
El mismo día en el que comenzó a regir el confinamiento en gran parte de la Argentina, el Gobierno informó que también seguirán cerradas las fronteras para el turismo y continuarán suspendidos los vuelos regulares provenientes de Chile, Brasil, México, India y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Además, las autoridades nacionales decidieron extender por 30 días corridos la validez de las residencias temporarias, transitorias y precarias otorgadas a los extranjeros que se encuentren en el país, así como también los visados y otros permisos de ingreso consulares.
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Ambas medidas fueron anunciadas a través de diferentes documentos publicados este sábado en el Boletín Oficial, en paralelo al Decreto presidencial que estableció las nuevas restricciones que van a implementarse hasta el próximo 11 de junio, entre las cuales se encuentra el aislamiento más estricto de nueve días.
En primer lugar, mediante la Decisión Administrativa 512/2021, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros del Interior, Eduardo de Pedro, y de Salud, Carla Vizzotti, se renovó la suspensión de la prueba piloto que en su momento había autorizado el ingreso de turistas provenientes de Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Chile, que tuvieran como destino final el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
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Se trató de una iniciativa implementada a fines de octubre del año pasado, que tenía como objetivo reactivar uno de los sectores de la economía más golpeados por la pandemia, pero que fue rápidamente interrumpida debido al aumento de casos positivos a nivel local.
Asimismo, seguirán suspendidos las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativos a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y como origen Chile, Brasil, México e India, lugares que tienen una alta circulación comunitaria de distintas cepas.
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De la misma forma, hasta el 11 de junio, fecha hasta la cual también estará vigente este último decreto presidencial, seguirán “las restantes disposiciones relativas a la suspensión de las autorizaciones y permisos relativos a las operaciones de transporte aéreo” y el cierre general de gran parte de los pasos fronterizos.
También permanecerán los mismos requisitos que se habían establecido en la última prórroga para los transportistas que ingresen al territorio nacional por vía terrestre, así como también para las tripulaciones de buques y aeronaves. En esta ocasión además se incluyó “a los prácticos que deban pernoctar en el exterior, con motivo del servicio de practicaje prestado a buques internacionales”.
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Por otra parte, con la Disposición 1302/2021, firmada por la directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, el Gobierno extendió por 30 días corridos la validez de las residencias temporarias, transitorias y precarias otorgadas a los extranjeros que se encuentren en el país, así como también los visados y otros permisos de ingreso consulares.
Entre los considerandos, el organismo señaló que “existe una cantidad de casos en los cuales ciudadanos extranjeros que obtuvieron” estas autorizaciones para su ingreso al país con anterioridad al 17 de marzo de 2020, no han podido renovar el trámite correspondiente “o bien perfeccionar el ingreso al Territorio Nacional, por lo que dichas autorizaciones de encuentran vencidas al día de la fecha; todo ello como consecuencia de las restricciones impuestas a nivel global para la movilidad de personas”.
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En este sentido, Migraciones sostuvo que, “consecuentemente, y atento la progresiva reactivación del transporte internacional”, corresponde “prorrogar la vigencia de dichos actos, a fin de permitir el efectivo usufructo del derecho oportunamente adquirido”.
La única excepción a este beneficio es para aquellas personas que tengan una visa subcategoría turista, cuyo plazo para ingresar al país hubiera vencido entre el 17 de marzo de 2020 y este sábado, y que todavía no lo hayan renovado.
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