
Una nueva controversia sobre la administración de bienes incautados por el Estado se ha abierto tras la demora en la devolución de inmuebles cuya restitución fue ordenada por el Poder Judicial. El caso involucra al Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI) y a entidades públicas que aún ocupan parte de los locales, entre ellas la Superintendencia Nacional de Migraciones.
La disputa está relacionada con propiedades vinculadas a una institución universitaria privada que fueron incautadas en 2023 durante una investigación por presunto lavado de activos. Posteriormente, un juzgado anuló la medida y dispuso la devolución de los bienes; sin embargo, la entrega material de algunos inmuebles seguía pendiente al 4 de noviembre, según informó Expreso.
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PRONABI recibió la orden en agosto y la devolución aún no se concreta
El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional ordenó el 12 de agosto la “devolución inmediata” de los inmuebles vinculados a la Cooperativa de Servicios Múltiples Alas Peruanas y a la Universidad Alas Peruanas. La decisión se emitió mediante la Resolución N.º 65, luego de que el despacho judicial dejara sin efecto la incautación de los bienes.
PRONABI recibió formalmente la comunicación el 20 de agosto. No obstante, la entidad solicitó una aclaración, lo que originó nuevas actuaciones en el expediente. Las aclaraciones judiciales son mecanismos previstos para resolver dudas sobre el contenido de una decisión, pero no suspenden de forma automática una orden que puede ser ejecutada.
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El 19 de octubre, el juzgado emitió la Resolución N.º 78, con la que dejó sin efecto un extremo cuestionado de una resolución posterior. El mandato de devolución inmediata de la Resolución N.º 65 se mantuvo vigente. Aun así, al 4 de noviembre determinados inmuebles continuaban sin ser entregados.
PRONABI sostiene que debe esperar una resolución consentida o ejecutoriada, debido a que existe una apelación pendiente. Sin embargo, la demora abre una discusión sobre si un lineamiento administrativo o una interpretación interna puede postergar una orden judicial que no ha sido suspendida expresamente por una instancia superior, según Expreso.
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Según informó La República, el Programa Nacional de Bienes Incautados comunicó que la devolución está supeditada a una resolución judicial firme. El medio indicó que la apelación presentada por el Ministerio Público no paraliza automáticamente el mandato de restitución.
Migraciones continúa en un local de San Felipe sin fecha conocida de entrega
Uno de los predios cuya devolución sigue pendiente está ubicado en la avenida San Felipe, en Jesús María, y es utilizado por Migraciones. La información publicada señala que el local alberga, principalmente, oficinas administrativas, incluida la del superintendente nacional, y no ambientes indispensables para la emisión de pasaportes o la atención ordinaria al público.
La situación agrega un componente operativo a la controversia. Si una entidad pública ocupa un inmueble que debe ser restituido, corresponde que prepare alternativas de reubicación y establezca un cronograma de entrega. La ausencia de un local alternativo puede complicar el traslado, pero no elimina la vigencia de una resolución judicial.
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Ya PRONABI comunicó a Migraciones actuaciones vinculadas con la devolución el 28 de octubre. Sin embargo, al 4 de noviembre la entrega material continuaba pendiente, de acuerdo con Expreso. La falta de información pública sobre un plan de desocupación mantiene abiertas las dudas sobre los plazos y las medidas adoptadas para cumplir la orden.

El Estado asignó los locales, pero no definió cómo devolverlos
La incautación inicial alcanzó a más de 40 inmuebles, aunque otros reportes periodísticos sitúan la cifra total de propiedades involucradas en más de 160. Los bienes fueron entregados a PRONABI y, durante la administración estatal, algunos fueron asignados a instituciones como Migraciones, la Policía Nacional del Perú, EsSalud y otras entidades.
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Cuando una medida de incautación es anulada, el problema deja de ser únicamente jurídico, de acuerdo con especialistas citados por el medio. El Estado debe desactivar las asignaciones efectuadas, ordenar la salida de las instituciones ocupantes y garantizar que el bien sea devuelto en condiciones que permitan a sus titulares ejercer sus derechos.
En agosto, el juez Eiser Alexander Jiménez Coronel declaró improcedente un nuevo pedido fiscal para mantener la incautación. El magistrado consideró que la institución universitaria podía ser tratada como posible agraviada en los hechos investigados, en lugar de beneficiaria de estos. También advirtió que existían medidas registrales que impedían la venta o transferencia de los inmuebles, por lo que no correspondía mantener la desposesión.
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La demora compromete el cumplimiento de una orden judicial vigente
La Cooperativa de Servicios Múltiples Alas Peruanas sostiene que la demora afecta el ejercicio de sus derechos sobre los inmuebles. La discusión central no recae en la universidad, sino en la respuesta de las entidades públicas frente a una resolución judicial que ordenó restituir los bienes y que, hasta ahora, permanece sin ejecución total.
PRONABI administra, conserva y asigna temporalmente los bienes incautados o decomisados en procesos judiciales. Es un programa adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) y actúa bajo las normas y decisiones judiciales que regulan el destino de esos activos.
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