
El diputado bonaerense de La Libertad Avanza Oscar Liberman presentó un proyecto de ley para prohibir los teléfonos celulares en las cárceles de la provincia de Buenos Aires. La iniciativa fue elaborada con la colaboración de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado y del juez de la Cámara Penal de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial de Azul, Carlos Pagliere (hijo).
La propuesta fue denominada “Ley Rodrigo”, en referencia al soldado Rodrigo Gómez, quien se suicidó en la Quinta de Olivos luego de una extorsión que, según la investigación judicial, se organizó desde la cárcel bonaerense de Magdalena.
El proyecto modifica la Ley 12.256 de Ejecución Penal Bonaerense y plantea que las personas privadas de la libertad no puedan tener celulares ni dispositivos electrónicos capaces de conectarse a redes de telefonía móvil o transmisión de datos.
El texto establece que la comunicación telefónica de los internos deberá realizarse únicamente a través de equipos provistos y supervisados por el Servicio Penitenciario. Además, fija un límite diario para esos contactos.

“La comunicación telefónica se realizará exclusivamente a través de los medios fijos o dispositivos móviles provistos y controlados por el Servicio Penitenciario. El tiempo de comunicación por interno quedará limitado a un máximo de dos horas diarias, y en ningún caso los dispositivos móviles podrán estar a su libre disposición”, indica el proyecto.
También dispone que cada detenido podrá comunicarse únicamente con un listado de hasta cinco personas previamente registradas. Según la iniciativa, el Servicio Penitenciario deberá supervisar esos contactos “para garantizar la seguridad del establecimiento y la protección del orden público y de las víctimas”.
Entre los cambios previstos, el proyecto declara la caducidad del “Protocolo para el uso de teléfonos celulares” aprobado durante la pandemia mediante la Resolución N° 47688/20, que había flexibilizado el uso de dispositivos personales dentro de las unidades penitenciarias.
En los fundamentos, Liberman sostuvo que la regulación vigente debe adecuarse a las exigencias actuales de seguridad pública.
“El artículo 18 de la Constitución Nacional establece que las cárceles serán sanas y limpias ‘para seguridad y no para castigo de los reos’. Este mandato implica no sólo la prohibición de tratos crueles, sino también la obligación estatal de garantizar que el encierro cumpla su finalidad preventiva y no se convierta en un ámbito desde el cual se continúe delinquiendo”, expresó.

El legislador afirmó además que el proyecto apunta a restablecer condiciones de control sobre las comunicaciones dentro de los establecimientos penitenciarios. En ese sentido, sostuvo que la normativa “tiene por finalidad adecuar el régimen de comunicaciones de las personas privadas de libertad a las exigencias actuales de seguridad pública, protección de las víctimas y adecuado funcionamiento del sistema penitenciario”.
La iniciativa también establece la instalación obligatoria de sistemas de inhibición o bloqueo de señal de telefonía móvil y transmisión de datos en los sectores de alojamiento de los internos. Según el texto, esos mecanismos deberán implementarse de forma progresiva y sin interferir con comunicaciones institucionales o de emergencia.
El proyecto dispone además que el uso de inhibidores deberá complementarse con medidas de control permanentes. Entre ellas menciona requisas periódicas en celdas y pabellones, controles tecnológicos para detectar dispositivos electrónicos y acciones preventivas destinadas a evitar el ingreso de elementos prohibidos.
En las disposiciones transitorias, la iniciativa fija un procedimiento para retirar los teléfonos que actualmente poseen los internos. Dentro de los diez días hábiles de promulgada la ley, el Servicio Penitenciario Bonaerense deberá notificar a los detenidos para que entreguen voluntariamente los dispositivos en un plazo de 24 horas.
La norma establece que los teléfonos registrados podrán ser retirados por familiares o allegados del interno luego de seis meses. En cambio, aquellos equipos que no estén declarados deberán ser destruidos en un acto público ante escribano.
Si los dispositivos no son entregados voluntariamente, el proyecto ordena realizar requisas en celdas y espacios comunes para secuestrar los teléfonos y aplicar sanciones a los responsables.
Arroyo Salgado dictó recientemente la prisión preventiva para siete personas acusadas de integrar una organización criminal que operaba desde cárceles bonaerenses y que, según la investigación, habría participado en la extorsión al soldado Rodrigo Gómez. La causa sostiene que las maniobras se realizaban mediante comunicaciones telefónicas desde el interior de las unidades penitenciarias.
El apoyo del intendente de San Isidro
En paralelo, el intendente de San Isidro, Ramón Lanús, presentó un pedido formal y urgente ante la Justicia Provincial para que deje sin efecto la autorización que permite, desde el Gobierno de Alberto Fernandez, el uso de teléfonos celulares en las unidades penitenciarias bonaerenses.
En una carta dirigida al Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, Lanús argumenta que esta medida fue una disposición excepcional y temporal, adoptada durante la pandemia por el DNU 297/20 y sus prórrogas, cuya vigencia ya finalizó hace tiempo.
“No podemos permitir que personas condenadas por delitos sigan operando y comandando nuevos desde la cárcel”, enfatizó el intendente.
El escrito detalla que, a pesar del cese de la emergencia sanitaria, los detenidos continúan utilizando dispositivos de telefonía celular de manera indiscriminada y sin control efectivo. Esto facilita la planificación y ejecución de delitos desde el interior de los penales, agravando los niveles de inseguridad en el conurbano bonaerense, incluido el distrito de San Isidro.
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