La Justicia porteña avaló nuevamente el protocolo de uso de armas de fuego para las fuerzas de seguridad

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario ratificó la constitucionalidad del nuevo reglamento en Capital Federal

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Con la nueva norma, los policías podrán dispararles a las personas que huyen o ponen en riesgo a la ciudadanía
Con la nueva norma, los policías podrán dispararles a las personas que huyen o ponen en riesgo a la ciudadanía

Este miércoles, la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires volvió a ratificar la constitucionalidad del protocolo de uso de armas de fuego para las fuerzas federales de seguridad, oficializado en diciembre del año pasado.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario rechazó un recuso de inconstitucionalidad presentado por la legisladora porteña y dirigente del Partido de los Trabajadores Socialistas-Frente de Izquierda Myriam Bregman, quien inició el planteo para impugnar la validez de la Resolución 956/2018 del Ministerio de Seguridad de la Nación.

El reglamento se presentó tras la Cumbre del G-20, cuando se implementó para proteger a los presidentes. Habilita a los policías, entre otras cuestiones, a disparar a sospechosos junto con la necesidad de dar la voz de alto, cuando huyan tras cometer un delito, cuando aún posean réplicas de armas o cuando se presuma una alta probabilidad de que puedan provocar graves daños a personas sin estar armados.

La iniciativa generó controversia desde el principio y un fuerte rechazo de la oposición. En el ámbito judicial porteño, la misma Sala III de la Cámara de Apelaciones decidió suspender el 21 de diciembre la resolución del juez porteño Roberto Gallardo, quien había hecho lugar a un recurso de amparo que consideraba inconstitucional el nuevo protocolo de uso de armas.

El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario había determinado que era "inaplicable" e "inconstitucional" la Resolución 956/2018, que otorga a los uniformados una mayor libertad para disparar ante un "peligro inminente" en casos de delitos graves y persecuciones.

Además, había ordenado al Gobierno de la Ciudad que se abstuviera de adherir al reglamento federal impulsado por el Poder Ejecutivo nacional.

La medida no solo tendrá jurisdicción para la Policía Federal sino también para Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria (Maxi Luna)
La medida no solo tendrá jurisdicción para la Policía Federal sino también para Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria (Maxi Luna)

De esta manera, Gallardo había fallado a favor del recurso de amparo presentado por, además de Bregman, la abogada María del Carmen Verdú, de la Coordinadora contra la Violencia Policial e Institucional (CORREPI), y Carla Laporte, referente de la lucha contra el gatillo fácil.

Sin embargo, en marzo pasado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires dispuso la anulación de aquel fallo de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad y la inaplicabilidad del reglamento en Capital Federal. Entonces Bregman apeló.

La legisladora alegó que lo decidido "convalidaba la aplicación del reglamento para el empleo de armas de fuego dentro la Ciudad de Buenos Aires poniendo en inminente peligro los derechos a la vida y a la integridad física de sus habitantes".

Al respecto, la sala III indicó que "la recurrente se limita a reiterar sus argumentos sobre el fondo de la cuestión y manifestar de una manera genérica que lo decidido no está fundado, sin demostrar una relación concreta entre las bases del fallo que se pretende controvertir y las normas constitucionales invocadas por la que se advierta la concurrencia de un caso constitucional".

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