a una reforma de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial que amplía la vigencia de los carnets a los 10 años.
La extensión de la vigencia se aplica a partir de la fecha de emisión de las nuevas licencias. Según el esquema de la nueva ley, las licencias tendrán diferentes periodos de validez según la edad del titular: hasta los 65 años durarán 10 años, de los 66 a los 75 años se renovarán cada 5 años, y para mayores de 75 años la validez se reducirá a 3 años. En cada grupo etáreo, hay un aumento de la cantidad de tiempo de vigencia del registro, en contraste con la normativa anterior.
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La medida representa un alivio administrativo a futuro, ya que afecta retroactivamente a los registros ya otorgados. Había sido impulsada por el diputado Gustavo Cairo de La Libertad Avanza (LLA), y también era una propuesta del gobierno de Mendoza, Alfredo Cornejo (UCR). El proyecto recibió una primera aprobación en Diputados y sufrió una posterior modificación en el Senado, lo que obligó a su retorno a la Cámara Baja para su aprobación final.
El proyecto, que venía de una revisión en Senadores, fue aprobado de manera unánime por los 44 legisladores presentes. Actualmente, la legislación nacional establece el requisito de 5 años de renovación, con algunas diferencias a nivel provincial y distrital. En la Ciudad de Buenos Aires (CABA), la vigencia de la licencia es de hasta 10 años para los menores de 39 años, y luego desciende el requisito gradualmente a mayor edad.
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Con la nueva ley de Mendoza, los conductores mayores de 65 años tampoco estarán obligados a rendir una prueba de manejo al renovar su licencia, a menos que exista una indicación médica específica o que haya pasado más de un año desde su vencimiento. Además, las renovaciones tendrán un arancel reducido del 50% para este grupo.
En cambio, la normativa especifica que quienes tengan antecedentes de infracciones por conducir bajo los efectos del alcohol mantendrán el antiguo criterio, con un plazo de renovación reducido de 5 años.
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Otra excepción aplica a los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor y para reiterantes de la infracción de conducción bajo efectos del alcohol. En estos casos, el plazo para la renovación será de cinco años.
La reforma también abarca otros requisitos, algunos que ya estaban vigentes, como la presentación de un certificado de libre deuda de infracciones de tránsito y una declaración jurada sobre la ausencia de afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que puedan afectar la capacidad de conducción. También se exige aprobar un examen médico psicofísico que evalúe la aptitud física, visual, auditiva y psíquica.
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La ley exime en los costos de renovación de licencias para el personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que realicen funciones de chofer o motorista, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de sus labores.
La reforma que evalúa el Gobierno
La novedad en la provincia cuyana llega en un momento de revisión de los trámites ante el Estado. Desde el Gobierno nacional, adelantaron que tenían previsto llevar a cabo modificaciones para validar el registro de conducir, en medio de la ola de cambios para desregular la legislación vigente. A fines de octubre, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, adelantó que en unas semanas “habrá novedades muy significativas” sobre la renovación de los carnets para manejar.
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Una de las modificaciones principales para los conductores de entre 18 y 65 años es que ya no tendrán que concurrir presencialmente a las oficinas que emiten las licencias, como sucede en países como Estados Unidos. “La idea es que cada persona renueve su licencia cada cinco años presentando una declaración jurada psicofísica digital, sin la necesidad de realizar el trámite presencial que se exige actualmente”, explicaron fuentes del Gobierno.
Esta reforma en curso alcanza a la reglamentación del código de tránsito nacional, a la que las provincias y municipios pueden adherir. Sin embargo, no estarán obligados a aplicar el nuevo sistema en marcha.
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