
El martes 8 de diciembre se conmemora el Día de la Inmaculada Concepción de la María. Tal como lo establece la ley nacional 27.399, es uno de los feriados inamovibles que se repiten cada año sin importar el día en que este se ubique en el calendario. Las dudas que surgen alrededor de esta fecha tienen que ver con lo que sucede el 7 de diciembre: ¿es feriado, jornada no laborable o un día normal?
En octubre del año pasado, la gestión de Mauricio Macri publicó en el decreto 717/2019 los feriados con fines turísticos. Allí se determinó que el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre sean considerados feriados nacionales.
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Hace pocos dias, el gobierno nacional determinó cuáles serán los feriados con fines turísticos de 2021. En el listado, el 7 de diciembre del año siguiente -caerá martes- será un día común y corriente.
Dentro de la ley mencionada, el artículo 7° establece que “el Poder Ejecutivo nacional podrá fijar anualmente hasta tres (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes. El Poder Ejecutivo nacional deberá establecerlos con una antelación de cincuenta (50) días a la finalización del año calendario”.
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Previo a lo acordado en el decreto de 2019, este tipo de días eran considerados “no laborables” para que queden enmarcados en jornadas turísticas que permitieran ensanchar los fines de semana a cuatro días y así contribuir a la industria. Sin embargo, el decreto 717 fijó estos días como feriados.
Esto se traduce en que tanto organismos y compañías del Estado como las empresas y negocios privados estarán obligados a otorgarles el día a sus empleados o, en caso contrario, liquidarlo según lo establece la ley.
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En el artículo 6° de la ley se manifiesta que “los feriados nacionales trasladables establecidos por el artículo 1° de la presente, cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente”. Esto significa que el feriado del 8 de diciembre de 2021 puede ser trasladado al lunes 6 del mismo mes.
En lo que respecta a 2020, luego del próximo lunes y martes será el 25 de diciembre el último feriado del año. El jueves 24 no será feriado. Tampoco el jueves 31, previo a la llegada del año nuevo.
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En 2020 hubo 16 feriados, además de los tres “puente” mencionados, sin incluir los de Carnaval, que se celebraron antes del Miércoles de Ceniza, inicio de la Cuaresma, y cayeron el lunes 24 y el martes 25 de febrero pasado.
Según se precisó en el decreto 947/2020 difundido por el Poder Ejecutivo, los feriados con fines turísticos de 2021 serán el lunes 24 de mayo, en la antesala de la jornada patria en recuerdo a la Revolución de Mayo; el viernes 8 de octubre, en la previa del Día del Respeto a la Diversidad Cultural; y el lunes 22 de noviembre, posterior al Día de la Soberanía Nacional.
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