
Si la Cámara de Diputados rechaza el proyecto para despenalizar el aborto, el gobierno nacional de Mauricio Macri tendrá la posibilidad de impulsar nuevamente el debate. A fin de mes, el Poder Ejecutivo enviará al Congreso Nacional el proyecto para reformar el Código Penal de la Nación. La iniciativa contempla, entre otros cambios, una reforma sobre el aborto.
Allí se propone la despenalización del aborto para dos casos: cuando el embarazo haya sido producto de un abuso sexual o cuando esté en riesgo la salud física o mental de la mujer. Pero mantiene la pena de prisión -de uno a tres años- para la mujer que aborte fuera de esos supuestos. Sin embargo, le da al juez penal la posibilidad de no aplicar la pena o dejarla en suspenso, es decir sin cumplimento en una cárcel.
La propuesta no preveé la decisión libre de la mujer de interrumpir su embarazo -lo que se discutirá hoy en Diputados- pero sería una instancia superadora del actual Código Penal en caso de que el proyecto sea rechazado por el Congreso, le dijeron a Infobae fuentes del gobierno nacional que trabajan en el tema como integrantes de la Comisión de Reforma del Código Penal que elaboraron la iniciativa.
El próximo 21 de junio Macri, el ministro de Justicia, Germán Garavano, y los integrantes de la Comisión de Reforma del Código Penal -presidida por el juez de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky e integrada por jueces, fiscales y funcionarios del gobierno- harán el anuncio oficial del proyecto de reforma y el envío al Congreso del texto.
"Hoy la posición del Gobierno es mandar el proyecto al Poder Legislativo con la propuesta sobre el aborto", le dijo a este medio un funcionario que trabaja en el tema. "Tanto si Diputados rechaza hoy la despenalización o si pasa al Senado donde, así, podrá analizar las dos iniciativas", agregó la fuente.
La Comisión de reforma al Código Penal trabaja desde marzo del año pasado para redactar un nuevo Código. El objeto es reformar las penas para los delitos de narcotráfico, corrupción, delitos sexuales y fijar una nueva legislación sobre libertades.
El aborto fue el tema que más discusión generó. Hubo tres posturas dentro de la Comisión. Tras ese debate quedó una que hoy es la que contempla presentar el Gobierno.

El proyecto propone la despenalización del aborto cuando esté en riesgo la salud física o mental de la mujer y si ese peligro no puede ser evitado por otro medio. También si el embarazo es producto de un abuso sexual.
Para todos los demás casos de aborto, la iniciativa fija una pena de uno a tres años de prisión para la mujer. Pero deja a decisión del juez que esa pena sea en suspenso -es decir que no se cumpla en una cárcel- o que la mujer sea eximida de la condena teniendo en cuenta los motivos de por qué se hizo el aborto y las circunstancias que lo rodearon.
"Se impondrá prisión de UNO (1) a TRES (3) años, a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer embarazada de causar su propio aborto no es punible. El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad", dice la redacción del artículo que analiza la Comisión.
En todos los casos, el aborto tiene que tener el consentimiento de la mujer y ser realizado por un médico diplomado. Y el proyecto crea la figura del aborto imprudente que no está penalizado.
La propuesta de la Comisión se hizo en base al fallo "FAL" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en marzo de 2012 resolvió sobre la situación de una menor de edad que había pedido abortar después de quedar embarazada producto de una violación.
El máximo tribunal sostuvo que el aborto no puede ser castigado penalmente en caso de violación a cualquier mujer y no solo a quien tenga una discapacidad mental.
Esa es la actual redacción del Código Penal que prevé que el aborto no es delito en dos casos: para evitar un peligro para la vida de la mujer o en caso "de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente". El máximo tribunal también señaló que para practicar el aborto alcanza con la declaración de la mujer de que sufrió un ataque sexual, sin necesidad de autorización judicial.
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