Absolvieron a la mamá criminalizada por reclamar la cuota alimentaria al progenitor de su hija

La Justicia de La Rioja resolvió a favor de Marina Kowaleski, quien en 2019 había demandado al hombre por incumplimiento de ese deber, pero éste la acusó de “falsa denuncia” y fue imputada. Durante una audiencia virtual, el Tribunal decidió absolverla y apercibir a su abogada defensora. “Quieren dar un aleccionamiento”, opina la letrada

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El fallo a favor de Marina Kowaleski puede marcar precedentes y alentar a que las madres reclamen por los derechos de sus hijas e hijos
El fallo a favor de Marina Kowaleski puede marcar precedentes y alentar a que las madres reclamen por los derechos de sus hijas e hijos

“¡Ahora estoy aliviada! No me había dado cuenta de que llevaba una mochila tan grande”, dice Marina Kowaleski y exhala al contar que unos días antes, la Justicia de La Rioja entendió que no había cometido ningún delito por reclamar los derechos alimentarios de su hija, que la próxima semana cumplirá 11 años.

Con este alivio, la mujer de 30 años agradece a Infobae por hacer que su historia tomara estado nacional y cuenta que ahora siente que también recuperó las ganas de retomar la carrera de Abogacía (que debió dejar hace unos años). Lo hará porque pudo experimentar en carne viva cómo fue sentirse falsamente acusada y temiendo que su destino fuera el peor. “Ojalá algún día pueda también defender los derechos de alguna mujer que lo necesite”, expresa el deseo y otra vez deja que el aire salga una y otra vez. Su alivio se siente en el tono de su voz serena y con ganas de seguir adelante.

En 2019, la mujer había iniciado un reclamo por la cuota alimentaria de su hija contra el progenitor, gendarme y sobrino de la jueza Edith Elizabeth Agüero, exigiéndole que cumpla con la obligación de proveerle alimentos a la menor. Pero, luego de años en que el reclamo no fue escuchado, en agosto de 2020 Marina fue acusada por el hombre por “falsa denuncia”, alegando que ella mentía sobre el incumplimiento que reclamaba. Ese mismo año, la niña, de entonces 6 años, fue diagnosticada de dermatitis atópica, una enfermedad que afecta su piel y requiere medicación, tratamiento y atención médica especializada.

El fallo con fecha del lunes 26 de agosto de 2024 dice: “La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, por unanimidad de votos, sentencia: Absolver a Marina Kowaleski del delito por el que viene acusada, Falsa Denuncia (Art. 245 del Código Penal), producido el día 15 de noviembre de 2019; en razón de los fundamentos expuestos en los Considerandos”. El Tribunal que dictaminó a favor de esta mamá estuvo integrado por el juez Gustavo Farías (presidente del Tribunal), la jueza Ana Carla Menem y el juez Raúl Gustavo Díaz. El fiscal Rafael López había solicitado una condena de 10 meses de prisión.

“Estamos muy contentas por esta resolución, porque Marina es inocente, siempre lo fue, y nunca tendrían que haberla sometido a este proceso injusto e irregular, y con un contenido de violencia institucional, violencia de género, que no tiene precedentes en nuestra provincia”, subrayó la abogada que fue apercibida por el mismo Tribunal.

Marina y el abrazo de sus hermanos
Marina y el abrazo de sus hermanos

La noche anterior, Marina esperaba lo peor y no tenia muchas esperanzas en que la Justicia riojana fallara a su favor. “Cuando arrancó la audiencia, yo tuve problemas de conexión y no pude escuchar bien la primera parte, pero cuando sí, noté que las cosas estaban muy calientes. El abogado de la otra parte estaba enojado porque se iba a hacer un vivo, no pude escuchar bien. Se gritó porque se iba a filmar y me pidieron que mostrara mi entorno, sé que no correspondía, pero ya estaba cansada y acepté, pero mi abogada se opuso. Fue todo muy rápido. Yo ni siquiera había escuchado bien y no sabía qué estaba pasando, pero estaba muy nerviosa. Luego dijeron que se suspendía”, cuenta la mujer que quiso vivir ese momento acompañada de sus hermanos y unas amigas, que le pidieron apoyarla.

