
Después de posponer la decisión en un par de oportunidades, la Sala II del Tribunal de Casación Penal confirmó la condena contra un grupo de neonazis que fueron sentenciados en mayo de 2018.
Tras la apelación de los condenados, originalmente, esta audiencia se iba a realizar el 18 de septiembre del año pasado, pero por “razones de agenda” fue postergada primero para el 9 de octubre y luego para el 21 de febrero.
Ahora, en los tribunales de Comodoro Py en el barrio porteño de Retiro, la Sala II ratificó la decisión de la Justicia que condenó hace un año y medio a un grupo de neonazis que durante alrededor de dos años produjo ataques en Mar del Plata.
En mayo de 2018, el inédito fallo del Tribunal Oral Federal de la ciudad balnearia indicó que la condena fue aplicada por “organizar y formar parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor; por el delito de pertenecer a una organización y realizar propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo étnico”.

Los sentenciados son Alan Olea, Gonzalo Paniagua y Oleksander Levchenko, que recibieron la pena de nueve años y seis meses de prisión; Nicolás Caputo a ocho años y seis meses; Giuliano Spagnolo, a cinco años y seis meses; y Franco Pozas, cuatro años y seis meses. En tanto, fue absuelto Giordano Spagnolo.
Los ataques del grupo neonazi se produjeron entre octubre de 2013 y febrero del 2016 cuando los ahora condenados agredieron a sus víctimas, miembros de la comunidad trans y defensores de la igualdad de género, con caños de PVC rellenos con cemento.
En declaraciones periodísticas, el abogado de la querella César Sivo manifestó que el veredicto puso “las cosas en su lugar: una organización basada en la intolerancia y el odio no tiene lugar, el único lugar para estas personas intolerantes y violentas es la cárcel”.
Durante la lectura del fallo el juez Roberto Falcone aseguró que “los delitos perpetrados por los acusados incitan al odio, a la hostilidad, a la discriminación, a la violencia, todos sentimientos destructivos del orden social y democrático”.

El tribunal integrado por Falcone, Mario Portela y Bernardo Bibel expresó que “los graves hechos que se han ventilado en la audiencia oral han generado en nuestra ciudad un envenenamiento del clima social”.
“Los acusados profesan una ideología totalitaria, racista y violenta, la dinámica del odio que estimula la ideología nazi conlleva a buscar la reafirmación frente al otro, frente al diferente, mediante la violencia, el objetivo ante el distinto, el inferior, el no ario, primero es hacerlo callar para después alejarlo y finalmente exterminarlo”, agregó.
En abril del año pasado, el mismo tribunal que los condenó rechazó un pedido de la defensoría oficial para apartar del caso a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), que fue querellante en el proceso judicial y se enfrentó a la fiscalía, que no consideraba que los ataques neonazis fueran los hechos de un grupo organizado.
En tanto, una semana después, la Justicia también rechazó un pedido de la defensa de Spagnolo, que había solicitado la prisión domiciliaria para su cliente.
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