La ANMAT prohibió un insecticida por graves irregularidades

Además, aplicaron la misma medida para algunos insumos de ortopedia intervenidos y un purificador de agua sin habilitación

Una mano vierte líquido de una botella blanca en la tierra de una planta en maceta. La planta tiene hojas amarillas y la tierra presenta moho. Fondo de jardín.
Prohibieron un insecticida por carecer de registro (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una serie de productos sanitarios tras detectar que circulaban sin registro y con irregularidades en su rotulado. Entre los productos queno podrán ser comercializados en ninguno de sus canales, hasta que no reviertan la situación, se encuentran un insecticida doméstico sin autorización, implantes quirúrgicos falsificados y un purificador de agua sin habilitación.

Las tres resoluciones se publicaron este viernes en Boletín Oficial y alcanzan a empresas radicadas en las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Salta.

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El primer caso refiere a un producto insecticida líquido marca “Asesino X”, elaborado por una firma con sede en la localidad de Ituzaingó. La investigación se originó a partir de una alerta remitida por la Coordinación Regional de Inocuidad Salta / Jujuy del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) sobre la venta del concentrado en la localidad salteña de Salvador Mazza.

Al consultar en la base de datos de la ANMAT, se constató que el insecticida carecía de registro como domisanitario. Cuando la empresa fue citada para brindar explicaciones, sus representantes reconocieron el remito de venta, pero intentaron encuadrar el producto dentro de la categoría veterinaria.

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El organismo desestimó ese argumento dado que el produto, explicaron mediante un texto oficial firmado por el administrador Luis Fontana, se aplica sobre superficies inanimadas y no sobre animales.

A partir de este procedimiento, se publicó la disposición 4812/2026 que prohíbe en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de todos los lotes del producto, e instruye el inicio de un sumario sanitario a la firma y a su directora técnica.

En otra de las disposiciones, la ANMAT se centró en productos expedidos por una ortopedia de ubicada en Santa Fe. Una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización detectó en el depósito del establecimiento múltiples irregularidades.

Había tres modelos de puntas de shaver marca Smith & Nephew sin datos de importador registrado ni número de registro sanitario en el país; tornillos de interferencia y arpones bajo la denominación “Vikingo” sin ningún tipo de habilitación, y un dispositivo Biomet con doble rótulo que ocultaba, debajo de una etiqueta con vencimiento vigente, un arpón vencido.

Desde la firma de productos Biomet, confirmaron que el lote correspondiente no era comercializado por ellos, lo que llevó a la ANMAT a concluir que el artículo estaba falsificado. En paralelo, otra empresa también determinó que un arpón hallado en el local correspondía a un lote propio que había sido manipulado por terceros externos.

Al igual que con el primer producto, se ordenó prohibir en todo el país el uso, la comercialización y la distribución de los artículos intervenidos, y ordena a la empresa a iniciar el retiro de mercado del lote afectado. Esta indicación quedó asentada en la disposición 4888/2026. La ANMAT también dispuso interponer una denuncia penal y publicar una alerta en su sitio oficial.

El tercer caso afectó a una empresa distribuidora de agua potable con sede en La Plata. La misma comercializaba un dispositivo de ósmosis inversa bajo la denominación “Hidrolit Romi 100” a través de su página web y otros sitios de ventas online, con el argumento de que el equipo sirve para tratar agua de pozo con alta salinidad.

Hileras de botellones de agua grandes de plástico azul transparente apilados en un pasillo de supermercado, con estanterías al fondo.
Tambie´n sancionaron a una distribuidora de agua (Imagen Ilustrativa Infobae)

Al investigar la denuncia, la ANMAT verificó que el producto no contaba con registro ante el organismo, pese a que la empresa sí posee habilitación como elaboradora y fraccionadora de dispositivos de acondicionamiento de agua de red.

La disposición 4932/2026 prohibió su venta, uso, distribución y publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas digitales, hasta que la firma obtenga la inscripción correspondiente. Además, se instruyó sumario sanitario a la empresa y a quien ejerza su dirección técnica.

Esta no seria la primera vez que la firma recibe una sanción por la comercialización de sus productos. En 2019 frenaron la venta de una botella de hidratación que no tenía registro de ANMAT. El caso también se conoció mediante Boletín Oficial.

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