
Para evitar el movimiento de personas en plena pandemia del coronavirus, el Gobierno resolvió este martes suspender hasta el próximo 30 de septiembre cualquier tipo de elección en los sindicatos y prorrogar por 180 días a partir de esa fecha el mandato de aquellas autoridades gremiales que hayan vencido después del 16 de marzo. La decisión se hizo efectiva a partir de la Resolución 489/2020 publicada en el Boletín Oficial.
Este documento, firmado por el secretario de Trabajo, Marcelo Bellotti, viene a extender una medida que ya había tomado el Poder Ejecutivo cuando se decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio a raíz del avance del COVID-19 en la Argentina.
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“Suspéndanse a partir del dictado de la presente y hasta el 30 de septiembre de 2020 los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación”, ordenó el primer artículo del texto.
En una segunda parte, se prorrogó “por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos” de todas estas organizaciones, así como también los cargos de “los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares”, siempre que hayan vencido después del 16 de marzo pasado.
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La única excepción a esta norma se da en el caso de los sindicatos “que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad” a esa fecha.

Por otra parte, en la Resolución de este martes se aclaró que cualquier otro acto que sea necesario para el normal funcionamiento del gremio, podrá realizarse “de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizado el plazo de vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO)”.
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“La Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales deberá registrar en el sistema DNAS las prórrogas aquí dispuestas y emitir, en caso que así sea solicitado, nuevos certificados de autoridades”, se agregó.
Entre los considerandos, el Gobierno señaló que el 16 de marzo se ordenó “la suspensión de los procesos electorales, de todo tipo de asambleas y/o congresos -tanto ordinarios como extraordinarios-, así como la de todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o aglomeración de personas, para todas las asociaciones sindicales” por el plazo de 30 días.
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Además, se recordó que “con el explícito objetivo de preservar la normal situación institucional de las organizaciones” se decidió también extender el mandato de las actuales autoridades de cada organización por 120 días.
En este sentido, el documento resaltó que luego de que se prolongara la cuarentena, “y a efectos de dotar de un marco de seguridad y precisión en todo cuanto atañe al ejercicio de los derechos y obligaciones de los actores sociales que conforman las asociaciones sindicales, corresponde prorrogar la suspensión de los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas” hasta el 30 de septiembre.
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