
La Corte Suprema de Justicia firmó este lunes la extensión de la feria extraordinaria en el marco de la pandemia por el coronavirus, en sintonía con la prórroga del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Ejecutivo hasta el 24 de mayo. No osbtante, el máximo tribunal volvió a la ampliación del criterio de los temas a tratar en las diferentes causas para atender la mayor cantidad de asuntos posibles. En la misma resolución dictó una serie de protocolos para el nuevo funcionamiento y remarcó que se priorizaba las resoluciones digitales y la firma electrónica como parte de las medidas para prevenir el contagio de coronavirus.
La resolución lleva la firma del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz y los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti. El juez Horacio Rosatti dio su conformidad desde Santa Fe. Ahora, todos integrarán el tribunal durante esta renovación de la feria. “Durante esta feria extraordinaria, la Corte Suprema de Justicia funcionará con todos sus miembros y secretarios de Corte”, se resaltó.
El máximo tribunal encomendó a todos las superitendencias de todos los fueros que se atiendan la mayor cantidad de asuntos posibles, teniendo en cuenta los lineamientos impartidos por el aislamiento obligatorio y sin poner en riesgo la salud de las personas involucradas. Para ello, se dictaron varias protocolos para la atención de causas, para la convocatoria del personal, para formular consultas y para las medidas de higiene y seguridad frente al COVID-19.
El personal que cumpla funciones deberá concurrir con barbijo, mantener el metro y medio de distanciamiento social y cumplir con el lavado de manos. Al Consejo de la Magistratura se le pidio proveer los medios de limpieza y tecnológicos.
Como en distintas provincias o áreas provinciales se ingresó a una fase de mayor apertura frente a la cuarentena obligatoria, fuera de la órbita metropolitana, la Corte también aclaró que “en función de las condiciones epidemiológicas de las juridiscciones, las Cámaras Federales con asiento en las provincias podrán evaluar y requerir el levantamiento de la feria" en su ámbito "o respecto de algunos tribunales bajo su superitendencia”.

El 16 de marzo, la Corte dispuso que los tribunales atendieran con el personal mínimo, suspendió la atención al público y dispuso que fueran inhábiles los días hasta fin de ese mes, en el marco de la emergencia sanitaria. También licenció al personal que podía considerarse de riesgo y a los que tuvieran hijos menores.
El 20 de marzo, no obstante, el presidente Alberto Fernández firmó el decreto que disponía el aislamiento social, preventivo y obligatorio para todo el país, y la Corte entonces firmó la feria extraordinaria por razones de salud pública hasta el 31 de marzo. Además habilitó el “home-office”, en la medida en que sea posible, y dispuso que para el sistema acusatorio todas las audiencias sean por videoconferencia.
La primera prórroga entonces llegó el 1 de abril, con el nuevo DNU, extendiendo la cuarentena. La segunda apareció el 12 de abril. La tercera se firmó el 27 de abril, en donde -sin embargo- el máximo tribunal envió una señal de comenzar a analizar no solo los trámites urgentes relacionados con la pandemia o con resoluciones propia de una feria de verano o de invierno.
El tribunal encomendó las autoridades, en función las particulares circunstancias del fuero que podían ampliar las materias a ser consideradas por aquellos tribunales durante esta feria extraordinaria. La Cámara Federal de Casación penal, entonces, planteó la necesidad de avanzar con los juicios orales, en el formato en el que se pueda, y la Cámara Federal instruyó a sus juzgados a avanzar en las causas que se pudiera, sin afectar a las partes.
Ahora, ante una nueva extensión de la cuarentena según el DNU firmado por el presidente Fernández y su gabinete, la Corte Suprema renovó la feria extraodinaria hasta el 24 de mayo, con señales de reactivación en la actividad judicial. Según se resaltó, “el criterio que guía este Tribunal como cabeza de un Poder del Estado es lograr el mayor aumento de la prestación del servicio necesario para la comunidad compatible con la preservación de la salud de las personas que lo prestan la de aquellos que concurren recibirlo”.
Así las cosas, el máximo tribunal encomendó a “los distintos tribunales nacionales federales que tengan su cargo la superintendencia de cada fuero y jurisdicción que designen las autoridades de feria en el ámbito de su jurisdicción para atender la mayor cantidad de asuntos posibles. Tales efectos, se deberá respetar la legislación aplicable en cada jurisdicción respecto de la extensión de la cuarentena, y se deberán tener en cuenta las características particulares del fuero, de la jurisdicción de la sede en las que se ubican los distintos tribunales, sin poner en riesgo la salud de las personas involucradas”.
Para llevar adelante esto, la Corte aprobó una serie de protocolos: Para la tramitación de las causas judiciales durante la feria extraodinaria, para la convocatoria de funcionarios empleados, para las medidas de prevención, higiene, seguridad para el Poder Judicial de la Nación por la pandemia.
También se instó a que “a fin de formular presentaciones para la realización de todos los actos procesales, se deberá priorizar el empleo de las herramientas digitales disponibles que permitan la tramitación remota de las causas el uso de la firma electrónica digital”. “Tales acciones tienen por finalidad priorizar las medidas sanitarias adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional que esta Corte ha tenido especialmente en cuenta en las distintas acordadas dictadas durante esta emergencia”.
El máximo tribunal exhortó además al Consejo de la Magistratura de la Nación para que provea los medios tecnológicos necesarios, así como los insumos que resulten necesarios para asegurar la correcta limpieza, higiene desinfección de los lugares de trabajo espacios de transito comunes, a fin de proteger la salud del personal de este Poder Judicial de la Nación.
Según se señaló, se podrá ampliar la tramitación de causas. En materia penal, a los expedientes que se vinculen con casos de “narcotráfico, trata de personas y delitos informáticos”, y las que tengan a imputados desconocidos o no tengan detenidos, si es que la fiscalía lo requiere y el juez así lo considera.
En materia no penal, se avaló la tramitación de amparo contra actos de particulares, juicios laborales, habeas data, procesos de daños y perjuicios. También las causas de naturaleza previsional; de regulación por honorarios profesionales en todos los procesos y los procesos universales, como las sucesiones y concursos; y los procesos voluntarios.
El juez natural podrá disponer la habilitación de feria para firmar sentencias definitivas o interlocutorias, con la correspondiente notificación.
Los tribunales orales o las Cámaras de apelación o Casación deberán informar a la Corte la forma en la que continuarán con los juicios orales que tengan en trámite con procedimientos a distancia.
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