A través de la publicación del Decreto 436/2025, el gobierno de Javier Milei derogó artículos clave de las leyes de educación vial y prevención de la violencia de género en el ámbito educativo. Esto implica la eliminación de obligaciones y organismos que, según el Ejecutivo, ya no resultan necesarios en el marco de la actual estructura estatal y la distribución de competencias entre la Nación y las provincias.
La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial, elimina el artículo 3° de la Ley 27.234 y los artículos 5° y 6° de la Ley 27.214. La decisión afecta directamente a la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano y a organismos como el Observatorio de la Educación Vial, que queda disuelto.
El decreto, refrendado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, se fundamenta en la necesidad de evitar la duplicación de funciones estatales y optimizar el uso de recursos públicos.

Según el texto oficial, la coexistencia del Observatorio de la Educación Vial y el Consejo Federal de Seguridad Vial generaba “una superposición de funciones que resulta contraria a los principios de eficiencia administrativa y racionalidad presupuestaria, al duplicar esfuerzos, estructuras y recursos para la consecución de objetivos similares”.
La medida se apoya en las facultades delegadas al Ejecutivo por la Ley 27.742, que declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética.
El decreto sostiene que la derogación de los artículos mencionados permitirá “mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, así como reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.
En el caso de la Ley 27.234, que establecía la jornada “Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género” en todos los establecimientos educativos del país, el Ejecutivo argumenta que la responsabilidad de organizar estas jornadas no corresponde al Estado nacional, ya que la administración de los servicios educativos fue transferida a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Ley 24.049.
El decreto afirma: “Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 27.234 establece una responsabilidad innecesaria sobre el Poder Ejecutivo Nacional, al que no le compete realizar jornadas educativas durante el ciclo lectivo”.
En enero pasado, el Gobierno nacional inició un proceso de revisión de los contenidos de Educación Sexual Integral que se darán en las escuelas. La tarea está en manos del Ministerio de Capital Humano con le objetivo de garantizar su adecuación a la normativa vigente en la materia.

Respecto a la Ley 27.214, el Observatorio de la Educación Vial nunca llegó a funcionar, según el propio decreto. El Ejecutivo considera que su existencia, junto al Consejo Federal de Seguridad Vial, implicaba una duplicación de estructuras y funciones.
El decreto también remite la medida a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación, en cumplimiento de la Ley 26.122, que regula la intervención parlamentaria sobre los decretos de delegación legislativa. El artículo 4° del decreto ordena: “Dese cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del H. Congreso de la Nación”.
La decisión se enmarca en la política del Gobierno nacional de reducir el tamaño del Estado y eliminar organismos considerados innecesarios o redundantes.
El decreto cita expresamente las bases de la Ley 27.742, que incluyen “reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.
La entrada en vigencia del decreto se fijó para el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 28 de junio de 2025.
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