
Una comisión especial del Senado de República Dominicana retomó el análisis de tres proyectos para modificar la Ley 12-06 de salud mental, informó la Cámara Alta.
El grupo técnico acordó elaborar una matriz comparativa para revisar artículo por artículo las propuestas y sumar observaciones del Ministerio de Salud Pública y de la Sociedad Dominicana de Psiquiatría.
El Senado de República Dominicana indicó que la comisión está apoderada de tres iniciativas: una presentada por el presidente del Senado Ricardo de los Santos, tomada como base de discusión; otra de la senadora Aracelis Villanueva; y una tercera del senador Rafael Barón Duluc.
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De acuerdo con el Senado de República Dominicana, el equipo incorporará sugerencias remitidas por el Ministerio de Salud Pública y por la Sociedad Dominicana de Psiquiatría, que integrarán el análisis comparativo entre los textos.
Dentro de las reformas sugeridas, el proyecto contempla cambios en el artículo 2 de la Ley 12-06, que incluyen la integración de la salud mental en la atención primaria; la creación de unidades de atención en crisis en hospitales regionales; el establecimiento de un fondo especial para financiar programas de salud mental, así como la prohibición de la discriminación laboral y la protección de la dignidad del paciente.
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Los tres proyectos en estudio y el método de trabajo de la comisión
La decisión operativa de la jornada fue preparar una matriz para ordenar cambios y recomendaciones y facilitar la revisión conjunta de las modificaciones, según informó el Senado de República Dominicana. Ese instrumento se usará en los próximos encuentros para discutir el contenido artículo por artículo.

El Senado de República Dominicana también informó que la comisión prevé rendir un informe al Pleno Senatorial una vez finalizado el estudio de las reformas. En la reunión participaron el senador Moisés Ayala, presidente de la comisión, junto a los senadores Dagoberto Rodríguez Adames, Odalis Rodríguez, Omar Fernández y Daniel Rivera.
¿Qué establece hoy la Ley 12-06 sobre salud mental?
La Ley 12-06 dispone en su artículo uno que su objetivo es regular el derecho de todas las personas a la mejor atención disponible en salud mental, integrada al sistema de asistencia sanitaria y social. El mismo artículo define la salud mental como un bien público y señala que el Estado debe promoverla y protegerla mediante políticas públicas, planes de salud mental y medidas legislativas, administrativas, judiciales y educativas sometidas a revisión periódica.
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Según el texto legal, la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, a través de la Subsecretaría de Estado de Salud Mental. Entre sus funciones figuran la formulación, planificación, ejecución y control de las políticas; la elaboración del Plan Nacional de Salud Mental; y la coordinación y regulación del sistema.
La norma ordena desarrollar un sistema de información, vigilancia epidemiológica y planificación estratégica como herramienta de gestión. También establece la elaboración anual del presupuesto de salud mental para garantizar fondos destinados a gastos operativos y a las estructuras necesarias.

La legislación establece que sus medidas se aplican sin discriminación por discapacidad, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen étnico, nacionalidad, condición social, edad, patrimonio o nacimiento. También alcanza a personas privadas de libertad o detenidas en investigaciones penales cuando se haya determinado o se sospeche que padecen alguna alteración mental, según la Ley 12-06.
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En esos casos, el texto indica que un dictamen de una comisión de cuatro especialistas en salud mental, propuesta por el Colegio Dominicano de Psicólogos y por el Colegio Médico Dominicano a través de la Sociedad Dominicana de Psiquiatría, puede servir de base para que la autoridad de aplicación y las autoridades penitenciarias determinen la internación en una institución de salud mental.
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