
Una mujer de 70 años será indemnizada con $8 millones luego de haber demandado a su ex marido por el trabajo doméstico que desempeñó durante casi 30 años en el período de convivencia.
Se trata de un novedoso fallo emitido por la Cámara Civil ya que nunca se había concedido un monto tan elevado en materia de compensación económica.
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La mujer (identificada como M. L. y actualmente de 70 años) y el hombre (identificado como D. B.) estuvieron casados entre 1982 y 2009. Si bien en un principio vivieron en Comodoro Rivadavia luego se instalaron en el barrio porteño de Palermo.
Tenían un proyecto familiar sobre la base de la división tradicional de roles: mientras el hombre trabajaba, la mujer se dedicaba a la crianza de los hijos y a las tareas domésticas.
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La pareja se separó en 2009 y el divorcio se decretó en 2011. Durante ese período la demandante atravesó dificultades económicas mientras que el demandado "tuvo un buen pasar".

Según el fallo publicado por ElDial.com, la jueza Victoria Famá, del Juzgado Nacional en lo Civil N° 92, tuvo una perspectiva de género al fundamentar su decisión. "La dependencia económica de las esposas frente a sus maridos es uno de los mecanismos centrales mediante los cuales se subordina a las mujeres en la sociedad. (…) En la mayoría de las familias las mujeres todavía asumen principalmente la carga de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos, aun cuando desempeñan alguna actividad externa", indicó en el fallo.
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La edad de la mujer fue otro factor que la jueza tuvo en cuenta. "Luego de 27 años de matrimonio el accionado la abandonó cumplidos sus 60 años, edad en la que las mujeres obtienen el beneficio jubilatorio, viéndose privada de ingresar al mercado laboral", sostuvo la letrada.
Con respecto a la suma económica fijada, la jueza entendió que es un monto "razonable a fin de reequilibrar la situación económica dispar de los cónyuges resultante del matrimonio y su ruptura".
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Y explicó que para calcular el valor numérico, se consideraron "las circunstancias personales y la situación patrimonial de las partes". También se tuvo en cuenta que M. L. es una profesional (se graduó como licenciada en Química) que resignó su desarrollo para ocuparse de los quehaceres hogareños, y se detalla que el valor no sería el mismo si la persona no tuviera formación o no hubiera abandonado su empleo para cumplir esas tareas.
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