
Con el número de expediente 14/18 ingresó al Senado, después del mediodía, el proyecto de ley que declara la Emergencia Tarifaria hasta el 31 de diciembre de 2019 y que tuvo media sanción, con el voto de la oposición (Argentina Federal, Frente para la Victoria, Frente Renovador, Peronismo para la Victoria, Libres del Sur) el miércoles pasado en Diputados.
El oficialismo tiene en su poder la herramienta institucional que determina a cuántas comisiones envía el proyecto y cuándo cada una de ellas convoca a sus integrantes para iniciar el debate. En principio se trataría de las comisiones de Derechos y Garantías (presidida por la radical Olga Brizuela); Energía y Minería (presidida por Guillermo Pereyra el sindicalista del Movimiento Popular Neuquino que contribuyó al acuerdo laboral de Vaca Muerta) y Presupuesto y Hacienda (esta última presidida por Esteban Bullrich, clave para el debate futuro).
En paralelo, desde el Gobierno dialogan con los gobernadores que tienen peso político sobre los senadores de sus provincias tanto para lograr apoyo al acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) como para poder frenar el avance del proyecto antitarifas y evitarle al Presidente el preanunciado veto.

Desde el kirchnerismo el senador Marcelo Fuentes, jefe del bloque de Unidad Ciudadana, aseguró que el oficialismo intentará demorar el tratamiento del proyecto aunque se mostró convencido de que "habrá dictamen para tratarlo dentro de dos o tres semanas".
Desde el Bloque Justicialista señalaban hoy a Infobae que la intención de sus integrantes es aprobar la iniciativa tal como llegó desde Diputados y sin modificaciones para que se convierta en ley sin tener que devolverlo a la cámara de origen.
El proyecto del peronismo (que no tendría dificultades de aprobarlo si llega al recinto con los votos del bloque de Miguel Ángel Picheetto y del de Cristina Kirchner) establece que los futuros aumentos en las tarifas energéticas para los usuarios y consumidores residenciales no deberán exceder el Coeficiente de Variación Salarial (CVS).
Además de una serie de excepciones, establece que "para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) y para las Cooperativas de Trabajo de Fábricas o Empresas Recuperadas, que se encuentren inscritas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) bajo el régimen de empresas recuperadas o en los organismos provinciales competentes, durante el periodo indicado en el artículo precedente, se considerarán tarifas justas, razonables y susceptibles de ser aplicadas con criterios de equidad distributiva aquellas cuyo aumento sea gradual, sustentable y no exceda el Índice de Precios Internos al Mayor (IPIM) publicado por el Instituto de Estadística y Censos (INDEC)".
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