A la hora, mientras comía un poco, aunque envuelta en nervios, le llegó la notificación de su absolución. “Leí y creo que no lo entendí... Y empecé a llorar por la alegría. Me abracé con mis hermanos. ¡No lo podía creer! Las horas previas tuve mucho miedo porque iba a ser presencial, primero, y me imaginaba que si me condenaban terminaría en la comisaría, aunque sé que era excarcelable. El temor me hizo pensar de todo”, admite.

Emocionada, opina: “Creo que que mi caso tome estado público ayudó mucho, porque realmente sentí que tenía todo en contra. Estimo que entendieron que no podían condenar a una mujer por eso cuando desde hace una semana tienen el jury de enjuiciamiento de una jueza por pedir coimas millonarias”.

En ese tono, sigue: “Ahora sé que estaré tranquila con mi hija y podré volver con mi vida: volveré a dedicarle tiempo y mente a cosas más importantes como retomar mi carrera de Abogacía, que dejé hace mucho, cuando quedé embarazada y tuve que salir a trabajar. Seguiré trabajando, acompañando a mi hija con sus cosas, pero desde otra perspectiva y no estando siempre preocupada. ¡Ahora siento que ya está! Solté toda esa energía negativa que me representó este proceso”. Emocionada, finaliza: “No me había dado cuenta del peso que esto tenía en mi. ¡Me saqué una mochila enorme de encima!”.

La audiencia y el momento en que Marina es absuelta (Manuela Calvo/@lamanuc)

Una audiencia extraña y sentencia virtual

“Después de una larga jornada, en la que se iba a hacer la lectura de la sentencia de manera presencial, decidieron a última hora pasarla a virtual. El debate se hizo a puertas cerradas, no dejaron ingresar a nadie; a los medios de comunicación que fueron a cubrir les pidieron que dejaran las cámaras en la puerta y les incautaron los elementos de trabajo. No grabaron la audiencia tampoco no se grabó la audiencia del debate, recuerdo esto porque es importante. En la audiencia de lectura de la sentencia pretendieron hacer exactamente lo mismo: notificaron a último momento que no se haría presencial sino virtual, por ende los medios de comunicación que iban a asistir no pudieron hacerlo”, detalla la abogada defensora Marianela Flores Díaz.

La letrada explica que debido al carácter público de la audiencia decidieron grabarla. “Cuando notaron que lo estábamos haciendo, el abogado de la defensa, el doctor Emilio Pagotto, de manera muy violenta y agresiva, comenzó a pedir que saquemos las cámaras que filmaban y, por esa razón, la Cámara decidió levantar la audiencia virtual vía Zoom. No dieron más motivos que dar entender que era solamente porque estamos grabando una audiencia que es pública, porque la lectura de sentencia es un acto público. Se dijo que no estaban dadas las condiciones y que en ésta audiencia sólo podían estar las partes: cerraron la sesión de zoom y suspendieron la audiencia”.

Pese a todos los interrogantes que se abrieron entonces, a la hora, Flores Díaz recibió una notificación electrónica en la que le informaron la decisión del Tribunal. “Notificaron la absolución de Marina. En una parte decían que la absolvían por el delito de falsa denuncia; y en la otra parte de la sentencia, me responsabilizaban a mí, declarando mi ‘defensa técnica ineficaz’, ordenando una sanción disciplinaria y que el Colegio Profesional de la Abogacía me inicie una investigación, como una suerte de aleccionamiento, de disciplinamiento a mi, como abogada feminista. El argumento de la defensa técnica ineficaz está desarrollado durante toda la sentencia. Básicamente me responsabilizan de todo este juicio a mí, como si las abogadas tuviéramos la potestad de conducir un Proceso Penal. Quien sabe de derecho y de procedimientos, sabe que el único que puede conducir un Proceso Judicial es el juez. El abogado sólo facilita y desarrolla los actos legales para preservar los intereses del cliente”, expone la abogada que además sostiene que se trata de “una conducta de violencia institucional más, pero esta vez hacia mí”.

Esto no corre el foco de lo que siempre tuvo como objetivo esta causa: disciplinar a las mujeres por reclamar la cuota alimentaria y como no lo pudieron hacer con Marina, porque la tuvieron que absolver porque era inocente y no tenían elementos probatorios para condenarla, terminan dirigiendo el disciplinamiento hacia mí que soy su abogada”, argumenta Flores Díaz.

