La crisis institucional en Santa Cruz se profundizó en las últimas horas tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de declarar inconstitucional la ley que buscaba ampliar de cinco a nueve los miembros del máximo órgano judicial.
La reforma, impulsada por el gobernador Claudio Vidal, aceleró el enfrentamiento político con el kirchnerismo, que gobernó la provincia las últimas tres décadas y al que acusa de bloquear su gestión a través de su influencia en el Poder Judicial. En respuesta, la oposición asegura que Vidal busca imponer una nueva mayoría afín con cuatro “jueces blue” en la Corte provincial, procediendo con torpeza en el plano institucional.
El fallo, firmado por una mayoría de los jueces históricos, restituyó la integración tradicional del tribunal y anuló las designaciones recientes promovidas por el mandatario provincial.
Desde el gobierno de Vidal, funcionarios y allegados acusaron a la cúpula judicial de estar alineada con intereses del kirchnerismo, una situación que el propio mandatario denuncia desde el inicio de su gestión en 2023. El Ejecutivo rechaza lo que considera una continuidad de influencias de la gestión anterior en las estructuras del Poder Judicial local. Según fuentes del gobierno provincial consultadas por Infobae, la negativa a la ampliación del tribunal no hace más que consolidar un esquema de poder “atrincherado”, paralizando los cambios requeridos en la administración judicial: “No dejan gobernar”, expresaron en la Casa de Gobierno.
Desde la oposición y el bloque kirchnerista, en cambio, se acusa a Vidal de avanzar a un ritmo “exprés” y de buscar controlar la Justicia santacruceña. Señalan la ausencia de debates públicos y el uso de mayorías simples en la Legislatura para aprobar la reforma y designar a los nuevos integrantes del TSJ, cuestionando la constitucionalidad del procedimiento y la legalidad de los actos resultantes.

El fallo del TSJ, firmado por Reneé Fernández, Fernando Basanta, María de los Ángeles Mercau y Paula Ludueña —con la abstención de Daniel Mariani—, consideró que la Ley N.º 3949 y todos los actos que derivaron de su sanción y aplicación resultan inválidos, por lo que quedaron anuladas las designaciones de los vocales Sergio Acevedo, José Antonio González Mora, Gabriel Contreras y Juan Lucio de la Vega. De esta manera, se restableció la integración prevista en la Ley 1600, vigente desde antes de la reforma. En el fallo, los magistrados argumentaron que la expansión del tribunal nunca generó efectos jurídicos válidos.
Entre los fundamentos principales, los vocales rechazaron la postura del Estado provincial, que sostenía que la cuestión tratada era de naturaleza “política y no justiciable”. El tribunal desestimó la existencia de “zonas ajurídicas” y afirmó la potestad del Poder Judicial para controlar reformas que afecten la independencia y la composición del órgano de cierre constitucional. En el texto del fallo los jueces sostuvieron que la modificación no presentó pruebas que respaldaran la mejora del funcionamiento ni del acceso a la justicia, e incluso dejó de lado argumentos como la paridad de género, esgrimidos en el diseño inicial de la ley.
El proceso legislativo y las designaciones posteriores también fueron observados por el tribunal. Entre las irregularidades detectadas, el fallo subraya el envío inmediato de ternas de candidatos el mismo día de la promulgación de la ley; la realización de sesiones legislativas especiales y reservadas pese a la vigencia de medidas cautelares que recomendaban suspender el trámite, y la designación simultánea de cuatro jueces en un plazo mínimo. Los magistrados destacaron que la maniobra comprometió la independencia del TSJ, alterando la mayoría decisoria y contrariando el artículo 104 inciso 25 de la Constitución provincial. Además, apuntaron que la ley fue aprobada sin definir la fuente de financiamiento necesaria para los nuevos cargos, cuando la provincia enfrenta restricciones presupuestarias y el Poder Judicial sufre recortes de recursos.
Desde el entorno de Vidal, insisten en que se trata de un resabio de poder provincial.
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