Un fiscal pidió anular una causa por drogas contra una travesti porque no la revisó una mujer

La joven se prostituía en los bosques de Palermo. Tras un cacheo superficial, se encontró droga tirada a un costado de donde estaba parada. Eran menos de 5 gramos, en 20 bolsitas. Está procesada y detenida. Cuando el caso se encaminaba para ir a juicio, la fiscalía pidió sobreseerla: reclamó anular el acta de secuestro porque no la revisó personal femenino

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Un fiscal federal pidió el sobreseimiento de una travesti a la que habían detenido hace dos años en el parque Tres de Febrero, en Palermo, con menos de 5 gramos de cocaína. ¿Por qué? Porque a la joven la sometieron a un “cacheo” en donde no intervinieron policías mujeres, que es lo que hubiera correspondido ante una persona que vestía como mujer y se percibe como tal, indicaron a Infobae fuentes judiciales.

El pedido fue hecho por el fiscal Federico Delgado, cuando el juez Rodolfo Canicoba Corral le corrió vista para elevar la causa a juicio oral. La joven está presa, acusada además en otra causa de drogas. En su indagatoria, explicó que consume para trabajar y que no estaba vendiendo.

Todo ocurrió el 27 de setiembre de 2017. Era la 1.45 de la madrugada. Ella caminaba por la calle Agustín Méndez, casi Figueroa Alcorta, en la zona de Tres de Febrero. Esa zona, frente a las vías del ferrocarril y del frente del Lawn Tennis, a pocos metros del lago de Regatas, es a donde fueron corriendo a las travestis cuando quisieron sacarlas de la zona de El Rosedal, en el año 2008.

Aquella madrugada de setiembre de 2017, un oficial reportó un “masculino travestido” que “arrojó un elemento al piso y comenzó a alejarse del lugar”. Por eso, según consta en el acta del procedimiento, el policía la obligó a detenerse y la identificó. Reportó que se trataba a Lucas T., más allá de que la persona se hacía llamar Lucía. Tras un cacheo superficial, el policía levantó lo que había caído en el piso: era una bolsa de papel, con otra bolsa de nylon en su interior en donde se guardaban 20 bolsitas de cocaína, de 4,53 gramos de cocaína en total. Había además 532 pesos.

Estuvo a disposición del juzgado y fue liberada. En 2018, sin embargo, Lucía volvió a ser detenida por orden del juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Capital Federal, también por un tema de drogas.

Cuando le tocó declarar en Comodoro Py 2002, Lucía dio su versión, como pudo. “Mucho no me acuerdo porque soy consumidora desde los 18 años de cocaína y pasta base. A la vez soy alcohólica. Tengo afectaciones en mi memoria. De hecho ni recordaba la existencia de esta causa. No sabía, me enteré hoy”, dijo.

“Recuerdo que en esas fechas estábamos trabajando. Soy prostituta y trabajo en la vía pública, en los bosques de Palermo. Nos molestaba la policía, nos quitaba dinero, nos desvestían en la vía pública para vernos las partes íntimas y para molestarnos –declaró-. Yo pedía personal femenino pero no había. Siempre lo hacían los masculinos y en la vía pública, nunca en lugares privados. Tampoco buscaban testigos. A veces nos quitaban el dinero, se lo llevaban sin motivo alguno. Eso siempre ha pasado hasta los últimos días que estuve ahí”.

Cuando le preguntaron por la droga que había sido encontrada, ella admitió que consume para trabajar. Explicó que empezó a tomar drogas a los 18 cuando ingresó al mundo de la prostitución. “Si no lo hacía, no contrataban mis servicios”, aseguró. Sin embargo, la cocaína que se secuestró en los bosques de Palermo, dijo, no era suya. “Es imposible que me encuentran tanta cantidad a mí porque soy consumidora. No tengo dinero para comprar 20 envoltorios de cocaína”.