Respecto al pedido original de la cuota alimentaria, detalla que a partir de septiembre “por primera vez, el empleador del deudor alimentario hará el depósito correspondiente se hará directamente a la cuenta litis”. “Sucederá después de 5 años de lucha en el Proceso Civil de alimentos y después de cuatro años Marina criminalizada por un delito que no cometió. Hay que recordar que ella solamente ejerció de manera responsable su maternidad, utilizando todas las vías posibles para darle una vida digna a su hija”.

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja falló a favor de la mamá que fue criminalizada por pedir la cuota alimentaria de su hija
La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja falló a favor de la mamá que fue criminalizada por pedir la cuota alimentaria de su hija

En referencia a la importancia de esta absolución opina: “Tiene que ver, primero, con un logro más del movimiento de mujeres. No solamente por el acompañamiento de todas las organizaciones de mujeres y de diversidades, que se encargaron de difundir, de denunciar el caso, de hacerlo circular para que tome trascendencia, sino también por las redes de acompañamiento de madres que existen a partir de los reclamos de las cuotas alimentarias. También de todas esas estrategias jurídicas que son feministas, de las abogadas feministas para defender los Derechos Humanos de las mujeres, pero también de las infancias a tener una vida digna, accediendo al derecho de alimentos. El logro de ésta absolución tiene que ver con que esas redes están más fortalecidas que nunca, a pesar de todas las violencias que sufrimos dentro del sistema de Justicia”.

Finalmente, concluye: “Que Marina haya sido absuelta también implica que todos los disciplinamientos que quieren hacernos llegar a las mujeres por reclamar nuestros derechos, y en este caso por reclamar una cuota alimentaria de nuestros hijos, de nuestras hijas, no cumplió su verdadera finalidad. No llegaron a disciplinarnos, no la pudieron disciplinar a Marina, no la pudieron aleccionar, no pudieron lograr que ella desista de esos derechos y no lo pudieron hacer porque la lucha de las mujeres dentro y fuera del sistema de Justicia no se los permitió. Quiero decirles a las madres que no están solas, que aunque tenemos muchos obstáculos dentro del sistema de Justicia para que resuelvan las cuotas alimentarias, seguimos dando batallas todos los días. Por eso, reitero, cuando nos preguntan, dónde están las feministas, respondo: luchando por los derechos siempre”.

Marina Kowaleski
Marina Kowaleski

La causa

En 2019, Kowaleski inició una demanda contra el progenitor de su hija, un gendarme y sobrino de la jueza Edith Elizabeth Aguero. No sólo que no se le concedió el derecho de la niña sino que ella misma fue llevada a la justicia acusada de “falsa denuncia”.

“Esto empezó hace ya más de 4 años y se inició un juicio de alimentos, como cualquier otro, pero durante todos estos años del Proceso Civil de la causa fuimos observando muchos retardos y obstáculos en la Justicia, que si bien suelen suceder en un juicio, estos ya eran bastante obscenos”, le contó a Infobae la abogada de Marina, Marianela Flores Diaz, y detalló: “Habíamos presentado una medida cautelar por la salud de la niña para la cual se piden los alimentos porque tiene una enfermedad de base y necesitaba la obra social y medicamentos, entonces lo que debería haber hecho la Justicia es resolver urgente, pero no pasó y sí pasaron los años. Como el padre no cumplía con lo que correspondía dentro del expediente Civil, la mamá hace una denuncia por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. Esa denuncia queda archivada y con ese archivo el progenitor le inicia una causa penal a la mamá por el delito de falsa denuncia. La Justicia riojana, sin rever ni analizar que esa mamá venía peregrinando desde hacía muchos años por la causa de alimentos que el padre no pagaba y demás, le instruye la causa, la procesa por el delito de falsa denuncia y la lleva a juicio”.

El caso trascendió por el vértice que lo une a las denuncias de corrupción que involucran a la jueza Agüero ya que, según la exjueza Norma A. De Mazzuchelli, que enfrenta un jury de enjuiciamiento luego que la difusión de un video que la comprometía en actos de soborno, le pedió “favores” en causas judiciales, incluida la que tenía como acusado a su sobrino.

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