
El Gobierno aprobó la reglamentación de la modificación de la ley 24.633, que está orientada a favorecer la circulación de arte a través del mundo y que formaba parte del extenso Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado el 10 de enero.
Los cambios en la legislación fueron oficializados a través del decreto 217/2018, que figura en el Boletín Oficial de este lunes y que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Cultura, Pablo Avelluto.
"Es objetivo del Ministerio de Cultura favorecer e incrementar la circulación internacional de los bienes culturales, en particular de las obras de arte y dinamizar el sector de las artes visuales y de sus creadores y gestores", expresó el Ejecutivo.
El texto oficial agrega que a la cartera que maneja Avelluto "le compete la misión de preservar el patrimonio cultural de la Nación a través de la aplicación de disposiciones ágiles y eficientes que permitan resguardar en el territorio nacional a aquellos bienes que constituyan testimonio único del desarrollo de la disciplina de base a la cual se adscriba el bien y/o constituya testimonio esencial de la historia de la Nación y del Estado, y no hubiera obras de características similares en colecciones de acceso público, y al mismo tiempo imprimir diligencia en los procedimientos garantizando su transparencia y equidad".
A partir de hoy, para sacar de la Argentina obras de artistas nacionales e internacionales, vivos o fallecidos hasta hace 50 años, hay que realizar un aviso de exportación a través de la web.
El aviso de exportación tiene el valor de Declaración Jurada y lo que emite la web ya es válido para presentarlo al momento de salir del país. Se puede hacer como encomienda o como equipaje. En la segunda opción, si es acompañado, el límite es hasta quince obras.
Cuando se trata de obras de artistas nacionales e internacionales fallecidos hace más de 50 años, anónimos y desconocidos, lo que se hace es una licencia. Como el aviso, tiene validez de un año a partir de su emisión. Este trámite demora 48 horas para que, en el caso de que lo requiera, el Ministerio de Cultura de la Nación pueda hacer cualquier observación. Si no la hay, se puede dar salida. Si la hay, en el caso de que sea formal, puede ser rápidamente subsanada.
Tanto el aviso como la licencia de exportación se pueden realizar con anterioridad a la venta de la obra. Luego, una vez vendida, se deben informar en el sistema los datos del comprador para que sea expedida a su nombre.
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