Lucía terminó procesada por infracción a la ley de drogas. El juez Canicoba Corral entendió que estaba acreditada su intervención en los hechos. Afirmó que “las tareas de campo sostenidas durante la investigación surgen constancias que dan cuenta de que las maniobras desplegadas en reiteradas oportunidades en la vía pública se condicen con aquellas de tipo ‘pasamanos’”. Después de entregar “elementos de pequeñas dimensiones”, señaló la resolución, los transeúntes o los ocupantes de los autos que pasaban por la zona se dedicaron a “esnifar su contenido”.

“La presentación y la cantidad de envoltorios secuestrados, así como la suma dineraria que poseía en su poder, considerados a la luz de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que se produjo la detención no permiten presumir que su destino era inequívocamente el consumo personal”, se afirmó. Además, a lo largo de la investigación “surgieron datos que permitieron identificar, además de a la imputada, a otras personas que podrían encontrarse involucradas en la comisión de la maniobras de interés para la causa y respecto de las cuales se habrán de profundizar por última vez las tareas de investigación”, afirmó el magistrado al procesarla.

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La defensora oficial Florencia Plazas apeló el procesamiento con prisión preventiva. Dijo que de la causa no surgía “la realización de un acto de comercio” por parte de Lucía, habló de contradicciones entre policías y la detenida, y reclamó el sobreseimiento. La Cámara Federal lo rechazó y en diciembre confirmó el procesamiento con prisión preventiva. Sobre la base de las nuevas normas que regulan las detenciones sin condena, el fallo señaló que Lucía tenía otra causa en trámite y que no puede soslayarse la falta de arraigo por la falta de un domicilio fijo. Le bajaron, no obstante, el monto del embargo.

Hace unos días, el juez Canicoba Corral giró el expediente a la fiscalía para que evaluara la elevación a juicio del caso. Sin embargo, el fiscal Federico Delgado solicitó la nulidad de todas las actuaciones. Es que a Lucía no la revisó una policía mujer y por lo tanto todo lo que devino después debería quedar en la nada.

Según el dictamen, “si bien la identidad de género de la persona sospechosa resultaba clara para los agentes policiales, éstos prosiguieron con el operativo de manera que lo hubiesen hecho al encontrarse frente a un hombre, y no requirieron la presencia de una agente femenina a fin de proceder al cacheo superficial de la imputada”.

El 24 de octubre de 2017, casi un mes después de aquel episodio, el Boletín Oficial publicó el Protocolo General de Actuaciones de Registros Personales y Detenciones para Personas Pertenecientes al Colectivo L.G.B.T (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgénero) que imponía que la ejecución de una revisión sobre el cuerpo de una de estas personas debe hacerlo personal femenino.

Sin embargo, dijo el fiscal, para esa fecha el protocolo ya estaba siendo aplicado en torno a que los cacheos a mujeres deben ser hechos por agentes del mismo sexo. También estaba vigente la ley 26.473 de Identidad de Género que reconoce que todas las personas tienen derecho al reconocimiento de su identidad de género y a ser tratadas conforme a éste. El dictamen también reseñó que, desde el derecho internacional, el Principio de Yokarta habla de los derechos humanos en relación a la orientación sexual.

“Es este panorama el que lleva a la fiscalía a concluir respecto de la nulidad del acta que dio inicio a la causa, toda vez que no se cumplió con preceptos básicos para respetar los derechos de la imputada, a quien se trató en todo momento en base a su género de nacimiento, descalificando de esta manera su auto percepción de género, en violación a lo establecido a la ley 26473”, dijo el dictamen al que accedió Infobae.

“La totalidad del operativo y, peor aún, el cacheo superficial fueron llevados a cabo por agentes hombres, sin requerir en ningún momento el auxilio de una agente femenino acorde para lidiar con la situación particular ante la que se enfrentaban”, dijo Delgado. Frente a ello, pidió la nulidad del acta y el sobreseimiento de Lucía. Con este planteo, el caso podría quedar en la nada.