
La fiscal ante la Cámara de Apelaciones de la Ciudad, Karina Cicero, dictaminó este domingo a favor de la medida cautelar pedida por dos organizaciones civiles para mantener la presencialidad en las aulas este lunes.
Luego de que el jefe de gobierno porteño presentara una acción declarativa de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema para intentar garantizar las clases presenciales, la justicia de la Ciudad de Buenos Aires recibió al menos 5 medidas cautelares pidiendo la nulidad del decreto nacional que estableció el cierre de escuelas desde el 19 al 30 de abril del 2021, como medida para contener la segunda ola de coronavirus.
Dos de ellos -presentados por un grupo de docentes de la ONG “Abramos las Escuelas” y la fundación Centro de Estudios en Políticas Públicas (CEPP)- fueron rechazados en primer lugar por el juez Marcelo Segón. El titular del Juzgado N°17 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad consideró que no podía expedirse sobre los amparos.
Ante esa situación -mientras miles de personas comenzaban a concentrarse en el Obelisco y la Quinta de Olivos para participar de una protesta contra el Gobierno por las nuevas medidas restrictivas- las partes decidieron interponer recursos de queja ante la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo.

De esta manera, los camaristas Marcelo López Alfonsín, Laura Perugini y Nieves Macchiavelli corrieron vista al Ministerio Público Fiscal porteño, a cargo del fiscal Juan Bautista Mahiques, para que se expida de manera urgente antes de las 11 de este domingo respecto de la medida cautelar.
Esta mañana, la fiscal de Cámara Karina Cicero solicitó que se dé lugar al amparo y por tanto se mantenga este lunes la presencialidad en las escuelas. Antes de las 14 de hoy también deberá expedirse ante la Cámara la Asesoría Tutelar N° 2, que representa a los menores ante la Justicia.
Luego, quien deberá resolver es la Sala IV de la Cámara de Apelaciones, que se espera que lo haga en las próximas horas.
La Defensoría Oficial y la Asesoría Tutelar, que actuaron en representación de las demandas, calificaron a la decisión del gobierno nacional como una “vulneración a la autonomía” de la Ciudad y acompañaron la solicitud de nulidad del DNU que suspendió por dos semanas las clases presenciales.
En su dictamen, la fiscal Cicero calificó al cierre de escuelas como “un agravio a intereses de tipo colectivo en un tema de máxima relevancia social” y sostuvo que existen “suficientes motivos” para conceder el recurso al tratarse de una afectación “académica, social, relacional y madurativa”, especialmente en los sectores “más desfavorecidos, donde la escuela cumple una función de contención social”.

En ese sentido, la fiscal consideró que el recurso de apelación fue mal denegado por el juez Segón, quien, en su remisión provocó una dilación irregular y a quien acusó de llevar a cabo una interpretación equivocada del Reglamento de Turnos para desprenderse de la causa.
La funcionaria judicial también citó en su escrito informes elaborados por UNICEF y la Sociedad Argentina de Pediatría, como también declaraciones del Consejo Federal de Educación y remarcó que “no se trata de desconocer la necesidad de adoptar medidas en aras de evitar la propagación del COVID19, pero eso no hace mella en la verosimilitud en el derecho”.
En ese sentido, indicó Cicero, el “Estado nacional estaría impidiendo que se garantice el servicio educativo de los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad”.
También cuestionó “la escasa información presentada” sobre la incidencia de la presencialidad escolar y el uso del transporte en el número de contagios y destacó que la mayoría de los estudiantes al menos del nivel inicial y primario, “concurren a escuelas que se encuentran ubicadas dentro de un radio cercano a sus domicilios”.
Además, Cicero recordó la potestad de la Ciudad de Buenos Aires para organizar su sistema educativo y recordó que “el propio Decreto 235/2021″ afirmaba que el Gobierno porteño era competente para “suspender en forma temporaria las actividades y reiniciarlas, conforme la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con las normas vigentes”.
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