Cómo es el proceso de designación de un juez de la Corte Suprema, qué pide Alberto Fernández y qué plazos se manejan

La renuncia de Highton de Nolasco abre la posibilidad de que el Ejecutivo proponga un nuevo magistrado. Los plazos, la decisión de que sea mujer y los pasos hacen que sea difícil que se logre durante el 2021

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Elena Highton de Nolasco con
Elena Highton de Nolasco con el presidente Alberto Fernández.

La renuncia de Elena Highton de Nolasco a la Corte Suprema de Justicia abre la posibilidad de que el Ejecutivo Nacional proponga un nuevo magistrado para ocupar la silla vacía en el Máximo Tribunal. Pero el proceso para su nombramiento hace que sea muy difícil que suceda, al menos, antes de que termine el 2021.

El sistema constitucional de la Argentina establece que la designación de los ministros de la Corte es una atribución que le corresponde al Presidente de la Nación con acuerdo del Senado para lo que necesita conseguir los dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública convocada al efecto, de conformidad con el art. 99 inc. 4 de la Constitución Nacional.

La facultad del Presidente de la Nación está reglamentada por el Decreto 222/03 que establece ciertos criterios para la selección del candidato propuesto. Entre ellos dispone atender a las circunstancias relativas a la composición general de la Corte en cuanto a diversidades de género, especialidades profesionales e integración regional y federal, así como también a los requisitos atinentes a la integridad moral e idoneidad técnica y el compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos que deben reunir los postulantes.

Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz,
Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, presidente y vice en ejercicio de la Corte Suprema de Justicia.

Para ser juez de la Corte se requiere ser abogado, con un mínimo de ocho años de ejercicio en la profesión, una edad mínima de 30 años, y las demás calidades necesarias para ser senador (art. 111 CN), a las que se añaden las condiciones establecidas por el decreto 222/03.

Deben publicase el nombre y los antecedentes de quien se considere idóneo para la cobertura de la vacante en un plazo máximo de 30 días de producida en el Boletín Oficial y en por lo menos dos diarios de circulación nacional durante tres días, así como en la página oficial del Ministerio de Justicia.

El postulante debe presentar una declaración jurada de sus bienes en los términos indicados en la ley de Ética de la Función Pública (ley 25.188).

Pondrá también de manifiesto ciertos aspectos de su desempeño profesional con las limitaciones que imponen las normas de ética vigentes. Todos los ciudadanos se encuentran facultados para presentar observaciones respecto de los candidatos, así como las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones profesionales, entidades académicas y de derechos humanos, quienes las hacen llegar al Ministerio de Justicia y pueden ser abordadas en la audiencia pública que se lleva a cabo en el Senado luego de la propuesta formulada por el Poder Ejecutivo.

La última experiencia de la Argentina a la hora de designar jueces de la Corte Suprema estuvo marcada por la intención de la administración de Cambiemos de buscar un vericueto legal para sortear la necesidad de conseguir el apoyo de 47 de los 72 senadores que son necesarios para aprobar los pliegos.

El Supremo resolvió por mayoría
El Supremo resolvió por mayoría que los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia permanezcan como miembros de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, pero no de forma definitiva. En la imagen un registro de la sede de la Corte Suprema de Argentina, en Buenos Aires (Argentina). EFE/Aitor Pereira/Archivo

El 15 de diciembre de 2015, a tan solo 5 días de asumir como presidente de la Nación Mauricio Macri publicaba dos decretos en donde designaba como jueces de la Corte Suprema a Carlos Rosenkrantz y a Carlos Rosatti. La medida provocó un fuerte rechazo de quien era en ese momento jefe del bloque del kirchnerismo en la Cámara Alta, Miguel Angel Pichetto, quien señaló que la designación por decreto era algo que no tenía antecedentes desde la vuelta a la democracia en 1983.

Género, plazos y votos

En la Casa Rosada la noticia sorprendió pero el Presidente ya le dijo a sus colaboradores que empiecen a pensar en posibles candidatos. Por ahora sólo bajó una orden: tiene que ser mujer. Con esto empezaría a cumplir parte de la norma del Decreto que firmó Néstor Kirchner. La otra parte de ese decreto, y quizás la más difícil, es que tiene un “plazo de 30 días” para publicar el nombre y los antecedentes de la o las candidatas para el cargo. Luego, comienza el proceso en el Senado.

La Cámara Alta es territorio político de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner por lo que la candidata deberá contar, como mínimo, con el voto “no negativo” de la ex Presidenta de la Nación. Pero, a pesar del apoyo que le pueda brindar, el trámite se asoma tortuoso

“Sería imposible desde lo legal, plazos de publicación e impugnaciones contar con un nuevo juez de la Corte Suprema antes de las elecciones del 14 de noviembre y muy difícil antes del cierre de las sesiones ordinarias -que son el 30 de noviembre-”, explicó una fuente del entorno de la presidenta del Senado.

“Es un proceso largo, que lleva mucha discusión, no sólo por la necesidad de contar con los dos tercios, sino por la cantidad de voces externas que opinan” agregó en relación a las entidades que puede participar del proceso.

Sesión pública especial remota del
Sesión pública especial remota del Senado de la Nación en la que juró Juliana Di Tullio como senadora, en lugar de Jorge Taiana, quien asumió como Ministro de Defensa,  el 19 de Agosto de 2021 en Buenos Aires, Argentina. ( Foto: Charly Diaz Azcue /Comunicación Senado).

El proceso es tan complejo que, para poder graficarlo, sólo hay que observar el proceso de designación de Daniel Rafecas como Procurador. Propuesto en 2019 por el Ejecutivo. El sistema es similar, lo presenta el Ejecutivo, se abre el plazo para presentar oposiciones y, luego, se necesitan dos tercios de los senadores para poder aprobarlo.

Como nunca estuvieron los 47 senadores necesarios para poder aprobarlo, el pliego de Rafecas jamás llegó al recinto. Ahora, necesitará la misma cantidad para poder aprobar a una jueza de la Corte, pero el escenario puede ser aún peor teniendo en cuenta que, de repetirse los números de las PASO, el 10 de diciembre no sólo seguirá sin contar con los votos necesarios sino que quedará más lejos porque perdería la mayoría de la Cámara Alta.

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