
El Tribunal Oral Federal 8, que sobreseyó a todos los imputados en el caso por el Memorándum con Irán estuvo integrado originariamente por los jueces Gabriela López Iñíguez , Nicolás Toselli y Sabrina Namer. Pero los que firmaron el fallo en el que determinaron que no existió delito fueron López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado.
La jueza Namer había sido apartada en 2018 por la Cámara de Casación, tras un pedido realizado por una de las querellas que representa a Luis Czyzewsky y Mario Averbuch, familiares de dos víctimas del atentado contra la AMIA. Fue separada por “temor de parcialidad”. En su reemplazo ingresó por sorteo entre el resto de los jueces de Tribunales Orales Federales el camarista Michilini, que firmó el fallo absolutorio.
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En tanto el juez Toselli se había excusado debido a que es yerno del ex embajador en Siria, Roberto Ahuad, quien había declarado como testigo en la instrucción y debía hacerlo en el juicio oral y público. El reemplazo decidido por sorteo fue Fernando Canero, que se excusó “por exceso de trabajo”. A Canero lo reemplazó el juez Jorge Tassara, quien no pudo comenzar el juicio porque falleció en 2019. Después de todas las recusaciones, excusaciones y la muerte de uno de los jueces fue sorteado Obligado quien fue otro de los firmantes del fallo que sobreseyó a los imputados en la denuncia que hizo el fallecido fiscal Alberto Nisman.

Obligado salió de su habitual bajo perfil durante el inicio de la pandemia de coronavirus cuando le concedió el arresto domiciliario al ex vicepresidente Amado Boudou, quien estaba detenido cumpliendo su condena de cinco años y diez meses de cárcel por el Caso Ciccone. Obligado utilizó como argumento –además de los riesgos de la pandemia- que los hijos pequeños de Bouodou lo necesitaban presente en su crianza. En casos similares Obligado, que estaba a cargo de la Ejecución Penal del Tribunal Oral Federal que condenó al ex vicepresidente, negó la prisión domiciliaria a otros detenidos. Juez titular del Tribunal Oral Federal 5 desde 2007 subroga otros TOF ante las vacantes que se produjeron en los últimos años.
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La jueza López Iñiguez llegó a Comodoro Py desde la Justicia de la Ciudad en 2017. Es titular en TOF 8 que por ejemplo, juzga por estos días a Ricardo Jaime por el pago de coimas para la construcción del siempre prometido y nunca iniciado Tren Bala. Integró el TOF 4 durante el juicio por el que el empresario santacruceño Lázaro Báez fue condenado por lavado de dinero. La jueza sostuvo contra la opinión de los otros dos jueces del Tribunal que condenó a Báez, que el dinero que lavó Baéz no provenía de la obra pública que le concedió el kirchnerismo. Su tesis es que provenía de una defraudación al fisco, es decir evasión impositiva. Firmó la condena pero con diferencia de argumentos.
Fue una de las juezas de Tribunal Oral que excarceló a Carlos Zannini y a Luis D’Elía, cuando estaban detenidos por el caso del Memorándum con Irán. En aquella ocasión cuestionó las prisiones preventivas. Integró el TOF que condenó a Boudou por el Caso Ciccone y votó en favor de que quedara en libertad hasta que el fallo estuviera firme. Sus dos colegas votaron por detenerlo y así fue que el ex vicepresidente fue a la cárcel a cumplir su condena. López Iñíguez fue integrante del Tribunal Oral Federal que condenó al ex ministro de Planificación del kirchnerismo Julio De Vido por su responsabilidad en la Tragedia de Once.
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Michilini es titular en el TOF 1. Previo a su llegada al edificio de Comodoro Py, fue juez correccional en Lomas de Zamora. Michilini había votado a favor de condenar a Boudou por la falsificación de papeles de un auto. Sus dos colegas del TOF 1 votaron por absolverlo. Integró el TOF que condenó por el delito de enriquecimiento ilícito al ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo, José López, célebre por haber revoleado bolsos con nueve millones de dólares en un convento.

López Iñiguez, Obligado y Michilini firmaron -sin disidencias- el sobreseimiento de Cristina Kirchner y del resto de los imputados. Señalaron que: “El presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieran gozado las personas antes mencionadas, declaración que –por expreso pedido de sus defensas, y aún cuando la acción penal se halle extinguida contra él– debe incluir al fallecido Héctor Marcos Timerman”. Héctor Timerman falleció durante el proceso.
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