Qué distritos quedarán afectados por las nuevas restricciones que anunció Alberto Fernández

La medidas anunciadas por el Presidente regirán en aquellos lugares clasificados como de “alto riesgo epidemiológico sanitario” y en “alarma epidemiológica y sanitaria”

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Desde el sábado y hasta
Desde el sábado y hasta el 30 de mayo inclusive habrá restricciones de circulación (Franco Fafasuli)

La segunda ola de coronavirus está haciendo estragos en Argentina desde hace ya varios días. Esta semana se registraron picos de muertos (745) y de contagios (casi 40.000 infectados) en 24 horas. Por otra parte, el Ministerio de Salud de la Nación informó hoy un dato preocupante: de momento en Argentina hay 5.951 personas con coronavirus internadas salas de terapia intensiva, una cifra nunca antes alcanzada desde que comenzó la pandemia.

En este contexto, el gobierno nacional decidió que haya nueve días seguidos de confinamiento, a partir de las 00 horas del sábado que viene y hasta el domingo 30 de mayo inclusive, con el objetivo de frenar la escalada de contagios. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respetará el funcionamiento de las actividades esenciales. Además, las autoridades resolvieron también restablecer el feriado puente del 24 de mayo, al entender que ya no es necesario cancelarlo para desincentivar la circulación.

Así, desde el sábado y hasta el 30 de mayo quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial; estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar; y solo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18 horas, o por razones especialmente autorizadas.

Las nuevas medidas afectarán a
Las nuevas medidas afectarán a más de 170 distritos del país (Franco Fafasuli)

Las nuevas restricciones anunciadas por el presidente Alberto Fernández afectarán a los distritos actualmente clasificados, según la evaluación de las autoridades sanitarias, como de “alto riesgo epidemiológico sanitario” y en “alarma epidemiológica y sanitaria”.

Hoy en día, bajo alguna de esas dos consideraciones se encuentran más de 170 jurisdicciones de todo el país.

A continuación, los distritos donde regirán las nuevas medidas:

Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA): Ciudad de Buenos Aires; Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban, Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, La Plata, Lanús, Lomas de Zamora, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.

Provincia de Buenos Aires: los partidos bonaerenses de 9 de Julio, Azul, Balcarce, Bragado, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Coronel Suárez, General Alvarado, Junín, La Costa, Lincoln, Lobos, Mercedes, Necochea, Pehuajó, Pergamino, San Pedro, Tandil, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, General Pueyrredón y Bahía Blanca.

Catamarca: ciudad capital.

Chaco: General Güemes, Libertador General San Martín y San Fernando.

Chubut: Escalante y Futaleufú.

Córdoba: Calamuchita, Capital, Colón, Cruz del Eje, General Roca, General San Martín, Marcos Juárez, Presidente Roque Sáenz Peña, Punilla, Río Cuarto, Río Primero, Río Segundo, San Alberto, San Javier, San Justo, Santa María, Tercero Arriba y Unión.

Corrientes: Curuzú Cuatiá, Goya, Mercedes, Monte Caseros y Santo Tomé.

Entre Ríos: Colón, Concordia, Diamante, Gualeguay, Gualeguaychú, La Paz, Nogoyá, Paraná, Concepción del Uruguay y Villaguay.

En estos lugares quedarán suspendidas
En estos lugares quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial (Franco Fafasuli)

Formosa: ciudad capital.

Jujuy: Palpalá.

La Pampa: ciudad capital y Maracó.

Mendoza: ciudad capital, General Alvear, Godoy Cruz, Guaymallén, Junín, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Rivadavia, San Martín, San Rafael y Tunuyán.

Misiones: Apóstoles, Cainguás, Eldorado y Montecarlo.

Neuquén: Zapala y Confluencia.

Río Negro: Adolfo Alsina, Avellaneda, Bariloche y General Roca.

Salta: Metán.

San Juan: ciudad capital, Caucete, Chimbas, Pocito, Rawson, Rivadavia y Santa Lucía.

San Luis: ciudad capital y General Pedernera.

Santa Cruz: Deseado y Güer Aike.

Por otra parte, solo se
Por otra parte, solo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18 horas, o por razones especialmente autorizadas (Franco Fafasuli)

Santa Fe: Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, General López, General Obligado, Iriondo, Las Colonias, San Cristóbal, San Jerónimo, San Justo, San Martín, Capital y el Gran Rosario (Rosario y San Lorenzo).

Santiago del Estero: ciudad capital, La Banda, General Taboada y Río Hondo.

Tierra del Fuego: Río Grande y Ushuaia.

Tucumán: Burruyacú, Capital, Chicligasta, Cruz Alta, Leales, Lules, Monteros, Río Chico, Tafí Viejo y Yerba Buena.

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