
Las objeciones y los reclamos alrededor de la controvertida norma se multiplican. Recientemente, en el país se reglamentó la Ley 27350, que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados. De esta manera, se puso en marcha el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos no Convencionales. Un paso muy solicitado y que inició hace tiempo, abriendo diferentes debates.
Tanto la ley como el reglamento fueron publicados con énfasis en la patología de epilepsia refractaria y creando un registro y una metodología de estudio de cepas y plantas, para luego proceder en estudios clínicos que puedan sustentar el consumo en otras patologías.
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En este marco, Argentina anunció la compra del producto Charlotte's Web, proveniente de Colorado (Estados Unidos), que es utilizado en el país norteamericano, donde está disponible para comprar en góndolas de supermercados. Este se trata de extracto de cáñamo, en aproximadamente 50mg por ml y no requiere indicación médica. No está fabricado en norma farmacéutica, ni está cultivado indoors. A partir de la nueva reglamentación, ya está permitido importar el aceite para los pacientes inscritos en el programa.

Bajo todo este contexto, las organizaciones civiles que impulsaron la norma levantaron la voz y dieron su parecer. Primeramente, algunas reclamaron el hecho de no haber sido convocadas a participar del proceso. Otras cuestionaron ciertos puntos específicos que piensan que las autoridades omitieron al implementar la nueva normativa.
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Una de ellas es la ONG Mamá Cultiva. En principio, calificaron la ley como incompleta e insatisfactoria por no atender el pedido del autocultivo. "Celebramos el avance en materia de investigación, pero la reglamentación no soluciona la necesidad por la que fuimos impulsadas a golpear la puerta de cada funcionario en el Congreso. La misma no contempla que las madres ya contamos con la solución para nuestr@s hij@s en el patio de nuestras casas, así como les sucede a miles de pacientes que encontraron en el cannabis medicinal el alivio para múltiples dolencias", expresaron.
Por su parte, desde la asociación Cannabis Medicinal Argentina (CAMEDA) mostraron una mirada similar. En un comunicado oficial expresaron: "Comenzar a caminar en la reglamentación es un paso importante para avanzar en construcción sólida por una posibilidad para todos los que necesitan, pacientes, profesionales, sociedad en su conjunto".
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"Hay que seguir trabajando, construyendo y avanzando por una ley reglamentada por completo y seguir sumando conocimientos, despertares sociales, médicos y científicos inherentes a todas las aristas del cannabis", ampliaron.

Aquella primera opinión fue ganando en optimismo con los días. "Entendemos que la reglamentación y el programa de investigación son las herramientas que el Gobierno nos da para poder trabajar. Entonces ahora depende de nosotras. Encontrar la manera de aprovechar al máximo los márgenes legales que nos permiten trabajar e investigar, y apoyar esa investigación, haciéndola lo más rápida y efectiva posible", dijo a Infobae Valeria Salech, fundadora de Mamá Cultiva.
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En tanto Ana García Nicora, presidenta de CAMEDA y mamá de Julieta, paciente con epilepsia refractaria, dijo que toma la medida como un buen comienzo, considerando la ausencia de normas hasta el momento. "Esto viene a empezar a construir una nueva herramienta terapéutica que pueda en un futuro ser parte del vademécum que podemos tener", expresó.

En sí, se reglamentaron solo tres de los 12 artículos referidos a los objetivos del programa. El punto principal establece que "las acciones de promoción y prevención deben estar dirigidas a las personas que, por padecer una enfermedad bajo parámetros de diagnósticos específicos y clasificados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de las plantas de Cannabis y sus derivados".
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Por ello el programa será dirigido por "un profesional médico calificado y con experiencia en investigación o gestión de la investigación, o en especialidades afines, con rango de Director Nacional", tal como reza el artículo 2 de la ley.
Los artículos que quedaron al margen despertaron las discrepancias y los reclamos. Específicamente, se puntualizó con énfasis que no se haya autorizado el autocultivo (artículo 8). Las razones que esgrimen -como se mencionó anteriormente- es que al estar autorizada solo para pacientes con epilepsia refractaria, se deja al margen a otras patologías para las que se emplea el cannabis medicinal, como fibromialgia, alzheimer o diabetes.
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Al respecto de Charlotte, las organizaciones enfatizaron que su uso dio resultados positivos en alrededor del 20 por ciento de los casos de pacientes con epilepsia refractaria, mientras que en el 80 por ciento restante no cumplió con las expectativas. Y además no demostró utilidad para el resto de los síntomas (dolor, temblor, espasmos musculares). "Limitar el uso del aceite al Charlotte es sesgar muchísimo el alcance de la planta", comentó Salech.
La efectividad se cuestiona incluso para la epilepsia refractaria. Relacionado a esto último, el doctor Gabriel Persi, a cargo del área de Neurología Vascular del Instituto de Neurociencias de Buenos Aires (INEBA), comentó a Infobae: "Es la enfermedad en la que (el cannabis medicinal) demostró mejores efectos. Considerando que este tipo de epilépticos son los que más sufren sucesos, en muchos casos, el uso de cannabis disminuyó significativamente la frecuencia de las crisis".
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Fuera de la disyuntiva por Charlotte, otra de los pedidos de las asociaciones fue la promoción de la ley en el resto de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, punto que García Nicora dijo que es el que considera mayor relevancia: "Sería importante que todas las provincias adhieran a la ley nacional".
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