La Cámara Federal ratificó el sobreseimiento de un empresario que le compró un campo a Leonardo Fariña

Roberto Jaime Erusalimsky adquirió, en 2012, un campo que pertenecía al financista, que a su vez lo había comprado un 64% más barato

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El ex financista Leonardo Fariña
El ex financista Leonardo Fariña

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el sobreseimiento de Roberto Jaime Erusalimsky, acusado de los cargos de lavado de dinero e insolvencia fiscal fraudulenta. La Justicia investigó al empresario por la compra de un campo al financista Leonardo Fariña en el año 2012, propiedad que había adquirido un 64% más barato.

La relación entre Fariña y Erusalimsky data de muchos años. El financista sindicado como valijero de Lázaro Báez fue nombrado director de una de las empresas del empresario, "Welmare Trading SA. Erusalimsky fue procesado –por segunda vez- el 25 de agosto de 2017 por el juez federal  Sebastián Casanello por considerarlo integrante de una estructura que canalizó fondos que en definitiva eran aportados por Báez.

Sin embargo, el 25 de octubre de 2017 la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal lo sobreseyó. Sólo apeló la AFIP, que detalló todas las irregularidades que surgían del contribuyente investigado. En aquel momento, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en una resolución dividida, revocó el sobreseimiento. En su argumentación, el juez Gustavo Hornos entendió que las pruebas recolectadas resultaban más que suficientes para estar al procesamiento dictado por el juez de grado.

Igual suerte tuvo el empresario en la reciente resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que, también por una decisión dividida, confirmó su sobreseimiento en otra causa, iniciada en su contra por ayudar a Fariña a insolventarse para no pagar ante la AFIP.

Recientemente, el 20 de diciembre de 2018, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisible el recurso de la AFIP contra los sobreseimientos de Erusalimsky, y dejaron firme la desvinculación del empresario. El propio Hornos, en el nuevo fallo, entendió que el empresario conocía las actividades ilícitas de Fariña por la relación laboral y comercial que los unía y que no podía afirmarse la ajenidad del empresario en las maniobras investigadas.