El Gobierno de Córdoba promulgó la ley que prohíbe a los cuidacoches, limpiavidrios y las picadas

La norma, publicada el viernes en el Boletín Oficial de la povincia, obliga a los municipios a actualizar sus ordenanzas, redefine las funciones policiales e incorpora programas sociales y de capacitación

Cuidacoche trapito tránsito - VisualesIA (Imagen Ilustrativa Infobae)
La Legislatura cordobesa aprobó una normativa que prohibe la actividad de cuidacoches, limpiavidrios y las carreras de picadas - VisualesIA (Imagen Ilustrativa Infobae).
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El Gobierno de la provincia de Córdoba promulgó el viernes pasado la ley que reforma al Código de Convivencia. Y que introduce penas de arresto de hasta seis días y nuevas figuras contravencionales para prohibir la actividad de cuidacoches ilegales -llamados en dicha provincia como “naranjitas”-, limpiavidrios no autorizados y picadas vehiculares, en un intento de regular el espacio público y abordar problemáticas de seguridad y convivencia ciudadana.

La Ley 11.117 fue publicada en el Boletín Oficial cordobés y, según el Artículo 13, “comenzará a regir a los treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba”.

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Además, obliga a los municipios a actualizar sus ordenanzas, redefine las funciones policiales e incorpora programas sociales y de capacitación.

La norma sancionada a comienzos de este mes fue aprobada con 51 votos a favor y 19 en contra, con un respaldo mayoritario del oficialismo y objeciones de sectores como el juecismo, el liberalismo y la izquierda.

Qué dice la ley

El articulado dispone el arresto de seis días para quienes, sin autorización municipal, exijan dinero por estacionamiento y tres días para quienes superen la tarifa oficial o trabajen en áreas no habilitadas, aun si tienen permiso. Esta sanción también se aplicará a los limpiavidrios que ofrezcan su servicio en la vía pública.

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La reincidencia, la actuación en grupo, el uso de menores, la explotación de personas vulnerables y la operación en zonas sensibles serán consideradas agravantes y darán lugar a penas más graves.

El Código de Convivencia renovado incluye la problemática de las “reuniones vehiculares no autorizadas” —también conocidas como picadas— y prevé castigos de hasta 10 días de trabajo comunitario, multas o arresto, con posibilidad de duplicar la sanción en casos de eventos masivos o vehículos modificados. En estas situaciones, se habilita el secuestro inmediato de los rodados e incluso su decomiso ante faltas graves o reincidencias.

La normativa también regula la actividad de los limpiavidrios. Foto: (iStock)
La normativa también regula la actividad de los limpiavidrios. Foto: (iStock)

Entre los puntos principales figura el nuevo régimen de investigación contravencional. La reforma establece que la responsabilidad recaerá en el Ministerio Público Fiscal, mientras que la Policía solo podrá constatar hechos y aplicar medidas preventivas urgentes. Los sumarios tendrán plazos reducidos: deberán finalizarse en cinco días —dos días si hay personas detenidas— y se incorpora la potestad de secuestrar objetos, dinero y vehículos vinculados a infracciones.

En relación al consumo de alcohol y sustancias en la vía pública, la ley sancionará tanto la ingesta en lugares prohibidos como los estados de ebriedad o intoxicación que generen disturbios, otorgando a la Policía la facultad de intervenir preventivamente cuando exista riesgo de violencia.

Regulación social y acciones futuras

La ley contempla, en respuesta a un reclamo de la Iglesia Católica, la implementación de programas de capacitación, reinserción e inclusión social dirigidos a naranjitas y limpiavidrios no registrados, aunque los artículos no detallan su alcance.

Según el Artículo 12 del texto legal, “el Poder Ejecutivo Provincial acompañará a los municipios en el marco de sus propios programas de capacitación, reinserción e inclusión, contemplando un abordaje integral en materia de salud mental y consumos problemáticos, mediante el desarrollo de cursos y capacitaciones en oficios brindados por la Universidad Provincial de Córdoba u otros organismos pertinentes”.

En el plazo de un mes, los municipios deberán ajustar sus ordenanzas sobre estacionamiento y la habilitación de cuidadores. La ley invita igualmente a las comunas, en su Artículo 11, a crear registros de trabajadores autorizados y habilita múltiples dispositivos públicos para canalizar la inserción social de quienes hasta ahora ejercen la actividad fuera de marcos legales.

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