
A horas del cierre judicial de 2024, la Cámara del Crimen confirmó hoy el archivo de la causa que se inició hace más de dos años, cuando la Ciudad de Buenos Aires amaneció inundada de afiches con la imagen de Cristina Kirchner y la leyenda “Culpable de 35.000 muertes. Asesina”. La ex vicepresidenta lo consideró un “escrache” desde el primer momento, lo que incomodó mucho al entonces presidente Alberto Fernández.
Los afiches se distribuyeron en la madrugada del 28 de marzo de 2022. Los primeros que cayeron fueron los dos hombres contratados para realizar la pegatina: Christian Mendez (29) y su padre Darío (53). Ante la justicia porteña, declararon que fueron contratados por un empleado de la imprenta “Vía Graphic” y que cobraron un adelanto de $45.000 y luego otros $35.000 para pegar los carteles en Paseo Colón, Plaza de Mayo, Plaza Congreso, Plaza Vicente López, Avenida Libertador, Avenida Callao, Avenida Santa Fe, 9 de julio y Paseo del Bajo.
Los investigadores comenzaron a reconstruir los días previos. Por los testimonios y las cámaras de seguridad se comprobó que Christian Mendez fue hasta esa imprenta de Lanús, donde le entregaron unos 500 afiches.
Al día siguiente, el 26 de marzo, un chofer de Uber, a bordo de un Fiat Palio blanco, llevó un adelanto del dinero para financiar la campaña. El hombre, identificado como Emanuel Montiel, fue captado por las cámara de seguridad del lugar con una gorrita y un sobre de papel madera en la mano. En ese sobre estaba el dinero y un pen drive con el afiche. Con los mails y otras pruebas obtenidas, la Justicia determinó que se pagaron $470 mil pesos.
Cuando lo interrogaron, el chofer acusó a una mujer de 61 años que tenía domicilio en Recoleta, a muy pocas cuadras del departamento de la ex vicepresidenta.
Esa mujer fue identificada como Nilda Lilian Melhem. El juez De Campos llegó a ordenar su detención pero la desestimó a las pocas horas. Los investigadores revisaron sus redes sociales y no encontraron ninguna vinculación política. El único dato llamativo, teniendo en cuenta el contenidos de los carteles, fue que había posteado la muerte de su padre por COVID. No alcanzó. La pista sobre esa mujer se fue desinflando con el paso de los días.

La investigación sobre los afiches tuvo tres causas distintas: una en el juzgado federal de Sebastián Casanello, otra en el fuero correccional por una denuncia del empresario Enrique “Pepe” Albistur, y la tercera en la Justicia de la Ciudad, que se concentró en la pegatina de los carteles.
Durante meses, las tres causas avanzaron en paralelo y hubo una disputa por la competencia que llegó hasta la Corte Suprema y el Procurador general Eduardo Casal. El Máximo Tribunal terminó decidiendo que la investigación tenía que tramitar en el fuero criminal y correccional.
En medio de ese tironeo, la investigación nunca logró determinar quién estuvo detrás del “escrache”. Una de las últimas pistas apuntó a otra mujer, identificada como “Micaela”, que coordinó el pago de los afiches. Nunca se logró identificar porque se comunicaba a través de un número desconocido y un correo electrónico que luego dio de baja.
“Los fiscales que intervinieron en ese proceso no lograron revertir dos agravios trascendentes. Estos son: la falta de precisión respecto a la conducta que desplegó cada uno de los acusados y la falta de determinación de los carteles sobre los cuales se colocaron los afiches y de los daños ocasionado”, sostuvo De Campos cuando cerró la causa, en septiembre de este año.
Además, opinó que el caso no se podía encuadrar en una calumnia o injuria porque la propia afectada, la ex vicepresidenta, no la impulsó como tal. “Si bien Cristina Fernández de Kirchner es parte querellante en este proceso, no podemos desconocer que adquirió esa calidad, con una pretensión procesal diferente y sin cubrir con todas las exigencias que se establecen para una querella por un delito de acción privada”, sostuvo el magistrado.
Tanto la Fiscalía, a cargo de Leonel Gómez Barbella, como el abogado de la ex vicepresidenta, Gregorio Dalbón, apelaron el fallo. Pero los camaristas Juan Esteban Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich decidieron confirmar la resolución de De Campos. “El argumento según el cual existen personas imputadas y la decisión arbitrada evocaría el fenecido sobreseimiento provisional cede frente a la circunstancia de que el procedimiento por delito de acción privada contiene reglas diferentes (artículo 415 y subsiguientes del Código Procesal Penal de la Nación) en relación con las previstas para los casos de acción pública o dependiente de instancia privada”, sostuvieron.
Con este fallo, la causa finalmente se cerrará. “El principio de igualdad ante la ley posee una excepción: Cristina Fernández de Kirchner. Es tan evidente la diferencia entre Cristina imputada y Cristina víctima que el partido judicial ni lo disimula. Esta causa es una clara prueba de ello”, se quejó Dalbón ante una consulta de Infobae. Y agregó: “Dan vergüenza algunos jueces e impotencia ejercer la profesión cuando a tu clienta le hacen un servicio a medida”.
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