La Justicia rechazó suspender las elecciones del PJ bonaerense

El juez electoral Ramos Padilla desestimó el pedido de medida cautelar que realizó Fernando Grey para frenar el proceso de renovación del Partido Justicialista, que tendría a Máximo Kirchner como próximo presidente

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Fernando Gray
Fernando Gray

El juez federal electoral de la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, rechazó una medida cautelar para suspender las elecciones en el Partido Justicialista bonaerense en las que se prevé que sea elegido presidente el diputado nacional Máximo Kirchner.

El magistrado no hizo lugar a un planteo que realizó Fernando Grey, intendente de Esteban Echeverría y vicepresidente del PJ de la provincia, para que se suspenda la convocatoria a los comicios porque se hizo de una manera irregular.

Ramos Padilla sostuvo en su fallo, al que accedió Infobae, que la revocación de un proceso electoral solo corresponde cuando “se verifique palmariamente una ilegalidad manifiesta” y que eso no se da en este caso. “Tal manifiesta ilegalidad no aparece a primera vista configurada. En efecto, el recurrente cuestiona una decisión de índole partidaria, adoptada por un órgano partidario que tiene conforme al artículo 37 inc ñ) de su Carta Orgánica la facultad de convocar a elecciones internas”, explicó.

El juez rechazó una medida cautelar -que es un planteo de suspensión hasta que se resuelva en fondo de la demanda- y ahora debe determinar si hace lugar al planteo de Gray para que las elecciones no se hagan. Antes de tomar esa decisión, Ramos Padilla le dio cinco días a los apoderados del PJ de la provincia para que la contesten.

La renovación de autoridades significaría que Gray -quien lanzó la campaña “Yo me plantó” de arbolado en su distrito pero con mensaje político- no asuma la presidencia a fin de año tal ya que se fijó rotativa con el actual titular, Gustavo Menéndez, intendente de Merlo

En la demanda, Grey sostuvo mediante un mensaje de Whatsapp se convocó para el 27 de febrero pasado a una reunión virtual del Consejo Provincial del PJ en el que, entre otros temas se iba a tratar el llamado a elecciones internas del partido. El intendente sostuvo que la convocatoria no se hizo por los medios oficiales, sin cumplirse pautas de la Cámara Nacional Electoral y que dos consejeros no pudieron votar.

“No estaban dadas las condiciones para debatir debidamente un tema de tal trascendencia institucional”, señaló Gray en la demanda y agregó que “hubiera ameritado convocarse a una reunión presencial o a una nueva reunión remota en donde se respetara el procedimiento oportunamente aprobado y convalidado por la justicia electoral”.

Ramos Padilla, quien asumió en el juzgado electoral la semana pasada y que en ese rol tendrá la organización de las elecciones legislativas de este año en la provincia de Buenos Aires, el distrito más grande del país, rechazó dictar una medida cautelar para postergar las elecciones.

Alejo Ramos Padilla (Adrián Escandar)
Alejo Ramos Padilla (Adrián Escandar)

El juez explicó que por la emergencia sanitaria del coronavirus la Cámara Nacional Electoral habilitó a los partidos políticos a que sus órganos se reúnan de manera virtual y que en la provincia otros partidos, como el Socialista o la Unión Cívica Radical, están en proceso de renovación de sus autoridades de esa manera.

Sobre la demanda de Gray, el magistrado sostuvo que el intendente “no menciona el o los derechos que le habrían sido vulnerados con la convocatoria a elecciones partidarias” y que “solo menciona, a lo largo de su escrito, de forma genérica, que ´dos consejeros no pudieron acceder´, que ´hubo consejeros que no pudieron validar debidamente su identidad´, o que ´hubo otros que no pudieron manifestar su voto a pesar de figurar como ´conectados´ a la plataforma zoom´, sin individualización alguna de los supuestos “afectados” –y más allá de que en relación a ellos, no expresa, ni acredita su representación”.

“Tampoco logra acreditar manifiestamente el perjuicio concreto que le provocaría –en sus derechos como afiliado y autoridad partidaria- la continuidad del proceso electoral que reclama suspender, más allá del eventual riesgo sanitario para la movilidad o reunión de personas que, en todo caso, al igual que el resto de sus planteos, habrá de ser analizado al momento de dictarse sentencia definitiva”, concluyó.

Ahora el PJ boanerense deberá contestar la demanda en cinco y tras eso Ramos Padilla quedará en condiciones de volver a resolver.

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