
A pocos días de que la Cámara de Diputados debata el proyecto de despenalización del aborto, todas las miradas apuntan a los legisladores que todavía no hicieron pública su postura. Se trata de entre 20 y 30 legisladores que están indecisos, un número que será decisivo cuando el miércoles que viene empiece el debate en la cámara baja.
Uno de ellos era el diputado mendocino del Partido Intransigente José Ramón, quien en las últimas horas difundió una carta en la que reveló que si bien por cuestiones personales está en contra del aborto, votará a favor del proyecto "conforme a mis obligaciones públicas".
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En el texto, Ramón sostiene que en estas semanas de discusión en un plenario de comisiones de Diputados "vivencié un debate que genera una oposición radicalizada entre dos posturas antagónicas". "Debemos reflexionar sobre esto, ya que Argentina es una república en la que los temas sensibles deben ser discutidos y resueltos teniendo en cuenta que a la Patria la construimos entre todos", agregó.
En esa línea, contó que "si bien provengo de una familia católica, apostólica y romana y estoy en contra del aborto por mis convicciones personales, mis obligaciones públicas como diputado me han llevado a reflexionar y a diagnosticar el tema en profundidad".
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"El debate del aborto es un tema de salud pública, el Estado constitucional debe establecer políticas públicas inclusivas", afirmó el diputado, al tiempo que destacó que "he recorrido los más disímiles casos de embarazos no deseados, y en cada uno, salvo respetables excepciones, nadie quiere el aborto como tal. Pero también es cierto que los no abortistas nunca quisieron educación sexual en las escuelas".
Al respecto, consideró que "eso es un grave error, porque a partir de una correcta educación sexual integral se pueden prevenir miles de estos embarazos no deseados. Este es uno de los aspectos que considero central, y que está incluido en el proyecto que se va a votar la semana próxima".
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"En este contexto, debemos hablar de justicia social porque hay una realidad con respecto a las mujeres que abortan y que persiste en el tiempo: por un lado, están aquellas que pueden pagarlo y acceden a un aborto clandestino dentro del sistema privado que, si bien, aunque no cumplieren con algunas condiciones sanitarias, en ningún caso brinda una contención integral, sino que sólo persigue un fin lucrativo. Por otro lado, se criminaliza a las mujeres con menores recursos económicos que acceden a prácticas inseguras en las que pueden perder la salud e incluso la vida", planteó Ramón en el escrito.
En la misma línea, concluyó que "expresado esto, conforme a mis obligaciones públicas como diputado de la Nación, y muy a pesar de mis convicciones personales, concluyo en la necesidad de afrontar la cuestión y legalizar definitivamente el aborto, ya que la clandestinidad y sus consecuencias alcanzan a un colectivo muy grande de personas en nuestra sociedad. Considero que es mi deber en ejercicio de la función pública actuar conforme lo necesita nuestra Argentina y los votantes que represento".
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El debate

En la última reunión de comisiones antes de la firma del dictamen, se dio a conocer el texto consensuado que el martes próximo será sometido a votación, y que -con el foco puesto en los indecisos- incorpora concesiones como la regulación de la objeción de conciencia.
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El dictamen, de 22 artículos, garantiza el derecho de las mujeres o personas gestantes al acceso a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación.
En el artículo 3, se fijan las excepciones por las cuales no correría ese plazo: por violaciones, ante riesgo de vida o de la salud de la persona gestante, o ante el diagnóstico de "inviabilidad de vida extrauterina del feto".
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El plazo máximo previsto en el artículo 7 para acceder a la interrupción del embarazo en el sistema de salud es de cinco días corridos desde su requerimiento.
Con esta última redacción, se logró dar respuesta a los cuestionamientos respecto a la redacción original, que utilizaba la terminología "malformaciones fetales graves", y que para muchos expositores podía abrir la puerta a una suerte de plan eugenésico de vidas de personas con, por ejemplo, Síndrome de Down.
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El artículo 4 consigna que la decisión de proceder a la interrupción del embarazo "requiere el consentimiento informado de la mujer o persona gestante expresado por escrito", mientras que el artículo 5 se refiere a la interrupción voluntaria del embarazo para personas gestantes menores a los 16 años.
El artículo 8 incorpora una novedad que es el de las consejerías de atención integral pre y post aborto, a cargo de equipos interdisciplinarios, una propuesta que estaba en el proyecto de Daniel Filmus (FpV) sobre aborto legal.
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En el artículo 11 aparece un tema largamente discutido que es el de la objeción de conciencia y que permitiría a profesionales de la salud a "eximirse de la obligación" de realizar prácticas de interrupción de embarazos involuntarios, bajo la condición de que previamente estén inscritos en un registro de objetores que debe llevar cada establecimiento de salud.
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Despenalización del aborto: los cambios que le hicieron al proyecto que se debatirá el miércoles
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